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¿Qué es y cómo rellenar el modelo D6?

¿Qué es y cómo rellenar el modelo D6?

AVISO IMPORTANTE: El modelo D-6 ha sido modificado y ya no es una exigencia para inversores en brokers internacionales. Solo debes tener presente que si tienes más de 50.000€ si deberás presentar el modelo 720

Ahora solo está en vigor para españoles que tengan más del 10% de una empresa cotizada extranjera.

Dejamos el resto del artículo por si en algún momento vuelve a estar en vigor

 

 

¿Qué fue el modelo D6?

El modelo D-6 es una declaración anual del Registro de Inversiones de las inversiones españolas en el extranjero en empresas que cotizan en Bolsa de Valores o Mercado Organizado, es decir, cuando los valores se depositen en una entidad domiciliada en el extranjero o permanezcan bajo la custodia del titular de la inversión.

El modelo D-6 no sustituye al Modelo 720 de Hacienda pero es complementario al mismo.

¿Cuándo presentar el modelo D6?

El modelo debes presentarlo antes del 31 de enero de cada año, aunque pasado el plazo también se puede presentar de forma extempóranea. 

Este modelo podrá utilizarse tanto para la declaración de operaciones (flujos) como para la declaración de depósitos. Estas instrucciones especifican el modo de cumplimentación, según los casos, cuando existan diferencias. EN NINGÚN CASO SE PRESENTARÁN EN UN MISMO MODELO INFORMACIONES SOBRE FLUJOS Y SOBRE DEPÓSITOS.

  • Declaración de depósitos: la declaración de depósitos en el exterior se presentará en el mes de enero de cada año y estará referida al 31 de diciembre del año inmediato anterior. 
  • Declaración de operaciones (flujos): deberá efectuarse una declaración de flujos por cada inversión o liquidación que se realice en sociedades no residentes en las que el inversor tenga una participación de, al menos, el 10% del capital o forme parte de su órgano de administración o cuando la inversión supere 1.502.530,26 Euros. El plazo para la presentación de esta declaración será de un mes a contar desde la fecha de realización de la operación.

Los productos como los CFD, las divisas o las opciones no hay que incluirlos ya que no se trata de valores negociados.

¿Se puede presentar el modelo D6 fuera de plazo?

Sí, aunque ello conlleva una sanción de entre 150 a 300 euros si se presenta antes de los seis meses, y de hasta 600 euros si se presenta más de medio año después.

¿Es obligatorio presentar el modelo D6?

El modelo D-6 depende del Ministerio de Economía y es de obligatorio cumplimiento para todas las personas que tienen más del 10% de una empresa cotizada extranjera. El Ministerio puede establecer una sanción de hasta el 25% del importe no declarado con un mínimo de 3.000 euros.

No se tendrá que presentar el 720 ni el D-6 con Clicktrade, ING y Self Bank, ni con la mayoría de entidades españolas “tradicionales”.

¿Cómo cumplimentar el modelo D-6?

Rellenar el Modelo D-6 es muy sencillo. Antes de empezar es necesario recabar la documentación que hace falta y que se puede pedir al bróker extranjero con el que tengamos los valores: un informe con fecha del 31 de diciembre, en el que aparecen las posiciones abiertas con nuestro bróker.

Aforix es el programa oficial para la cumplimentación de Formularios de Inversiones Exteriores que utiliza el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad por medio de su sede electrónica de Secretaria de Estado de Comercio.

Para descargar el programa de ayuda de Comercio denominado Aforix e instalarlo en el ordenador (está disponible para Windows, MacOS y Linux) tenemos el siguiente enlace.

¿Qué documentos adicionales debes presentar junto con el modelo D6?

Documentación adicional obligatoria para la presentación del modelo D-6:

  1. Fotocopia del DNI del titular, de su tarjeta de residencia o de un documento administrativo en el que conste el NIF o NIE del titular de la inversión española en el exterior, para la primera inversión exterior que declare.
  2. Fotocopia de los extractos de la cuenta o cuentas de valores en el exterior a 31 de Diciembre, para todas las declaraciones. Este modelo consta de dos tipos de hoja: hoja D6 (1) y D6 (2).

Claves para entender el modelo D6

Modelo D-6 Declaración anual del Registro de Inversiones de las inversiones españolas en el extranjero 
Obligatorio Si, es sencillo
Lugar Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Fecha de Presentación Declaración de depósitos: en enero, referido a 31 de diciembre del ejercicio anterior
Declaración de operaciones(flujos): 1 mes después de la operación 
Formas de Presentar Correo, registro en administración o telemática

Pasos a seguir para rellenar el modelo D-6

Una vez tengamos el programa de aforix instalado, tan solo tenemos que iniciarlo y seguir los siguientes pasos: 

  • Formulario>Nuevo>D-6 Inversión Española en valores negociables

Cuando tengamos en pantalla el siguiente documento ya podemos empezar a rellenar el modelo: 

modelo d-6

 

Primero de todo, nos da la opción de qué declaración vamos a presentar, en la mayoría de casos estaremos ante una Declaración de Depósitos, así que cuidado en no marcar la casilla incorrecta.

1. Datos del Inversor

En este apartado tan sólo tenemos que rellenar nuestros datos personales, tal como solemos hacer en casi todos los formularios.

2. Relación de valores depositados u operaciones realizadas

En este apartado debemos declarar todos valores que tengamos en cartera a fecha de 31 de diciembre del año anterior. Tened en cuanta que brokers como Degiro hay que declarar incluso el efectivo debido a que éste lo deposita en un fondo monetario. Tomaremos el ejemplo de la declaración de liquidez en DEGIRO y os lo explicaremos a continuación paso a paso: 

Los puntos 2 y 3 no hacen falta rellenarse si estamos ante una Declaración de Depósito. 

  • Punto 4: Tenemos que indicar si nuestra participación supera el 10% del capital 
  • Punto 5: Código ISIN del producto financiero a declarar. En el caso de la liquidez de Degiro, sería la LU1959429272  (Morgan Stanley Fund) en donde Degiro deposita nuestra liquidez.
  • Punto 6: Nombre del Producto financiero. En nuestro ejemplo Euro Liquidity Fund. 
  • Punto 7: Elegir la opción correspondiente, en nuestro caso la opción 300. 
  • Punto 8: Elegir la tipología del producto, para nosotros sería el código 03. 
  • Punto 9: País en donde se encuentra depositados los valores por el brókers. En el caso de DEGIRO sería Holanda, para Interactive con la migración Irlanda o Luxemburgo; para eToro Israel. 
  • Punto 10: Moneda en que cotiza nuestro valor. Para nosotros sería en Euros. 
  • Punto 11: Indicar el número de títulos. En nuestro caso lo hemos dejado en blanco. 
  • Punto 12: Valor nominal de nuestro producto, se puede dejar en blanco si se desconoce. 
  • Punto 13: Valor total de nuestro producto. Se indica con la misma moneda que indicamos en el punto 10. 

Por cierto, si tenemos más de 3 productos financieros que declarar, no os preocupéis. Cuando tengamos todas las casillas rellenadas, arriba hay una opción de "Hoja 2" que nos permite abrir una nueva hoja con más espacios para declarar nuestros productos restantes.

3. Diligencias

En este apartado simplemente debemos dejar nuestros datos personas y no hay mayor misterio.

¿Cómo presentar el modelo D6?

Ya cumplimentado el modelo D6 habrá que presentarlo en fecha y forma, para ello Hacienda ofrece 3 alternativas:

  1. Correo ordinario: sólo pueden acceder los inversores particulares. Tendrán que imprimir el documento a través del programa de ayuda, firmarlo y enviarlo junto con el DNI y un extracto del bróker a 31 de diciembre a la siguiente dirección y poniendo como remitente 
    1. Att: Secretaría General de Comercio Internacional de Servicios e Inversiones”.Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

      Registro General

      Pº Castellana, 162, 28046 Madrid

      Teléfono: 91 349 24 31

      Email: [email protected]

  2. Registro General de la Administración: dirigirse a cualquier oficina de registro de la administración central para completar el trámite.
  3. Telemática: Para presentar este modelo online habrá que contar con un certificado digital, que servirá para firmar el documento. Una vez realiza la operación, el programa guardará el documento. A continuación nos dirigirá a otra página disponible en este enlace en la que habrá que indicar el formulario que hemos firmado, adjuntar una copia del DNI escaneado (también serviría una fotografía) y el certificado del Broker. Al finalizar el programa ofrecerá la opción de descargar el documento para tener una copia sellada. Con esto quedaría presentado el modelo.

En caso de que haya documentación adicional que presentar, esta puede enviarse por correo ordinario.

La dirección es la siguiente dirección:

  •  Ministerio de Economía y Competitividad. Subdirección General de Inversiones Exteriores Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
  •   Paseo de la Castellana nº 62, planta 11, despacho 36. Código postal 28046, MADRID

 

Presentación Modelo D-6 paso a paso

  • Paso 1: Presentación telemática de AFORIX

Presentación telemática modelo d6

  • Paso 2: Selección del documento a presentar: Con el botón de seleccionar se abre una ventana de exploración para elegir el documento firmado que se va a presentar.
    Tenga en cuenta que solamente pueden seleccionarse documentos firmados electrónicamente (con la extensión .aforixd).

Seleccionar

  • Paso 3Iniciar el proceso de presentación telemática: Una vez haya seleccionado el documento firmado que va a remitir, pulsando sobre este botón se accederá a la
    funcionalidad determinada por el documento enviado.

siguiente

  • Paso 4: Confirmación de la entrega del modelo D-6: Se debe comprobar que el documento es válido y no ha sido presentado previamente. Si todo es correcto aparecerá la ventana de confirmación.

Resumen de la declaración a presentar modelo d6

  • Paso 5Resumen del documento recibido: se muestra un resúmen de la información contenida en el documento de declaración aportado. Hay que comprobar si es el documento que quieres presentar.

 

  • Paso 6: Identificación del Fedatario : además de la firma electrónica del declarante el documento deberá incluir la contrafirma del Fedatario público que intervenga. En esta parte del resumen se mostrará la información relativa a la identificación del Fedatario que ha contrafirmado el documento. Si observa que el documento presentado no incluye la contrafirma del Fedatario CANCELE LA PRESENTACIÓN, y vuelva a presentar el documento corregido. Hay que tener mucho cuidado ya que UNA VEZ PRESENTADO UN DOCUMENTO NO SE PUEDE VOLVER A PRESENTAR.

 

  • Paso 7: Zona donde Adjuntar la documentación adicional: Si requiere de la aportación de documentación adicional, en esta zona se pueden incorporar los documentos necesarios, exclusivamente en formato PDF. Pulsando en el botón de "Agregar archivos" o arrastrando el documento desde el explorador de archivos a la zona en
    gris se añaden los documentos.

Adjuntar documentación

  • Paso 8: Confirmar o Cancelar la entrega: una vez realizados los pasos anteriores se puede confirmar la entrega. En otro caso puede cancelar la entrega para realizar las correcciones necesarias.

confirmar o cancelar

 

  • Paso 9: Resultado de presentación: es el último paso de la presentación telemática donde aparecerá la declaración registrada correctamente.

Resultado presentación modelo d6

Una vez completado el proceso de presentación telemática, si pulsa en el botón de inicio se le mostrará nuevamente la página inicial del procedimiento, pudiendo realizar una nueva presentación, recuperar un justificante o adjuntar documentación adicional a posteriori.

 

Si no desea realizar ninguna otra acción puede cerrar directamente la página de su navegador. Al final de todo el proceso obtenemos el Justificante de presentación que es un documento PDF, el cual contiene una copia de la declaración presentada a la que se ha incorporado el sello con los datos del Registro de Entrada en la Administración así como el número de declaración asignado.

 

PASOS CONCEPTO
Presentación telemática de AFORIX
Selección del documento a presentar
Iniciar el proceso de presentación telemática
Confirmación de la entrega del modelo D-6
Resumen del documento recibido
Identificación del Fedatario
Zona donde adjuntar la documentación adicional
Confirmar o Cancelar la entrega
Resultado de presentación

 

Espero que os haya servido este artículo. Cualquier duda pueden consultar los comentarios y publicaciones en el hilo de seguimiento de este modelo

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  1. en respuesta a Deckard78
    -
    Luis Ángel Hernández
    #180
    18/01/21 10:28
    El D-6 solo tienes que presentarlo por lo que tenías comprado a 31 de diciembre de cada año. 
    En el apartado regulatorio siempre hay un principio de proporcionalidad y eficacia, es decir como mismo no declaramos cuando le regalamos a otra persona dinero como donación por el bajo importe, en estos casos al ser insignificante la cantidad tampoco debería haber obligación de presentarlo. 

    Otra cosa es cuando ya tienes patrimonio invertido de mayor entidad. 
  2. en respuesta a Rmontesinos
    -
    Luis Ángel Hernández
    #179
    18/01/21 10:26
    Si. En ambos casos debes presentar el D-6
  3. #178
    17/01/21 18:51
    En mi caso sería con Ava Trade, y no soy capaz de dar con la información de este broker para rellenar correctamente mi D6.

    Tengo claro como rellenar el informe acerca del etf #vxx, excepto el campo 'País', ya que Ava Trade es de Inglaterra, regulado por el Banco de Irlanda, y de esto último no estoy seguro, custodia de capital por el Danske Bank. Por lo tanto no se si en país poner Inglaterra, Irlanda o Dinamarca.

    Por otro lado, no se si con este borker es necesario declarar el efectivo también dentro de la presentación del D6.

    Agradecería si me lo podéis aclarar.
  4. #177
    17/01/21 17:24
     Hola, muy buen articulo y necesario, hay un punto que me confunde, Dices;
    JFD Bank: se presenta en caso de tener acciones al contado 
    Revolut: se presenta solo por las acciones que tengas a 31 de diciembre no por la liquidez
    El texto no deberia ser igual para estos brokers ?
    Yo entiendo que tanto para JFD y otros brokers, deberia ser.    Si tienes acciones a 31 de Dic. 
    Un saludo Ruperto
  5. #176
    17/01/21 14:46
    Buenos días,
    Ante todo decir que estoy agradecido por el artículo. Quería exponer brevemente una consulta, el 16/10/2018 activé mi cuenta en DeGiro haciendo una transferencia de 0,10 €, pero ahí se quedo todo, ni en ese año ni en el siguiente realicé ninguna operación. El ya pasado 2020 me volví a interesar por la bolsa y si hice operaciones. Hasta hace pocos meses no conocía la existencia de este modelo, operaba con ING. Para este año voy a presentar el modelo D6, pero debería presentar los anteriores?? He leído en un articulo que prescriben al año en caso de cantidades inferiores a 6 millones de € ( lo mío, la cifra mareante de 0,10€).  
    Muchas gracias
  6. #175
    17/01/21 13:26
    Buenos días, muchas gracias por el articulo.
    ¿Sabéis si es necesario presentar el modelo D6 o si existe otro modelo especifico que presentar por tener una cuanta abierta y un Wallet de criptomonedas con WIREX?
    Gracias!
  7. en respuesta a Evermore
    -
    Luis Ángel Hernández
    #174
    15/01/21 14:18
    No es necesario presentarlo
  8. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Top 100
    #173
    15/01/21 10:25
    Hola, 

    En el caso de sólo tener liquidez en un broker extranjero y éste no tiene dicha liquidez depositada en un fondo monetario , entonces no es necesario presentar el modelo D-6?

  9. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #172
    13/01/21 20:54
    Gracias
  10. en respuesta a antonm
    -
    Luis Ángel Hernández
    #171
    13/01/21 11:01
    Si, exacto el Ministerio correcto es el de Ministerio de Industria Comercio y Turismo

    Creo que lo he arreglado ya
  11. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #170
    13/01/21 10:46
    Tienes razon, pero el nombre del ministerio que aparece en esta ayuda de Rankia, muy detallado (y agradezco al autor su trabajo) indica el nombre del Ministerio de Economia, y en tu ubicacion y en la cabezera del impreso aparece el nombre del Ministerio de Industria Comercio y Turismo, por lo que deduzco que es un lapsus.
  12. en respuesta a Lafargue
    -
    #169
    13/01/21 10:41
    tienes razon, la direccion postal es oscura, parece que no quieran que se les envie en formato postal, pero el pin del e-dni lo tengo caducado, y en confinamiento local, los que vivimos fuera de la capital, lo tenemos complicado, es inaudito que el tutorial del D6 no aparezca de forma NITIDA, esta todo pensado para simplificar el trabajo de los funcionarios, no el de los contribuyentes.
  13. #168
    12/01/21 22:50
    Buenas,

    Es la primera vez que voy a presentar el D-6 y me han surgido un par de dudas al leer dos guías de cumplimentación (incluyendo ésta).

    -¿Se debe indicar la fecha y valor de los depósitos que se hacen en la entidad con la que inviertes, en mi caso etoro? ¿O sólo las operaciones que estén abiertas a día 31 de diciembre?

    -La guía indica que se deben presentar una declaración de depósitos y/o una declaración de operaciones.
    ¿Debo cumplimentar un D6 por el depósito que hice en la aplicación y otro D6 por las operaciones que tenía abiertas a día 31, o sólo debo presentar un formulario con el detalle de todas las operaciones abiertas? (y el otro formulario es solo para cuando compras más del 10%)

    Gracias y un saludo
  14. Nuevo
    #166
    12/01/21 11:20
    Hola, gracias por el articulo.
    En caso de que tenga cuenta en 2 brokers, en este caso Degiro y interactive brokers, debo presentarlos por separado o en el mismo formulario D-6.

    Gracias
  15. Nuevo
    #165
    11/01/21 18:31
    Buenas tardes a tod@s, y felicidades por la explicación al respecto del modelo D6.
    Una cuestión que me surge a la hora de completarlo es en relación a las participaciones 'parciales'. Es decir, la operativa con Revolut y tengo 0,5 acciones de Amazon y 0,9 de Alibaba. Como debe indicarse esto ya que no deja incluir decimales respecto del número de acciones?
    Muchas gracias y un saludo.
  16. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #164
    Lafargue
    11/01/21 14:21
    Sip. Es lo que deduzco.

    Miré en el Manual que enlazan en https://comercio.gob.es/InversionesExteriores/Declaraciones_Inversion/Paginas/default.aspx y otros links y no encontré ninguna dirección postal exacta.
    En una de las copias del formulario pone a pie de página "Ejemplar para la D.G. de comercio internacional e inversiones".
    Así que miro el organigrama oficial de esa DG y deduzco que probablemente ahora sea lo que enlazas (porque lo de otros años parece que ya no existe con aquellos nombres).

    Saludos.
  17. en respuesta a Lafargue
    -
  18. #162
    Lafargue
    11/01/21 10:14

    ¡Hola! Salvo error por mi parte, quizás la dirección postal haya que actualizarla.
    Mirando el organigrama en administracion.gob.es veo que de la D.G. de Comercio Internacional e Inversiones ya no cuelga una "Secretaría General de Comercio Internacional de Servicios e Inversiones” sino una "S.G. de Inversiones Exteriores" (es lo más parecido por nombre).

    Y en vez de "Ministerio de Economía, Industria y Competitividad", quizás tuviera que ser "Ministerio de Industria, Comercio y Turismo".

    Saludos.

  19. en respuesta a Fcoexposito
    -
    Luis Ángel Hernández
    #161
    11/01/21 08:39
    Lo de las participaciones si superan el 10% siempre hay que responder que no ya que implicaría tener el 10% de la empresa.

    Emisor se refiere al que lanza el producto:

    Entidades no financieras: 400 para las extranjeras y 800 para las españolas.
    entidades financieras : 300 para las extranjeras y 700 para las españolas.

    Moneda en que cotiza el valor, en tu caso dólares
    Nominal en la moneda de denominación se suele dejar en blanco, si lo quieres rellenar tendrías que buscar el valor nominal al que se ha emitido las acciones

    Saludos