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Re: No asistir a la reunión te hace perder el voto? - Administración de fincas
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Re: No asistir a la reunión te hace perder el voto? - Administración de fincas
Eso no es así. Lo correcto es decir que quien no asiste y no vota por no delegar en un representante, queda vinculado y obligado por los acuerdos de la junta.
Pero su voto no se añade a los votos a favor salvo en determinados acuerdos que exigen una mayoría de 3/5. En estos casos, además, el ausente tiene 30 días para manifestar su discrepancia.
Pero su voto no se añade a los votos a favor salvo en determinados acuerdos que exigen una mayoría de 3/5. En estos casos, además, el ausente tiene 30 días para manifestar su discrepancia.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.
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