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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

4,12K respuestas
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#4128

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Ya te digo, esos lo saben todo, menudos son
#4129

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Yo lo llevo todo, por papeles no será 🤣🤣🤣
#4130

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

que bueno
#4131

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenas, una vez presentada la DAR telematicamente, notifican por algun medio si ha sido aceptada o denegada y en que plazo suele ser esa notificacion si es que existe?
#4132

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

en enero acabo el paro y mi idea es pedir este subsidio. Empiezo a seguir este hilo para ponerme al día del tema.😉

#4133

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Vamos a ver, no es una solicitud sino una declaración que hace el subsidiado sobre su situación a nivel de rentas pasado un año desde la última que presentó o pasado un año desde la reanudación del subsidio. Es conveniente hacer una descarga de su presentación antes de salir de la aplicación para tener un justificante de su presentación en fecha. Llegado el momento puede que SEPE contacte con el interesado por si hay que aclarar/presentar documentación adicional en función de la declaración realizada (es decir, sin variación de rentas o habiendo habido variación de  as mismas no se ha superado el límite mensual de las mismas o con variación de rentas).
#4134

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Perfecta y clarisima explicacion.
#4135

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

¡Vaya! Lo siento mucho, no sé por qué no puedes copiarlo directamente. A veces las plataformas tienen sus limitaciones.  
Me dirijo a ustedes para solicitar orientación sobre un aspecto de la pensión anticipada a los 61 años por cese involuntario**, dada mi situación laboral y de cotización.  

 Mis datos son los siguientes:  
 Edad: 59 años.  
 Años cotizados:39 años.  
 Actualmente percibo el subsidio para mayores de 52 años.
Mi preocupación surge en relación con los requisitos de cese involuntario para acceder a la pensión anticipada a los 61 años. Mi historial laboral incluye dos despidos relevantes ( los dos últimos antes de entrar en el subsidio)
 1.  Un empleo de 17 años de duración, que finalizó por razones objetivas y organizativas. Tras una demanda, se alcanzó un acuerdo extrajudicial. Este cese, entiendo, cumple con la naturaleza de involuntario.  
 2.  Posteriormente, tuve un último empleo ( hace seis años ) que concluyó mediante un despido disciplinario, amparado en el artículo 54.2.e del Estatuto de los Trabajadores.  Lo firme sin pensar que ahora me perjudica. La empresa cerró a los seis meses de mi salida. 
Mi duda principal es la siguiente: ¿Cómo se interpreta el requisito del "último cese involuntario" en mi caso para la pensión anticipada a los 61 años? Me preocupa que el INSS pueda considerar únicamente el despido disciplinario más reciente, lo que, según mi conocimiento, podría invalidar mi acceso a esta modalidad de pensión.  
¿Existe alguna vía o jurisprudencia que permita que se tome en consideración el despido por causas objetivas del empleo anterior (el de 17 años) para cumplir con este requisito, a pesar de haber tenido un despido disciplinario posterior?  
 Agradezco de antemano cualquier información, experiencia o consejo que puedan ofrecerme al respecto.  
#4136

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

2.  Posteriormente, tuve un último empleo ( hace seis años)

¿ de cuánto fue la duración de dicho empleo ?

Por lo que expones,  para que le pudieran tener en cuenta el despido del primer empleo a efectos de la jubilación anticipada involuntaria,  este segundo empleo debería haber sido de muy corta duración.
De lo contrario lo veo complicado. 

#4137

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Fueron 10 meses .

#4139

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias. Pero eran unos 30/31. 

#4140

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No obstante los primeros años de la jubilación involuntaria,  los dos primeros años las reducciones son notables.
Salvo extrema necesidad conviene aguantar.
Es cuestión de hacer números y la esperanza de vida.