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ETFs y Fiscalidad

10 respuestas
ETFs y Fiscalidad
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#1

ETFs y Fiscalidad

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Existen productos ETF referenciados, por ejemplo, al Euro Stoxx 50 que están domiciliados son países distintos.

Desde una perspectiva fiscal y siendo inversor residente en España, ¿qué fondo es el más óptimo?

Fondo 1: domiciliado en Alemania.
Fondo 2: domiciliado en Luxemburgo.
Fondo 3: domiciliado en Irlanda.

¿Cuál sería el tratamiento fiscal si fuesen:
a) de reparto de dividendos y
b) de acumulación de dividendos?

Saludos cordiales,
Valentin

"Be great at what you do"...Talmud www.rankia.com/6128763 http://bit.ly/2wDbccQ

#2

Re: ETFs y Fiscalidad

No tengo ni idea.

Lo que sí puedo decirte es que los dividendos no tienen la exención de la que se benefician las acciones, por lo que creo que en cualquier caso es mejor la reinversión.

Intenta no volverte un hombre de éxito, sino un hombre de valor. @rafasanjose

#3

Re: ETFs y Fiscalidad

Otra cosa Val...

Hay 2 impactos fiscales distintos.

- Los que repercuten al fondo de inversión (la tributación por las plusvalías que genera el fondo propiamente, así como otros impuestos directos o indirectos generados por el mismo). Estos variarán de uno a otro país.

- Los que repercuten al partícipe que pueden variar si alguno de los paises tiene un tratado especial con España en tema fiscal (¿Existe algo a nivel de comunidad europea?)

El primero repercutirá directamente en la rentabilidad financiera del producto (en su valor liquidativo) y el otro, pues al pasar por caja.

¿Estoy en lo cierto?

Intenta no volverte un hombre de éxito, sino un hombre de valor. @rafasanjose

#4

Re: ETFs y Fiscalidad

La retención de impuestos sobre el arrojo de dividendos es distinta en función del país dónde se encuentre domiciliado el fondo (derecho jurídico extranjero).
Así por ejemplo, en el caso de un ETF extranjero de acumulación, el dividendo neto que se reinvierte es = dividendo arrojado menos %retenido en país de origen.

Ese % de retención en país de origen es actualmente, a fecha de Octubre 2008 de:
A) Alemania = 21,1%
B) Irlanda = 20%
C) Luxemburgo = 15%
D) Reino Unido = 0%

A partir de aquí, existen muchos puntos por aclarar. Respecto al tratamiento de dividendos de ETFs extranjeros, si has de incorporar en la declaración de la renta el arrojo de dividendos independientemente de que el fondo/ETF extranjero sea de acumulación o de reparto.

Por otra parte, saber con cuales de estos países existe convenio bilateral para evitar la doble imposición, y cual es el proceso para evitarlo.

Saludos cordiales,
Valentin

"Be great at what you do"...Talmud www.rankia.com/6128763 http://bit.ly/2wDbccQ

#5

Re: ETFs y Fiscalidad

¿No depende de la entidad que lo comercializa? Quiero decir yo puedo suscribir un fondo radicado en Luxemburgo a través de un banco español. En ese caso el producto lo he contratado en España aunque el fondo tenga su sede en Luxemburgo ¿no?

#6

Re: ETFs y Fiscalidad

Una duda Val.

¿Lo que arrojan los ETF son dividendos o tienen el tratamiento de un reembolso?

Por lo que he leído y por el tratamiento fiscal que reciben en España no lo tengo claro.

En España hay una exención de 1500 euros en dividendos que no se aplica a los ETF.

Los dividendos son repartos de beneficios de las empresas, así que no entiendo que en el ETF sea lo mismo, por eso que creo que se trata de un reembolso para ajustar los valores liquidativos del índice y del ETF... Por eso, creo que lo mejor es la capitalización, a no ser que se desee obtener una liquidez periódica.

Intenta no volverte un hombre de éxito, sino un hombre de valor. @rafasanjose

#7

Re: ETFs y Fiscalidad

Los dividendos que arrojan los ETFs son la cantidad de dividendos que arrojan cada una de las empresas que componen el ETF en el periodo fiscal. El ETF puede arrojar dividendos hasta 4 veces al año, pero no es obligatorio que lo hagan 4 veces. En ocasiones arrojan todo el dividendo en una o dos veces al año.

Lo que hay que preguntar es cual es el tratamiento fiscal español de estos dividendos obtenidos por fondos domiciliados en el extranjero. Que es muy posible que tengan un tratamiento como de incremento de patrimonio independientemente de que se arrojen o se acumulen. Esto es precisamente lo que pregunto.

No se si me he explicado bien. Si hay alguna duda preguntadme.

Saludos,
Valentin

"Be great at what you do"...Talmud www.rankia.com/6128763 http://bit.ly/2wDbccQ

#8

Re: ETFs y Fiscalidad

Te has explicado muy bien Val.

Mi duda es que en España, los dividendos de los ETF no tienen tratamiento de dividendosB y no gozan de la exención de los primeros 1500 euros, por lo que me da a mí que no se consideran dividendos.

Yo pensaba lo mismo que tú hasta que leí el folleto de las ETF de Lyxor donde decía que no tienen dicha exención.

Es posible que la cantidad arrojada coincida con los dividendos arrojados por las acciones, o bien, que no sea así, sino un simple ajuste del valor liquidativo.

En cualquier caso, creo que hay doble imposición, porque el fondo de inversión sufrirá las retenciones, y nosotros, también... incluso puede que dos veces.

Intenta no volverte un hombre de éxito, sino un hombre de valor. @rafasanjose