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Hipotetica quiebra sistema asegurador

10 respuestas
Hipotetica quiebra sistema asegurador
Hipotetica quiebra sistema asegurador
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#1

Hipotetica quiebra sistema asegurador

Mucho se habla sobre la solvencia o no del "sistema bancario" y las consecuencias devastadoras que tendría una supuesta quiebra del sistema bancario.

pero...¿como está el "sistema asegurador"?¿no serían también devastadoras las consecuencias de una supuesta quiebra del "sistema asegurador"?

poco se nos habla al ciudadano de este tema, en consecuencia, porque gran parte de la población, y no digamos ya de los periodistas e informadores, desconocen en gran medida el funcionamiento de este mundillo...de este gran e importante mundillo.

ya no hablamos de las pólizas de andar por casa que tenemos ciudadanos de a pié, imaginemos grandes pólizas de grandes empresas y grandes bancos.

¿como es la situación del no menos importante "sistema asegurador"? ¿están actuando hoy en día con precios por debajo de su margen? ¿porque desde un año a esta parte estamos "bombardeados" por ofertas de multitud de aseguradoras?

yo me he vuelto suspicaz, en no menos de tres meses, he recibo dos ofertas por seguros médicos privados, cuatro de seguros de coche, y otras cuatro de seguro del hogar.

#2

Re: Hipotetica quiebra sistema asegurador

Bueno piensa que el sistema asegurador como tu lo llamas tambien tiene sus controles la DGSYFP que depende del Ministerio de Hacienda y su Fondo de Garantia gestionado por el Consorcio de Compensacion de Seguros que perfectamente cubririan la quiebra de alguna aseguradora puntual como en el caso de los Bancos . Otra cosa distinta sería una quiebra generalizada de un numero importante de Aseguradoras en cuyo caso no llegaria el Fondo y tendria que intervenir el Estado lo mismo que sucede con los Bancos. Pero creo que en general podemos estar tranquilos en España con nuestro Consorcio y nuestra supervisora ya ves que no ha quebrado ninguna aseguradora como si que ha pasado en otros paises europeos y americanos ...... por algo sera no crees ??

#3

Re: Hipotetica quiebra sistema asegurador

La verdad es que el seguro es un tema tremendamente regulado, tanto o más que las entidades financieras, como sabes “contertuliano” AsesorMutua, soy bastante negado en las coberturas, pólizas, etc. Probablemente si me metiese a ello seria capaz de dar opiniones (alguna, no creo que muchas) como lo hago en los foros de hipotecas o depósitos (a veces con más acierto que otras, todo hay que decirlo) pero si que a nivel más global como empresas si que algo soy capaz de ver (no mucho, pero algo), de todas formas mi preocupación sobre el sector me viene mas para las compañías de seguros de riesgo, tipo Cesce, CyC, Coface, o la división de Mapfre (Mapfre Caución) que si bien están “cortando” los riesgos, se están comiendo unas indemnizaciones de tres pares, con lo cual no sé si la solvencia de estas compañías que seguro que han tenido que modificar sus provisiones de una forma muy considerable, y no pueden repercutir las comisiones hasta los vencimientos anuales, como lo llevan, ¿te agradecería si puedes opinar sobre esto?, bueno para ti o para otros “especialistas” del ramo de los seguros.

#4

Re: Hipotetica quiebra sistema asegurador

Xavier , no tengo experiencia directa porque nunca he colaborado con aseguradoras del ramo Credito y Caucion como mediador , pero no obstante si he tratado con ellas para vigilar el riesgo de mis clientes cuando estaba como distribuidor mayorista y te puedo asegurar que hay unos controles muy estrictos y no te permiten que le vendas a clientes con riesgo sino a clientes muy solventes y con liquidez y esto te hablo de la epoca de Bonanza economica , cuanto mas ahora de hecho aqui en España no he oido que ninguna tenga problemas financieros tu has oido algo ?

#5

Re: Hipotetica quiebra sistema asegurador

Yo de momento cobro de ellas, en una empresa tenemos contrato con CESCE y otra sociedad con CyC, se han puesto en plan borde en las coberturas te recortan a clientes por el mero hecho de ser de un “gremio” concreto, luego hablas con ellos, y arreglas algo, en algún caso “cortan” a clientes que el registro mercantil no ha tenido tiempo de meter los balances en sus bases de datos, esto ocurre en octubre, bueno así fue el años pasado, luego poco a poco van “reactivando” a algunos de los “cortados” y si hablas con el cliente asegurado, les manda los EE. FF. si son buenos te lo reactivan, si te pasas un solo día de la “denuncia” antes no había problema, ahora si la cagas en 24 horas de la fecha de declaración de ventas, no te preocupes como tengas un problema con aquellas facturas vas listo, bueno hay que llevar un mayor control para que no se salgan por la tangente a la hora de pagar, nosotros solo tenemos un caso de 500 € que por las vacaciones de agosto no denunciamos a tiempo y no aceptan la cobertura (lo dice el contrato con lo cual si hubiésemos estado al loro, en lugar de la playa …..)

Y al vencimiento el 31-12 en nuestro caso ya veras tu el cambio de tarifa ….. y esto que nosotros somos rentables en el sentido que pagamos más prima de lo que cobramos por siniestros, lo cual no significa que no sea rentable para nosotros, porque ¿cuando te viene un cliente nuevo que haces?, no lo captas por si acaso, le dices a los comerciales que no salgan a la calle, el tener un seguro de estos te permite saber si te metes o no te metes, que el seguro dice si, tío véndele te juegas un 10 ó un 20% (que no tenemos un margen del 10% en nuestro negocio, pero por lo menos reduces tu exposición) y ya tienes una garantía mínima, que el seguro dice que no, pues caballero al contado ….. lo siento el seguro no me da cobertura …. ¿Cuánto vale esto?, hasta el 30-12 con la prima que pagamos rentable seguro, con la que nos meterán el 31-12 ya veremos.

En fin si solvencia es pagar a los plazos pactados en la póliza si, al siguiente mes pasados 6 de la fecha de solicitud de indemnización.

#6

Re: Hipotetica quiebra sistema asegurador

Entra en juego el Consorcio de Compensacion de Seguros que actuaria de la misma forma que el Fondo de Garantia de Depositos.

#7

Re: Hipotetica quiebra sistema asegurador

Estimado Falcata:

El sector asegurador tiene importancia para la vida de las personas, familias, empresas e instituciones. Tiene un tremendo impacto social pero nula relevancia: a la gente no le interesa pensar que las cosas pueden ir mal. Tampoco le interesa "gastar" dinero (aunque como producto financiero sujeto a interés es una operación de inversión) en algo que no sabe si ocurrirá y que no desea que ocurra. El seguro, en esta reflexión, se puede comparar a la muerte, inevitable, irreversible pero que no forma parte de nuestro pensamiento habitual por no ser un pensamiento confortable.

Para valorar lo que sugieres, recomiendo visitar el blog que el periodista especializado en seguros Miguel Benito tiene en INESE. En su blog, DEVENIR ALEATORIO, ha publicado un post titulado EL SEGURO EN SEGUNDO PLANO ( http://www.inese.es/blog/blog_devenir_aleatorio/-/blogs/el-seguro-en-segundo-plano?_33_redirect=%2Fblog ) y alude a cómo habría cambiado la percepción del seguro si la Administración norteamericana hubiera dejado que AIG se fuera a criar malvas. Ni Lehman, Maddof y quince como ellos juntos habrían causado tal estropicio en la economía norteamericana y el efecto se hubiera visto multiplicado a escala planetaria. El seguro es lo único que queda, como instrumento financiero en caso de desastre. Asimílenlo.

Hoy día es ciertamente preocupante ver cómo muchas entidades se han volcado en una guerra de precios sin cuartel y sin base técnica alguna. Van a perder la camisa salvo que apuesten por una de las siguientes soluciones o por todas ellas:
- recortar las indemnizaciones en base a productos de bajo nivel de compromiso
- recortar los pagos a los prestadores de servicios (mediadores, talleres, reparadores, médicos, hospitales,abogados, ...)
- contratar personal sin capacitación y mediante contratos basura.
- externalizar servicios en terceros países con interés en soslayar cumplimientos normativos en formación, convenios colectivos, seguridad social, etc).
- destruir la red de servicio física sustituyéndola por herramientas web y radicando la compañía en otros países con una regulación más blanda o que permite estructuras societarias tales como una Sociedad Limitada, prohibidas en España (recientemente una marca grande ha desmantelado España y ofrece soporte on-line desde Irlanda).
- trasladar todo el servicio preparatorio y postventa al mediador, eliminando gasto administrativo.

De todo ello prácticamente nada beneficia al consumidor, sino todo lo contrario. Por ello yo creo que ahorrarse unas pelillas saldrá muy caro más adelante.

En otro orden de cosas, puedes estar tranquilo CON RESPECTO A ENTIDADES RADICADAS EN ESPAÑA puesto que la Ley de Ordenación y Supervisión de Entidades Aseguradoras ya en 1995 estableció unos ciertos criterios de inversión que... no se aplicaron a la banca. Por ello la industria aseguradora española tiene buena salud financiera, en general. En todo caso si resulta de interés acercarse a la web de la DGSyFP y entrar en la consulta de balances, márgenes de solvencia y cuentas técnicas para ver que ni las más grandes son las más solventes, ni hay que creerse lo que dicen los anuncios puesto que las cifras cantan. Con Solvencia II acercándose habrá quien tendrá que ponerse pilas nuevas o cerrar. No creo que haya activos tóxicos y, de haberlos, tienen que ser meramente anecdóticos dada la obligatoriedad de dispersión en las inversiones aseguradoras que establece la LOSSP y su reglamento.

Se ven movimientos de venta, fusión etc en las aseguradoras antes controladas por la banca quien se está desprendiendo de lastre ante la necesidad de liquidez. Estas entrañan un especial riesgo a valorar caso a caso.

Coincido contigo en que existe un bombardeo continuo del sector asegurador: es lo normal cuando hay guerra y los rehenes cambian de mano. Pero eso conduce a poco: Linea Directa incrementó su negocio, este pasado año por debajo del 1% pese a su machacona presencia en los medios: si se para, desaparece.

Por cierto, comentar que el Consorcio de Compensación de Seguros tiene por misión la función de LIQUIDADOR de entidades aseguradoras; es decir, administrar los créditos a acreedores (entre ellos asegurados y perjudicados) e indemnizar con cargo a la venta del patrimonio de la sociedad o mutua en liquidación. En ningún caso ejerce como "FONDO DE GARANTÍA". Actúa como asegurador directo o subsidiario en cuanto a RC Circulación, Nuclear y poco más puesto que recientemente ha abandonado tal condición respecto del seguro obligatorio de caza. Por tanto si un asegurador entra en liquidación, lo que no se cubra en dicho proceso tendrá condición de autoseguro. Como excepción cabe considerar el seguro de ahorro puesto que en el balance de las aseguradoras las provisiones matemáticas están separadas de los recursos propios de la entidad. Salvo estafa...están a salvo pero, insisto, sin fondo de garantía.

Abrazos,

#8

Re: Hipotetica quiebra sistema asegurador

Eso no es correcto. Puedes conocer el alcance exacto de las competencias del CCS en http://www.consorseguros.es/web/guest/12

A modo de resumen del procedimiento de Liquidación el CCS informa que:

"Actividad Liquidadora

Cómo se liquida
Fases

Se desarrolla el proceso de liquidación conforme a lo que establece la Ley 30/1995 según el siguiente esquema:

Fase I

Inicio de la liquidación.

Información a los Acreedores.

Recepción de reclamaciones de los acreedores.

Elaboración del balance provisional y determinación del porcentaje a pagar a los Acreedores por contrato de seguro.

9 meses (duración máxima).

Fase II

Compra de créditos.

Realización del activo.

Fijación del pasivo.

Interposición de reclamaciones, querellas, etc.

Elaboración del balance y plan de liquidación.

2 a 3 años (duración estimada).

Fase III

Celebración Junta de Acreedores.

Pago a los acreedores.

Extinción de la entidad.

6 meses (duración mínima estimada).

Fase I. Duración máxima de 9 meses.
Se inicia con la toma de posesión de la entidad. Incluye el cierre de las sucursales y la fijación de la sede de la liquidación.
Se negocia el expediente de despido colectivo, estableciendo el número de personas necesarias para el desarrollo de la liquidación, procediéndose a la regulación de empleo del resto de la plantilla.
Se publican anuncios en prensa y se remiten cartas a los asegurados informando de la liquidación especialmente, si se ha decretado el vencimiento anticipado de los contratos.
Se abre el plazo para la presentación de las reclamaciones de los acreedores. - Recepción de dichas reclamaciones.
Se inventarían los bienes y se recoge la documentación social.
Se formula el balance provisional que incluye los beneficios previstos en la Ley, conforme al cual el Consejo de Administración del CCS aprueba el porcentaje a abonar a los acreedores por contrato de seguro.

Fase II. Duración entre 2 a 3 años, dependiendo del volumen y de los ramos en los que operaba la compañía en liquidación.

Durante ese tiempo el CCS adquiere los créditos a los acreedores por contrato de seguro conforme se vayan completando los expedientes y en el porcentaje que el Consejo de Administración haya aprobado.

Asimismo se enajenan los activos de la compañía y se interponen, en su caso, las acciones judiciales necesarias para exigir las responsabilidades a que hubiera habido lugar y para reintegrar al activo los bienes de la misma.

Fase III. Duración mínima de ejecución del plan de liquidación (pagos a los acreedores) en un solo periodo: 6 meses. Duración de ejecución del plan de liquidación (pagos a los acreedores) en dos periodos: indeterminada.

La ejecución del plan de liquidación se produce en dos períodos, cuando encontrándose pendientes acciones judiciales para no perjudicar a los acreedores, se procede al pago del efectivo existente en el primer período, esperándose a repartir en el segundo, lo que se obtenga de dichas acciones judiciales pendientes. Se inicia con la celebración de la Junta de Acreedores que aprueba el plan de liquidación.

Una vez ratificado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, se abona a los acreedores sus créditos en el porcentaje que haya correspondido según el activo y pasivo de la entidad. Posteriormente se publica el balance final y se extingue la compañía en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y en el Registro Mercantil."

Especialmente ilustrativo el fragmento "el Consejo de Administración del CCS aprueba el porcentaje a abonar a los acreedores por contrato de seguro" ¿no crees que un porcentaje significa que no se indemniza el 100% necesariamente?

Saludos,