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Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios

23 respuestas
Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios
Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios
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#1

Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios


Una pregunta ¿Cuándo prescriben las deudas de un vecino con la comunidad a los 4 ó a los 5 años?

Espero vuestras respuestas Gracias.
#2

Re: Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios

https://elderecho.com/duro-golpe-las-comunidades-propietarios-tribunal-supremo-sts-242-2020-3-junio-fija-doctrina-plazo-prescripcion-5-anos-reclamar-deudas-comunidad

Como ves son 5 años ..... Salvo cuando es una finca vendida, que el/la nuevo/a comprador/a solo responde del año anterior y el año en curso, siempre y cuando en el certificado de deudas de la comunidad no conste un mayor período. 
#3

Re: Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios

Aclarar que lo que prescribe es la acción para reclamar, no la deuda en sí.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4

Re: Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios

Que a efectos prácticos es lo mismo, pero no siendo imposible si no hay opción para reclamar legalmente es difícil conseguirlo de una forma menos contundente.

¿O si? Porque hay montones de reclamaciones de gestoras de deuda, que compraron saldos impagados a bancos, que ni siquiera tienen documentación acreditativa alguna, y "persiguiendo" consiguen cobrar cosas que se les pondría muy cuesta arriba en un juzgado, por la falta de documentos.
#5

Re: Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios

Es un tema muy interesante porque hay juristas (no son mayoría) que defienden que se puede cobrar por compensación. O sea si, por alguna razón, la comunidad le llegara a deber dinero al copropietario podría compensarse una deuda de hace más de 5 años.
Otra cosa que hacen algunas comunidades es quitarle el derecho de voto aunque se haya producido la prescripción.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios

Pero y eso como puede ser? una  vez prescrito por qué no le van a dejar votar? Esto de las comunidades, es decir, los administradores tenían que desaparecer, que junto con los  vecinos amorales que tienen,  las comunidades tienen un problema.

Gracias a todos por haber contestado.
#7

Re: Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios

No le dejan votar porque sigue sin estar al corriente. La ley no permite la reclamación judicial pero la deuda sigue existiendo. 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#8

Re: Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios

Por curiosidad, tenía entendido que si la deuda está reclamada, esta no prescribe. En nuestro caso tenemos unos propietarios morosos que apenas reducen deuda, pero cada vez que se les notifica la reclamación para que "no prescriba", rebajan parte, hasta que luego vuelve a aumentar y otra vez a volver a empezar...
#9

Re: Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios

La reclamación implica poner el "cronómetro" a cero, o sea se vuelve a iniciar el plazo de 5 años.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#10

Re: Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios

Ok, por eso entonces el administrador lo va haciendo regularmente, para intentar recuperar parte al menos y que lo otro no se olvide.

Muchas gracias por la contestación!

#11

Re: Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios

No me acabo de aclarar con todo lo que decís. Porque si ha prescrito por haber pasado 5 años por qué la deuda se puede seguir reclamando y poner a cero el contador. No me quedan claran algunas de las cosas que se dicen.

Pero si no la han reclamado judicialmente y han pasado 5 años pueden poner el contador a cero para poder reclamarla.?






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#12

Re: Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios

Son dos cosas diferentes. El contador sólo se puede poner a cero mientras no haya prescripción. O sea antes de pasar los 5 años.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#13

Re: Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios

Gracias Juan, ahora lo veo claro.
#14

Re: Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios

Esto  en casi cualquier deuda si tan solo 24 horas antes de la prescripción se reclama, se vuelven a iniciar los plazos, lo que ocurre es que es muy peligroso esperar al último momento a hacer una reclamación, porque cuenta si el/la deudor/a tiene conocimineto, no es cuando se manda, sino cuando se recibe. 
#15

Re: Prescripción de deudas en la comunidad - Comunidad de propietarios


Otra pregunta sobre la deuda. ¿Si en las cuentas que da el administrador aparece como deudor eso es reclamarle la deuda?

El vecino tiene una deuda que parte de esa deuda estaba cobrada con resolución judicial porque le llevaron a un monitorio porque quería que le justificaran el gasto.

Una vez tenían ya la resolución del Juzgado, el administrador cogió dos cantidades ya cobradas y siguió poniéndoselo como deuda, además le sumó otra cantidad que esa no se lo había reclamó por el juzgado porque no tenía que cobrarlo. En otro post me dijiste, Juan, que esa cantidad anterior a junio de 2022 no tenían que cobrarlo, pero el lo quiere. Él se apoyó en que lo habíamos decidido los vecinos, pero no es cierto, aunque lo pone en el acta, esas actas que pone lo que le da la gana y le conviene. 

Como digo en el párrafo anterior cogió dos cantidades ya pagadas y sumó esta otra que no había podido reclamarla por el Juzgado.

Claro él le pone la deuda para que pague lo que no debe y no se lo va a reclamar por el Juzgado porque no puede, pero le tiene de moroso y no le permite votar.

¿Si hay correos diciendo que desglose la deuda para aclarar las cosas y no quiere porque quiere cobrar lo que no le corresponde en qué situación está ese vecino?  Porque reclamárselo no se lo va a reclamar, pero le está fastidiando.

 Porque el administrador lo que tiene que hacer es aclarar las cosas, pero como sabe que no lo puede reclamar por el juzgado porque una parte está pagada y la otra no lo tiene que cobrar, pero le tiene ahí de moroso sin poderse defender y le está haciendo la vida imposible a este vecino que quiere ponerse al día y no le deja porque le conviene la situación. 

 Y la mayoría de los vecinos pastoreados por el administrador y otros callados pues no hay manera de solucionar el problema. ¿Qué se puede hacer para que este vecino se ponga al día que es lo que quiere?

¿Hay algún sitio donde se pueda ir sin necesidad de ir a los juzgados?? Igual que hay esos sitios donde van a conciliación.

Vosotros veis normal que un administrador no quiera desglosar una deuda , no puede, para zanjar el tema.

Qué me podéis decir. Qué puede hacer?