Acceder

Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

670 respuestas
Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.
13 suscriptores
Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.
Página
28 / 47
#406

Re: Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

Buenos días,

Opino igual, el nuevo departamento vendrá a sustituir el SAC y se llamara por decirlo de alguna manera "Dpto. Porceso Extrajudicial", pero su función será la misma y te contestaran la reclamación bajo otro nombre, pero con un plazo ahora de 3 meses en vez de los 2 que tenían antes.

Saludos,

Federico Wahnich

#407

Re: Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

Gracias por contestar pero si no es mucha molestia, me puede poner un ejemplo con números, es que así como que no acabo de enterarme.
Muchas gracias por todo.

#409

Re: Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

Interes nominal anual de 5.074 % invariable hasta el dia uno de marzo de 2010 (se firmó la escritura el 01 de marzo de 2009) A partir de dicha fecha, el tipo aplicable podrá variar. Periocidad de las revisiones: Cada periodo de 12 meses . Diferenciales y redondeos: En cada periodo de interés hasta que finalice el plazo del contrato, se aplicará un tipo de interés nominal que será la suma resultante de añadir tres pntos al tipo de referencia o cero coma quinientos puntos al tipo de referencia sustitutivo.
Ahí te explican que tienes un tipo fijo del 5,074% hasta el uno de marzo de 2010. Posteriormente a esa fecha tu tipo de interés pasa a ser variable. Y tal como indica la escritura, te lo calcularán sumando 3 puntos sobre el TIPO DE REFERENCIA, o sumando 0,50% al TIPO DE REFERENCIA SUSTITUTIVO. Ahí te están explicando cómo obtienen el interés, pero te tiene que poner en algún sitio de la escritura, cual es ese TIPO DE REFERENCIA. Puede ser el Euribor, IRPH o el que te indique la escritura. Debe estar escrito. En base a eso, tu podrás consultar los datos históricos de ese tipo de referencia y en base al diferencial que te aplican (+3%) ver si corresponde con lo que realmente te cobran en los recibos. Lo que me mosquea es que el diferencial sea del 3% del TIPO DE REFERENCIA y 0,50% del TIPO DE REFERENCIA SUSTITUTIVO. Míratelo bien, porque a ver si te aplicaron como referencia el IRPH de Bancos o Cajas, y ese desapareció en 2013.
#410

Re: Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

Entonces en qué situación me encontraría yo?
Por ejemplo al tener las dos vias de reclamación. La del SAC firmada y sellada y la del RDL. Me dijeron que en un mes se pondrían en contacto conmigo que ya tendrían mi caso analizado y con la cuenta hecha.

Si me ofrecieran un acuerdo y no fuera satisfactorio?.. En todo caso la reclamación con el RDL es voluntario, no? Y al haberlo hecho también por el SAC, aún me podría esperar a los dos meses cumplidos, y demandar sin haberme acogido al RDL, no?

O ya me van a obligar a negociar con ellos y bajo su interes?

#411

Re: Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

El caso es que el banco como sabe que estoy reclamandoles todos mis documentos de facturas .. gastos de hipotecas .. etc .. no me dieron aún ni siquiera la copia de escritura tuvimos que ir a buscarla al notario. Y sobre las facturas de esta novación aún no nos la han facilitado. Si que sé con que gestoria se firmó, entonces tendré que ponerme en contacto con ellos.

Pero en el caso de que quieran que pague esa tasación .. Tengo que pagarla yo cuando ya hice un deposito de gastos de más de 4mil euros?? O me puedo negar?

#412

Re: Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

En teoria, es más rápido con el RDL pq me han explicado que si no te satisface lo ofrecido puedes reclamar vía judicial a partir de ese momento, no acogiendote a la negociación ya que es voluntaria para nosotros. Es así, no?

Eso según BMN, nos dijo que en un mes nos llegaría un email con todo ya desglosado y si quieres acogerte a la negociación acudes a tu oficina y si no te satisface y quieres ir por la vía judicial, pues no respondes y vas a demandar.

#413

Re: Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

Desde mi punto de vista, si has enviado la reclamación tipo que te haya realizado el banco por motivo del Decreto, estás inmerso en la negociación extrajudicial, ahora estas a la espera de que el banco te comunique su resolución a tu CS, o entiende que no es abusiva y por tanto no te desglosará el cuadro de amortización sin CS o acepta tu reclamación por la que tendrá que comunicarte el cuadro de amortización sin CS, la cantidad a devolver y que opciones te da para solucionarlo (efectivo, producto bancario, o disminución de capital si hipoteca está viva)

Tras la comunicación tendras 15 días para analizar su oferta y aceptar lo que te dicen o realizar una contraoferta, solicitando efectivo, y si te dicen que no, pues no queda otra que irte a la demanda judicial. El Juez dicdtara sentencia si es favorable porque tu CS la considere nula, estipulara que cantidad te corresponde.

Si, la reclamación para el consumidor de acogerse a la negociacion extrajudicial es voluntaria, no así para la entidad, pero si dices que ya has realizado la reclamación, lógicamente has aceptado la negociación extrajudicial.

El hecho de que hayas realizado una reclamación al SAC no implica nada en el proceso, simplemente si no te hubieras acogido a la negociación extrajudicial como te comente antes y como explico Federico en su momento , pues tendrías una reclamación previa en caso de allanamiento ante una demanda del banco, se aplicaría el articulo 395 de la LEC para el tema de las costas y que no recayeran sobre ti.

La ultima pregunta no tiene sentido porque si dices que has firmado la reclamación que ha realizado el banco acogiéndose al RD, estas en la negociación extrajudicial, según el RD, no pdras realizar la demanda judicial hasta pasar los 3 meses de duración de la negociación extrajudicial.

Una vez transcurrido ese tiempo puedes demandar, independientemente que hayas reclamado al SAC o no.

No , no te obligan a negociar, ni te pueden obligar a negociar, te darán una propuesta con su solución para el asunto de la CS, tú estudiaras su propuesta y si no te interesa, puedes demandar sin ningún tipo de problema. Lo importante es NO FIRMAR nada sin asesoramiento, o como mínimo sabiendo que se está leyendo cuando el banco te de una solución, tienes 15 días para estudiarla desde que el banco te la de.

No hay que ponerse nervioso

#414

Re: Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

La palabra IRPH no aparece, esto es lo que he encontrado:
Tipo de referencia y tipo de referencia sustitutivo:
El tipo de referencia será la Referencia Interbancaria a un año (Euribor hipotecario), ...
el tipo de referencia sustitutivo, será El tipo medio de los prestamos hipotecarios, a mas de 3 años, del conjunto de entidades.

#415

Re: Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

Vamos lo que se puede hacer en realidad se podía hacer sin el decreto no?

#416

Re: Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

Particularmente opino que el RD es bastante mejorable. La situación la cambia muy poco, y en los aspectos donde influye, son bastantes mejorables, de ninguna manera beneficia al usuario de manera significativa(algo de lo que por Ley debe velar el Gobierno) . Y su único cometido es no colapsar la via judicial, y allanar dentro de un margen a las entidades ciertos movimientos.

No se dieron la misma prisa para decretar antes de que TSJE dictara esta sentencia, ni tampoco se la dieron para decretar y encauzar el tema de preferentes o decenas de situaciones. Ahora sí parece ser que era muy importante y de manera muy urgente decretar.

ya ves, asi funcionamos en éste país.

#417

Re: Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

Igualmente hay una diferencia referente a las costas si vas a la negociación, y es que en caso de que el Juez estime nula la CS y te fije una cantidad de devolución menor de lo que entidad bancaria te ofrece serás tú el que corras con los gastos. Algo que no puede pasar si demandas sin pasar por la negociación extrajudicial.
En mi opinión eso es incorrecto. Y como dije antes, aunque vayas al SAC, como lo que estás reclamando es la cláusula suelo, al banco le ampara el RD recién aprobado. Da igual que escribas al SAC o rellenes el formulario (o lo que tengan) para dicho efecto. El resultado es el mismo, el banco tiene 4 meses y no 2. Yo no le veo problema en ir al SAC o al procedimiento extrajudicial (para mi ya es lo mismo). Simplemente es que haces saber al banco que quieres recuperar tu dinero y si lo quieres en efectivo, pues les haces saber que lo quieres en efectivo. El banco puede venir a razones y sin más te puede ofrecer lo que pides, por tanto se acabaría el problema. Te gastas 0 euros en abogados y recuperas el dinero en máximo 4 meses. Y si te ofrecen cualquier otra cosa los denuncias al juzgado. El cliente sólo va a pagar las costas si pierde el juicio, cosa improbable. Pero es que esto ha sido siempre así, antes y después del RD. Si contestan a la demanda y siguen sin bajarse de la burra y ganas el juicio van a pagar las costas, tu abogado cobrará las costas al banco. Por lo que sigo sin entender qué consigues si no reclamas antes al banco, yo creo que lo normal antes de llegar a un litigio es pedir lo que es tuyo. Y si no entran en razones pues denuncia al canto. El banco lo que ha ganado con este RD son 4 meses de plazo para contestar y les han quitado la obligación de comunicar a los afectados lo que les correspondería. Es decir que se tiene que mover el usuario afectado si quiere rascar algo. El tema de costas en mi opinión es igual que antes del RD.
#418

Re: Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

Entonces tu índice de referencia es el EURIBOR. Ahora tienes que comprobar en las fechas de revisión del tipo de interés si coincide con el EURIBOR publicado + 3% de diferencial.

En la escritura también te pondrá qué fecha cogen para la revisión. Es decir imagina que te revisan el 15 de Marzo de cada año, te debe poner si cogen el último EURIBOR publicado o por ejemplo 1 o 2 meses antes. Sería irte al histórico, comprobar la fecha que corresponda y sumarle el 3%.

Aquí tienes el histórico:

http://www.bde.es/clientebanca/es/areas/Tipos_de_Interes/Tipos_de_interes/Oficiales_para_p/Tipos_referencia/tipos/Tabla_de_los_tip/

#419

Re: Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

Sí, pero si no recuerdo mal, porque lei el borrador y luego el publicado , si el Juez sentencia una cantidad mayor que la ofrecida por la Entidad , será el consumidor el que deba hacerse cargo de las costas de juicio.
Si nos lee Federico que como jurista tiene mas criterio que nos/me corrija.

Si es así, que vuelvo a decir que tengo que mirarlo, tienes una ligera ventaja si planteas la denuncia sin pasar por la negociación con la Entidad.

Si estoy equivocado que alguien me corrija para que quede claro el asunto.

#420

Re: Cláusula suelo: Pasos a seguir para recuperar todos los intereses indebidamente cobrados.

En mi opinión las costas no cambian con el RD, para eso ya está el artículo 395 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Si el juez estima una cantidad mayor que la ofrecida por el banco, es el cliente quien gana el juicio, ¿ Cómo va a pagar las costas ? El que paga es el banco.