"hemos llegado a comprar al 13%"... y a menos! Al leer tu comentario, me ha dado por mirar el historial de operaciones, y estas son mis compras más baratas:
Las malas:
Llegué a comprarlas a 11,46 - 11-50 en 2018, antes de la refinanciación; y a 12,56 en abril de 2019, después de la refinanciación.
Las buenas:
Espectacular compra a 12,06 a finales de 2020, cuando ya había estado cotizando mucho más arriba; y también muy bien a 12,26 en 2018
Y aparte de mis operaciones, juraría que las malas se llegaron a cruzar sobre los 10 y poco, pero no tengo ninguna operación a esos niveles... lástima!
La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre
#9642
Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
Yo juraría que llegué a ver un día, solo un día, el 9,xx
#9643
Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
Espectacular!!! Enhorabuena!
Yo no he llegado a coger tan tan bien, pero casi jajja Bendita epoca aquella... y los precios medios muy buenos al menos, porque la mayor parte la tengo desde aquella época... 💪💪
#9644
Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
Lo dicho. Yo compré a 9,70. Llevo el record. Quien me lo supera? :) :)
Pedroluisfer campeón! A menos de 10, el récord absoluto...
La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre
#9647
Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
Si. Es aplicable a todos los elementos patrimoniales. Como bien dice Roniet los planes de pensiones van por otro lado (no se consideran instrumentos financieros, las disposiciones tributan en su totalidad como renta del trabajo en la base general, y eso lo haga uno mismo como jubilación o invalidez o lo hagan los beneficiarios después del fallecimiento. Hay algunas excepciones en casos muy contados (empresa familiar), en los que los herederos "heredan" valga la redundancia los importes de adquisición del causante, ya que en el ISD tienen bonificaciones importantes. En los fondos de inversión así funciona, por lo que siendo de acumulación tu no tributas en vida (no recibes ingresos) pero tus herederos no tributan por la ganancia que se produzca en el fallecimiento. Es decir: valor liquidativo de compra 100. Valor liquidativo al fallecimiento 120. No hay tributación alguna. Valor liquidativo cuando vende el heredero 130 tributa por 10.
#9648
Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
Gracias por la confirmación
Yo cada año celebro San Eroski y este invierno lo celebraré dos veces.
No es que tenga muchas os, pues he tenido que ir convenciendo a mi conciencia con pequeñas ventas. Pero considero "prueba superada" y ahora hasta que amorticen o quiebre ni una venta más