guillermotell
28/01/24 16:19
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Complemento garantía incapacidad permanente total
Si te refieres al complemento a mínimos, también afecta a las pensiones por incapacidad permanente total por enfermedad común, de modo que para poderlo cobrarlo implica nohaber obtenido ganancias por “rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales, o pensiones de una entidad extranjera, de acuerdo con el concepto establecido para dichas rentas en el y computados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley General de la Seguridad Social”, que sean mayores a 8.614 € al año (cifra actualizada para 2023). Aunque este tope se incrementa hasta los 10.048 € si el titular tiene cónyuge a cargo. Todo ello conforme al grado de incapacidad reconocido, como por ejemplo la incapacidad total. Después, el resultado del cálculo del complemento a mínimos que se añade a la pensión, bajo la referencia de la cantidad mínima oficial, es diferente según la situación de cada uno.