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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
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#1546

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola Plaga, yo pedí revisión por agravamiento y la única manera de estar informado (ya que como bien has dicho no se puede hacer ningún seguimiento por internet) es ir presencialmente a un Caiss y que te informen, ellos pueden ver si la revisión de oficio sigue abierta o está parada o cancelada, si ha seguido adelante si ya hay informe de síntesis o no, te pueden decir hasta porqué día van con las revisiones para hacerte una idea de cuando tocaría hacer tu informe de síntesis.
Yo iba un par de veces al mes y me informaban de cualquier movimiento.

Un saludo 
#1547

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola Susana, te explicas bien pero no es como dices, a ti la apertura del expediente de oficio se ha hecho antes del 24 de septiembre (de hecho ha sido bastante antes) así que tú revisión de oficio no es válida. La fecha del 24 de septiembre es para la apertura del expediente, no para que te citen después de esa fecha e involucra a las dos partes, ni tú puedes pedir revisión por agravamiento antes ni ellos pueden abrir expediente de oficio antes.
Por el foro ya hubo gente que le pasó lo mismo que ha vosotros y escribió un email a donde este situado vuestro EVI y le contestaron dándole la razón y cancelando el expediente de revisión.

Hace unos meses los jueces hicieron un escrito tirándole de las orejas para que abriera revisiones de oficio antes de tiempo porque no eran válidas 

Ya sabemos que hacen lo que les da la gana 
Un saludo 
#1548

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Gracias ahora si me ha quedado claro
#1549

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

 
 

Te comento Susana tu caso es idéntico al mío han iniciado el expediente de revisión antes de la fecha fijada en la resolución de la concesión de la incapacidad permanente da igual que la cita para la revisión médica sea posterior a la fecha fijada en la resolución de la concesión.
 Llegados a este punto mi opinión es que tienes una bala plata que te permite anular todo y que debes pensar cual es el mejor momento para utilizarla. Yo creo que lo más inteligente es no hacer nada de momento esperar a que te citen y acudir a la cita de la revisión médica, ellos harán su informe médico de síntesis y después  emitirían una resolución que puede tener cuatro posibilidades. 

A)    Que te dejen como estas y continúes con el  mismo  grado de incapacidad, 
B)    Que te reconozcan un grado superior  de incapacidad por agravamiento al inicialmente reconocido (yo creo que esto se debe dar poco). 
C)    Que te reconozcan un grado inferior de incapacidad permanente al inicialmente reconocido por mejoría. 
D)    Que te digan como en mi caso que no se te reconoce ningún grado de incapacidad permanente  por  mejoría que te vuelvas a trabajar. 

Pues  bien yo en tu caso no haría  nada iría a la cita de la revisión aun  sabiendo  que  está  mal  y  les dejaría hacer una vez  que tengas la resolución  decidiría que  hacer.  En los supuestos A y B que me dejen con el mismo grado de incapacidad o  me reconociesen uno mayor pues no reclamaría, pero si se da el supuesto C o D que me  bajan el grado o me quitan cualquier pensión, pues reclamaría  y en esa reclamación que se denomina reclamación previa es cuando argumentaría que la cita se efectuó antes del plazo  y  que todo el proceso debe ser declarado nulo. 
Yo creo que de esa forma tienes más posibilidades. Tampoco creo que sea labor del administrado corregir los errores de la administración, si ahora  vas y alegas que está mal lo que van hacer es anular el tema y  mandarte otra carta diciendo que abren el expediente  en fecha de septiembre de 2025 y  pierdes la posibilidad de dejarles seguir  haciendo  y  elegir después  tu, si lo anulas o no lo anulas según te convenga. Pero vamos es una opinión tampoco me hagas mucho caso.
   
#1550

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Ellisto, es una muy buena opinión, siempre tienes esa doble posibilidad con la que jugar.
Un saludo 
#1551

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Si si. Es lo q voy hacer. Esperar a ver q hacen y luego dependiendo actuar. Yo en mi interior pienso q no me la sacan ya q es falta de un MID por encima de la rodilla y mi trabajo en dependienta. Pero nunca se sabe. Gracias por decírmelo. Así todos aprendemos q yo estoy muy verde en esto. Gracias
#1552

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola buenos días, no sé si alguien puede aclararme este tema.
Llevo desde 2022 con un IPT por una serie de problemas de espalda que no me pueden operar, estoy con medicación y a la espera de la unidad del dolor, en la carta de la resolución del INSS ponía que por mejoría o agravamiento se podría revisar a partir de una fecha, en este caso de de 1 año creo 
Llevo ya casi 4 años con la IPT y claro he perdido mi reserva del puesto de trabajo y tengo miedo a qué me la revisen y me la quiten, no tengo más informes que los primeros que me hicieron y de la unidad del dolor pues aún nada de nada. Tengo 53 años y con la edad y las patologías que tengo me veo muy jodido si ocurriera esto 
Gracias por si alguien me pudiera aclarar algo sobre este tema.
#1553

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola Kinon,
como fue tu revisión, te hicieron muchas preguntas y llevaste algún informe?
Gracias.
#1554

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola jose luis, entonces a mi que me abrieron expediente un mes antes de la fecha que ponía en la revisión seria nulo también. Me abrieron expediente el 12 de febrero y tenia la posible revisión a partir del 3 de marzo. 
#1555

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola, y en las alegaciones pusistes que te habían abierto expediente antes del plazo legal?
Un saludo 
#1556

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

No puse nada… debía de ponerlo? Solo adjunte informes 
#1557

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Bueno, hoy he hablado con varias personas sobre este tema y todos los pusieron.
Ninguno tiene respuesta todavía así que no te puedo decir.

Espero que todo siga igual después de la revisión, si por desgracia tuvieras mala suerte lo debes de poner en reclamación previa y en la demanda.

Pero pensemos en positivo y que todo va a seguir igual 
Un saludo 
#1558

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Buenas tardes! Mi marido ha encontrado un empleo que a priori es compatible con su situación. Pero desde la empresa me dicen que hay que acudir a la seguridad social para que le modifiquen los datos y le pongan la discapacidad. Alguien lo ha hecho? Es posible tramitarlo electrónicamente? 
#1559

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola Lisa, eso suele ser casi automatico, parece ser que el de tu marido no está hecho todavía, hace dos años lo tenías que hacer tú hasta que se dignaron en hacerlo automático 

No tiene que ir a la seguridad social, tiene que ir a la tesorería general de la seguridad social con la resolución y su DNI, si os coge un buen funcionario en unos segundos lo cambia en el sistema, si os coge alguien sin ganas os hará rellenar un formulario, se lo entregáis y ya hará el cambio cuando tenga tiempo 
#1560

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Jose Luis, sinceramente no sé si se ha realizado automáticamente o no, solo que desde la empresa le han dicho eso que al ser la primera vez que trabaja con la discapacidad, primero tiene que ir allí y que so gestionen. Hay algún modo de verificarlo? Porque desde la empresa aún no tenían sus datos para saber si está bien o no.