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Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

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Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes
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Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes
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#810

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Hola Petersen,

remiti el burofax con acuse de recibo del contenido a la oficina del SAC.

gracias.

#811

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Vamos a la central ??????

Entonces yo haría un nuevo intento, no hace falta que sea por buro fax, por correo certificado con acuse de recibo, está perfectamente aceptado en la normativa .......... se trataría de una carta de recordatorio de lo que les remitiste en su día, con la copia del buro fax y su acuse de recibo, en el que consta dicha recepción, indicando que tras dos meses .... y bla, bla, bla .... entiendes que al no recibir respuesta no existen tales documentos .....

Tras un tiempo prudencial, un par o tres de semanas, se trataría de iniciar la reclamación a la CNMV, dónde con dicha ausencia documental tiene muchas (muchísimas) probabilidades se que informen a tu favor.

#812

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Vamos a la central, y donde haga falta !!

PD de hecho el burofax creo que ya lo enviamos a la direccion del SAC, pero creo que es la misma que la de la central de la razón social en Valencia, en Calle Pintor Sorolla, creo recordar (lo tiene mi suegra en su domicilio y no lo tengo a mano).

Creo que lo comenté, pero por si acaso lo recuerdo, que mi suegra canjeó las preferentes por acciones y no nos dejaron firmar "no conforme" en la oficina, era canjear sin observación, o no hacerlo.

Seguimos teniendo las mismas probabilidades que informen a nuestro favor ? de ser así, esto representaría (hipotéticamente) un nuevo canje de las acciones por el 100% del capital ?

Tambien decir, que mi suegra cree que hace un par de años "recuperó" parte del dinero metido en las preferentes, queria sacarlo todo, pero le dijeron que fuera paciente, que no era el momento, bla,bla,bla... no se si es un obstáculo añadido a la hora de reclamar.

Ya que ahora las obligaciones de la 10º pintan mal, a ver si podemos "rescatar" la parte que en la que teníamos menos esperanzas depositadas....
muchisimas gracias.

#813

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Si canjeó las prf's por acciones, te lo veo muy complicado, vamos a ver .... "canjear" es entregar algo a cambio de otra cosa, y la entrega de algo, presupone, reconoce, acepta ... que lo que se entrega es de su propiedad, uno no puede entregar algo que no es suyo ... por lo tanto a mi entender complica mucho el asunto, por el mero hecho del reconocimiento.

#814

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Tiene sentido lo que dices, el problema viene cuando te apremian y te marcan un plazo para "recuperar" el dinero o perderlo para siempre, supuestamente. En ese plazo no tienes tiempo material para hacer, por ejemplo, la comprobación de si existe tal expediente o no y cuando además no te permiten poner una observación en el canje.

Si eso se une a que la persona no da el perfil en el test Mifid porque se trata de una persona mayor, con minusvalías, una pensión muy baja de viudedad, quiero pensar que aún hay alternativas y justicia.
Quizá estaríamos dispuestos a asumir el riesgo si las costas procesales y pagar al abogado no van a su superar unos 2000 euros. (en el caso de perder la reclamación)
No sé, estamos un poco desorientados.
muchas gracias por tu ayuda.

#815

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Hay gentes, incluso del "gremio legal" que no coinciden conmigo, de hecho yo no soy abogado, tengo conocimientos sobre ello, pero solo como asignaturas, y de esto hace muchos años, tengo ya 50 acabados de cumplir. Un forero hace tiempo manifestó estar en contacto con la abogada del caso Cambados http://www.europapress.es/economia/noticia-juzgado-cambados-pontevedra-emite-primera-sentencia-contra-preferentes-20120715114438.html y según él, el canje complicaba el asunto, pero no tenía porque ser definitivo, solo una complicación relevante.

Existe en leyes una figura que se denomina "actos propios", si observas este artículo http://justiciahorizontal.blogspot.com.es/2009/08/actos-propios-doctrina-de-la.html se dice:

La regla "venire contra factum proprium nulla conceditur" (o doctrina de los actos propios), se basa en la inadmisibilidad de que un litigante o contratante fundamente su postura, invocando hechos que contraríen sus propias afirmaciones o asuma una actitud que lo coloque en oposición con su conducta anterior.

“La llamada teoría de los actos propios sanciona la conducta contradictoria, importa un verdadero principio de derecho que constituye una regla derivada del principio de derecho, que constituye una regla derivada del principio general de buena fe, fundándose en el deber de actuar coherentemente.”

Por su parte, Diez Picazo expresa al respecto que “la exigencia de coherencia del comportamiento es una derivación inmediata del principio general de buena fe” y que la conducta contradictoria es una contravención o infracción del deber de buena fe.

Entonces así a primera vista, y es en lo que me apoyo para mi opinión al respecto, es que si uno canjea, y como antes te comenté, parece señalar que hay un reconocimiento de que algo es de su propiedad, de otra forma no podría entregarlo, iniciar una demanda contra el banco por engaño en algo, que repito, se ha reconocido su titularidad , parece que "va contra actos propios", ahora bien ..... esto no son matemáticas, porque los canjes se han efectuado en un entorno de presión, de protección del patrimonio de uno, como la opción menos mala tras detectar el problema, pues seguro, seguro ... que va a suponer esta consideración no me atrevo, porque no es tan sencillo...

#816

Re: Guía para la venta y reclamación de participaciones preferentes

Buenas a tod@s, os queria exponer un caso bastante particular a ver si compartís mi opinión de que si se va a juicio tienen las de perder y que se les devuelva el dinero de sus PP. Os explico el caso, un chico joven cobra un dinero por causas ajenas, va a depositarlo al banco y le endosan PP's como si fuera plazo fijo y ya sabemos todos lo siguiente...firma el MIFID pero resulta que el chico tiene una enfermedad mental con una minusválida muy importante, creéis que se podría anular el MIFID y por tanto la "idoneidad" del titular para que se devolviera el nominal al 100%? hay alguna jurisprudencia?

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