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Estimado Letrado, vayamos por partes, como decía.....1.- El culpable es el

Estimado Letrado, vayamos por partes, como decía.....

1.- El culpable es el juzgado, debería no admitirse demandas de partes no registradas en las hipotecas inscritas a nombre de entidades ya extintas, ni por sucesores, ni por nadie, hasta no haber inscrito su derecho en el RP. lo demás son excusas de malos gestores, que es lo que en definitiva son los juzgados.


2.- El incremento de las costas por AJD y apuntes en RP  los pueden repercutir en I+g+c y otras invenciones y entrar  en la reclamación.

3.- Espero que como abogado haya usted contrastado que Don Julio Iglesias tiene 1.000 vástagos, creo que se le están atribuyendo hijos que no son suyos y el pobre ya está cansado y exhausto. 

4.- La petición al juzgado de que se le retengan las cantidades a la parte actora hasta no haber solucionado el problema de cambio en el RP, lo he hecho alguna que otra vez por recomendación de su Señoría y LAJ del juzgado siempre me dice que no procede, pero hace un llamamiento al acreedor y por regla general funciona.

5.- Tengo más puntos, pero me tengo que marchar a almorzar.

Un abrazo JRP.
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