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Ascensores en Apartamentos de segunda residencia

6 respuestas
Ascensores en Apartamentos de segunda residencia
Ascensores en Apartamentos de segunda residencia
#1

Ascensores en Apartamentos de segunda residencia

Saludos,
Os pido asesoramiento sobre la instalación de unos ascensores en 4 bloques de apartamentos en Tarragona. Cada uno de los bloques tiene más de 24 apartamentos y máximo 5 plantas de altura. La junta y la Administración de fincas están muy interesados en poner ascensores, pero cada año pierden la votación. El problema es que para convencer a la mayoría simple que se requiere según la nueva ley, se basan en presupuestos poco reales. No hay posibilidad de pedir subvención.
En primer lugar, ellos dicen que con 3 ascensores sería suficiente (hay 2 bloques que están comunicados, pero estan considerados como bloques diferentes), pero todos exceden los 24 apartamentos. ¿No es obligatorio en ese caso poner 2 ascensores por bloque? Es decir, en vez de 3, 8 ascensores.
Segundo lugar: ¿Es cierto que se repartirían los gastos ocasionados por coeficiente? Hemos leído que siempre que estos no excedieran 12 mensualidades de gastos ordinarios. ¿El resto lo tendrían que asumir los que voten a favor?.
Tercer lugar: Por si fuera poco, los que dicen que se revalorizará así sus apartamentos, nos quieren colocar la estructura del ascensor justo delante de nuestra puerta en un pasillo que hace de ancho un metro aproximadamente y desde el cual tenemos vistas a la piscina que ahora dejaríamos de ver, perdiendo además el uso del tendedero del cual deberíamos prescindir. El hecho es que no es imprescindible esta situación, pero es la más cómoda para los que solicitan el ascensor. ¿Podemos impedir esta colocación habiendo la posibilidad de colocarlo en los laterales del edificio que no perturbarían la visibilidad de las vistas de las que hemos disfrutado durante 50 años? En caso de no ser posible ¿Podemos pedir una indemnización a la comunidad?
Cuarto lugar: El hecho de que los bloques sean tan viejos que cuando haces una pequeña obra das con el vecino de al lado, ¿requeriría por parte de la comunidad un estudio previo para comprobar que los trabajos no perjudicarían la estabilidad de los mismos? ¿Se puede obligar a ello?
Quinto lugar: ¿Es obligatorio informar,antes de la votación para la instalación de los ascensores, de los gastos anuales exactos?. ¿O al menos aproximadamente en un 90%?.

#2

Re: Ascensores en Apartamentos de segunda residencia

En el artículo 10.1 b) de la ley de Propiedad Horizontal se recoge que la realización de obras o el establecimiento de nuevos servicios comunes que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con discapacidad y, en todo caso, el establecimiento de los servicios de ascensor, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo, o de los estatutos, requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios, que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación.

Así mismo se recoge que si el importe repercutido anualmente de las cuotas una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes, será obligatoria la colocación del ascensor si lo pide alguno de los propietarios y sin que sea necesario un acuerdo previo de la Junta de Propietarios.

Por tanto para aprobarlo tendrá que ser por mayoría, excepto si no excede de 12 cuotas, que se pondrá de todas formas. Pero si si aprueba por mayoría todos los vecinos tendréis que pagar en la cuota de participación que os corresponda. Saludos

#3

Re: Ascensores en Apartamentos de segunda residencia

Gracias. Pero si lo pide una persona mayor de 70 años que esté empadronada en los apartamentos. ¿Es necesario también que se apruebe por mayoría? o entonces es obligatorio la colocación de los ascensores.
Otro tema es que pretenden instalarlo justo delante de mi puerta de entrada ya que se instala en el exterior, perjudicandome las vistas a la piscina, quitandome luz, quitandome el colgador de ropa y las molestias que ocasionará porque la gente de 24 apartamentos esperará delante de mi puerta de entrada al apartamento. ¿Puedo pedir una indemnización por daños y perjuicios?. ¿Como puede perjudicar a la comunidad el que algun vecino denuncie a a policia cuando vea que sube un niño menor de edad sin estar acompañado por una persona mayor.
Además nadie nos concreta el incremento real de los gastos anuales por el mantenimiento que tendremos que pagar por los 3 ascensores. La verdad es que estamos muy preocupados porque se trata de una segunda residencia y realmente por 1 mes que van la mayoria de los vecinos no entiendo el porqué de tal inversión.

#4

Re: Ascensores en Apartamentos de segunda residencia

Pues hay muchas cosas que planteas a las que realmente no te sabría responder. Si lo pide una persona mayor pero los gastos de poner el ascensor son superiores a las 12 cuotas si que tendrá que aprobarse por mayoría, en caso de que no supere el gasto de 12 cuotas entiendo que se tendrá que poner si o si. En cuanto al resto de dudas que planteas, no se si el lugar de colocación se debe votar o no, y menos aún el porcentaje de votos favorables que serían necesarios. 

Saludo y a ver si alguien que haya pasado ya por esto puede dar un poco de luz. 

De todas formas entiendo las dos partes del asunto, entiendo que por parte de la mayoría de vecinos no quieran pagar el gasto de poner un ascensor para 3 meses que van a pasar allí, pero por otro lado está el pobre hombre mayor que probablemente lo pida porque no puede subir escaleras. 

 

#5

Re: Ascensores en Apartamentos de segunda residencia

En este caso la mayoria lo quiere para que se les revalorice el valor de su apartamento.
A ver si algun abogado de este foro nos puede asesorar al respecto de la indemnización, porque los ascensores se podrían colocar en los laterales de los bloques y al menos no nos taparian las vistas a unos vecinos que además votamos que no a la instalación de los ascensores.

#6

Re: Ascensores en Apartamentos de segunda residencia

¿teneis póliza de seguro de hogar? A través de esta os pueden asesorar, y sinó, entre todos los afectados, pagais una consulta a un abogado que, a mi modo de ver, ante cosas que afectan a mi patrimonio, y que me pueden afectar bastante, prefiero ir sobre seguro,

saludos

#7

Re: Ascensores en Apartamentos de segunda residencia

Llamaré al seguro del hogar, gracias por vuestra ayuda.