Paco50
14/02/26 20:46
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Interpretación Disposición Transitoria 34
¿PARA QUE HA SERVIDO LA DT34.2?Supongamos dos trabajadores que se jubilen en diciembre de 2025 con 39 años cotizados, 24 meses antes de su jubilación ordinaria, uno con JAV y otro con JAI. Calculemos que pensión les correspondería para dos supuestas BR : 3270€ y 3690€, en diferentes supuestos (si he cometido algún error me lo decís) :1) Si No se hubiese aprobado la DT34BR JAV. JAI3270 2649. 28123690 2989. 3137Ambos tienen un Tope del 96%PM= =0'96*3267'60=3137€En este caso la penalización de la JAV es casi 200€ mayor que en la JAI.2) Aplicando la DT34.2 les corresponde una jubilación del 93%PM.BR. JAV. JAI3270 3039. 30393690 3039. 3137La pensión obtenida es casi la misma en JAV que en la JAI. No depende de la BR y en la JAV es hasta 400€ más alta que aplicando las penalizaciones anteriores.3) Con DT34, suponiendo que no se aplicara en 2025 la DT34.2BR. JAV. JAI3270 2647. 28123690 2647. 3137En la JAV para BR próximas a la PM la pensión obtenida es similar a la calculada sin DT34. Pero si la BR está próxima a la BR máxima, perdemos hasta 342€ más que antes.Conclusión: La DT34.2 ha permitido que los que se jubilaron en 2024 y 2025 obtuviesen una mayor pensión que antes de aplicar la DT34 (hasta 400€ más en 2025) con una BR más reducida. En 2026 se acabó la fiesta y ahora con la JAV tienes que entregar un 19% de tu pensión si te quieres ir 24 meses antes con 39 años cotizados 😢