Paco50
27/04/26 18:54
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Interpretación Disposición Transitoria 34
No podemos influir en los IPC's mensuales, pero si que podemos adelantar/retrasar la fecha de nuestra jubilación para conseguir un mejor I(25), una mayor BR y una mayor pensión.El I25 es el último IPC mensual con el cual se incrementarán todas las BC. Por eso interesa que sea positivo y lo mayor posible. Un I25 negativo puede hacer que tu pensión sea inferior que la de los que se han jubilado un mes antes con un mayor coeficiente reductor pero con una BR superior. Si te jubilas en Mayo'28 tu I25 será el IPC de marzo'26, esto es, un 1'2%. Supongamos que en abril de 2026 el IPC baja un 0'8%, esto es, I25 de los que se jubilen en Junio'28 es -0'8%. Si calculas tu BR a Junio verás que es inferior a la BR de de mayo y, aunque en mayo le apliques un coeficiente reductor un 0'62% superior la pensión resultante puede ser mayor que en Junio. Conclusión: jubilate un mes antes porque además de obtener una pensión superior vas a percibir un mes más de pensión y 1/6 más de la paga extra. Para los que están trabajando no supone mucho porque cambian nómina por pensión, pero los que están cotizando con un Convenio empiezan un mes antes la jubilación y se ahorran de pagar el Convenio ese mes.Y aparte de esto tb está la jubilación en diciembre. Mientras sigamos teniendo IPC's anuales en torno al 3% (este año estará por encima), si tienes previsto jubilarte en los primeros meses del año, es muy posible que la jubilación calculada en diciembre e incrementada con el IPC correspondiente sea incluso superior que la calculada en febrero o marzo del año siguiente. En diciembre tu BR será algo inferior y el coeficiente reductor es mayor porque anticipas más la jubilación, pero una vez calculada la pensión al mes siguiente te la van a subir con el IPC, luego la pensión final (que es lo que te interesa) puede llegar a ser mayor que la calculada meses después.