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No entiento estas CARGAS en una nota simple. Me puede ayudar alguien. Gracias.

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No entiento estas CARGAS en una nota simple. Me puede ayudar alguien. Gracias.
No entiento estas CARGAS en una nota simple. Me puede ayudar alguien. Gracias.

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#1

No entiento estas CARGAS en una nota simple. Me puede ayudar alguien. Gracias.


Voy a entrar a pujar por un piso de SOLVIA del que ya he ingresado 500€ en concepto de reserva, he pedido una NOTA SIMPLE y me aparecen estas cargas :

TITULARES BANCO SABADELL, SOCIEDAD ANONIMA, con C.I.F.número... es titularde la totalidad del pleno dominio, por título de DACIÓN EN PAGO.

CARGAS DE LA FINCA

 

AFECTA al pago de la liquidación o liquidaciones que puedan girarse, en su caso, por el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Según nota al margen de la insc/anotac.12 de fecha 27 de Marzo de 2017.

AFECTA al pago de la liquidación o liquidaciones que puedan girarse, habiéndose alegado exención en el Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.Según nota al margen de la insc/anotac. E de fecha10 de Mayo de 2017.

AFECTA al pago de la liquidación o liquidaciones que puedan girarse, habiéndose alegado exención en el Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Según nota al margen de la insc/anotac. 7 de fecha 18 de Enero de 2018.

AFECTA al pago de la liquidación o liquidaciones que puedan girarse, habiéndose alegado exención en el Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Según nota al margen de la insc/anotac. 10 de fecha 19 de Enero de 2018.

AFECTA al pago de la liquidación o liquidaciones que puedan girarse, estando no sujeta al Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicosdocumentados. Según nota al margen de la insc/anotac. 13 de fecha 1 de Febrero de 2018.

¿Alguien me podría explicar estas cargas que significan?

Saludos y muchas gracias!!

#2

Re: No entiento estas CARGAS en una nota simple. Me puede ayudar alguien. Gracias.

Son afeccciones fiscales, es decir, en cada operación se generan unos impuestos, y dichos impuestos no prescriben hata transcurridos 4 años. Tales impuestos como se presentan por autoliquidación, es el comprador quien presenta el impuesto, y lo liquida, la administración puede revisarlos, si lo hace y encuentra diferencias y entiende que los que se liquidacron no son suficientes, va a girar una complementaria al sujeto pasivo (al obligado al pago), pero si éste hiciera oídos sordos y no pagase su deuda, al final la finca que se transmitió responde por tal deuda. Estas cargas no las podrás eliminar en modo alguno, se eliminan a los 4 años por prescripción, ahora bien, si te va a vender la finca el Banco Sabadell, en el contrato (supongo) que que se comprometeran al "saneamiento" de la finca (en términos documentales), con lo cual se comprometen a pagar los impuestos anteriores a tu compra que pudieran generarse como consecuencia de una revisión, creo que le ponen "evicción y saneamiento", algo así ....