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Embargo de cuenta corriente con varios titulares

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Embargo de cuenta corriente con varios titulares
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Embargo de cuenta corriente con varios titulares
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#65

Re: Embargo de cuenta corriente con varios titulares

La deuda pública española ha alcanzado un nuevo récord histórico: 1,232 billones de euros, según datos del Banco de España.

La políticos,cómo gestoresdel dinero público, son los más irresponsables por dedicarse a otras cosas antes que al ciudadano.
Los ciudadanos cortos de vista :¡Más todavía!

La culpa de la ruina de España:¿ la tiene el vecino (que además es antipático) que no paga no se qué?ES LO MÁS FACIL.

Cómo el aeropuerto fantasma de LLeida que costó 95.000.000€...Y cómo esto está España llena de gastos incomprensibles(Quizá no tanto) sin ninguna uso que los amortize.
Las Administraciones Públicas adeudan 5.510 millones de euros a los trabajadores autónomos, según un informe del Observatorio del Trabajo Autónomo que analiza la morosidad de enero a noviembre de 2012 y que también desvela que la deuda a este colectivo crece a un ritmo de 6 millones de euros día.

#66

Re: Embargo de cuenta corriente con varios titulares

Hello Money :D
No, no la sigue no. No sigue esa filosofía.
Toma, si tienes un ratito aquí tienes una biografía suya :
http://www.youtube.com/watch?v=seT-r1tggPA

#67

Re: Embargo de cuenta corriente con varios titulares

Dear Dr.
Si yo adquiero un bien o un servicio y a priori estoy de acuerdo con su precio y condiciones, lo pago escrupulosamente según las condiciones pactadas.
Es simple ¿no?.
Soy bastante mayor y me he cruzado en la vida con varias personas que pensaban que podian tener todo sin pagar nada. Ignoro si han conseguido todos sus objetivos pero, para mi no merecen el mas mínimo respeto.
Si además se enorgullecen de ello y hacen apología del método...pues eso.
Adiós.

#68

Re: Embargo de cuenta corriente con varios titulares

Pobre ilusa inocente que cree y confía en las publicaciones oficiales... si quieres saber la verdad, infórmate de la realidad, no de lo que quieren que creas que es la realidad.

#69

Re: Embargo de cuenta corriente con varios titulares

Estoy de acuerdo contigo Safillo. Yo también pago religiosamente cuando adquiero un servicio que vale lo que pago. Lo que no estoy dispuesto a hacer es alimentar a unos cuantos vividores bancarios, que demasiado tenemos con pagarles todos los años 600 EUR por comisiones de dudosa legalidad, más las subvenciones a fondo perdido que el Estado les concede, más todo lo que ellos roban... ¿más aún quiere pagarles usted para que especulen y se monten orgías sexuales con lo que roban? Veo que es muy generoso...

LOS BANCOS, PARA QUE OS ENTERÉIS, SON LADRONES AUTORIZADOS POR EL ESTADO A ROBAR A TODOS SUS CLIENTES Y ESPECULAR CON SU DINERO

#70

Re: Embargo de cuenta corriente con varios titulares

Hola josepf.
¿que me cuentas de aeropuertos y de políticos?
¿te has leido el post desde el inicio?
Es que esto va de un elemento que tiene una deuda y no la paga "porque "no le apetece"(sic).
Igual eso no es delito en este pais. Me da igual, Deberia serlo.
Y además le echamos un cable para que consiga su objetivo y usted se lo justifica porque nuestros politicos son malos.
Moralidad, ética y sentido común. ¿donde se han ido?
Y la vergüenza???
Adiós.

#71

Re: Embargo de cuenta corriente con varios titulares

Veo que algunos estáis un poco perdidos en los brazos de papá Estado... Para que os enteréis, el principal ladrón es papá Estado, con el billón de EUR que se imprime cada día en Europa. Esto es similar a que si se falsificase 1 billón de EUR cada día. El efecto en la economía es el mismo: devaluación del EUR, elevación de la inflación, aumento de la deuda pública, menor poder adquisitivo de la población, crisis económica... y todo para beneficiar a algunos escogidos... los propios falsificadores, ¿sabéis quienes son?

¿Por qué el que falsifica 5 Mill EUR va a la cárcel, y el que falsifica 1 billón EUR diario no va? Muy sencillo, porque este último es ladrón AUTORIZADO.

#72

Re: Embargo de cuenta corriente con varios titulares

Creo que dependiendo de las deudas, éstas caducan a los 15 años (algunas, no todas, porque creo que según procedencia / tipo, pueden ser menos años), sin embargo una mera reclamación fehaciente al deudor, se puede cortar la prescripción de la misma.....