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¿Recuperar plan de pensiones o no?

36 respuestas
¿Recuperar plan de pensiones o no?
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¿Recuperar plan de pensiones o no?
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#16

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

En la declaración figuraría como rendimientos del trabajo como sigue:

Pensión .................................................................. Importe bruto
+ Rescate plan ...................................................... Importe reducido en un 40%
= Total rendimientos íntegros del trabajo
- Deducción por "otros gastos" (art.19.2.f) ...... -2.000
- Reducción pr rendimientos del trabajo: me temo que te pasarías del límite de 16.825 € de ingresos íntegros del trabajo.

No tienes que poner nada en reducciones de rendimientos irregulares. Directamente pones el importe reducido en el rescate del plan (rendimientos del trabajo). De hecho Hacienda ya te lo pone así en el borrador.

Ten en cuenta que el 40% de reducción se aplica sólo si lo rescatas en forma de capital. Pero el rescate en forma de capital no tiene por qué ser total, puede ser parcial. Un primer rescate en forma de capital y el resto (en años sucesivos) en forma de renta o de rescates no periódicos.

Si decidís rescatarlo poco a poco, 1.500 € cada año dices para no tener obligación de presentar declaración, puedes hacer un primer rescate este año en forma de capital por importe de 2.500 €, que quedarían reducidos a 1.500 € (2.500 - 40%) y luego seguir cada año a razón de 1.500 €/año.

Disclaimer
No soy profesional en asesoría fiscal. Te hablo desde la experiencia de haberlo hecho como te digo (primer rescate en forma de capital y resto sin periodicidad ni cuantía fijas predeterminadas, cada año lo que nos parece cuando nos parece) tanto para mí mismo como para mi esposa.


#17

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

Pensión .................................................................. Importe bruto
+ Rescate plan ...................................................... Importe reducido en un 40%
= Total rendimientos íntegros del trabajo
- Deducción por "otros gastos" (art.19.2.f) ...... -2.000
- Reducción pr rendimientos del trabajo: me temo que te pasarías del límite de 16.825 € de ingresos íntegros del trabajo.

Muchas Gracias ,
El apartado Deducción por "otros gastos" ......-2.000 no tengo ni idea que es. Te importaría explicarmelo.

Tampoco se que implica pasar del límite de 16.825€ en la reducción por rendimientos del trabajo.

Gracias por tus aclaraciones.
#18

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

La deducción por "otros gastos" es una deducción de 2.000 € "porque sí". Te aparecerá automáticamente cuando hagas la declaración (o la simulación).

Por otra parte, los rendimientos del trabajo tienen una reducción variable que depende de dos cosas:
1) La cuantía de los rendimientos del trabajo. Sólo es aplicable si los mismos no superan los 16.825 €.
2) la cuantía de tus otras rentas. Sólo es aplicable si las mismas no superan los 6.500 €.

Si se cumplen ambs condiciones, se aplica una fórmula que puede llegar a una reducción máxima de 5.565 €. El programa de Hacienda te la calcula y aplica automáticamente, así que lo mejor que puedes hacer es probarlo con las simulaciones que dices que venías haciendo (la normativa no ha cambiado del año pasado a este).


#19

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

Muchas gracias, 
voy a probar tal y como me dices.
Saludos.
#20

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

Hola docetrece , la opción que me ofreces de rescatar 2500€ el primer año q con la reducción se quedaria en (1500+1000) y no haría la declaración de la renta, estais seguros?? pq me da un poco de yuyu.
En el caso de hacerlo asi me vendrían ya sólo los 1500 sumados a la pensión en el borrador? O tendría que cambiar yo las cantidades.
En caso de q fuera así seguramente optaría por rescatar 2500€ este año y 1500€ los años sucesivos como tb me recomienda Alberdiez al q tb le doy las gracias por recomendarme esta opción de rescate.
#21

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

El importe total del recate (2.500 en tu caso) y la reducción (1.000 en tu caso) vienen desglosados (o venían desglosados cuando lo hicimos hace unos años) tanto en los Datos Fiscales que te descargas de la AEAT como en el Borrador, pero figuran ya restados para  el cálculo de lo que llaman "Ingresos íntegros computables"; no tienes que modificar ni añadir nada.

En cuanto al límite para la obligación o no de declarar, la norma  se refiere a rendimientos íntegros del trabajo y en el manual de la AEAT incluye (restando) la reducción para  la determinación del rendimiento íntegro del trabajo ("fase 1ª" lo llama el manual), así que, hasta donde se me alcanza, es el importe una vez restada la reducción el que hay que tomar en cuenta.

Pero, como ya dije en mi primera respuesta, no soy profesional de la asesoría fiscal, así que, aunque pueda parecerme muy claro, no puedo asegurar nada.

#22

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

Muchas gracias docetrece.
Según me dicen en el teléfono de la agencia tributaria hay que poner en los rendimientos del trabajo la pension + el importe íntegro rescatado que serían los 2500.
Y en la casilla de reducción por rendimientos irregulares la reducción, en este caso 1000€.
D hay mi duda, pq en rendimientos del trabajo tengo q poner 2500.
Gracias.

#23

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

Entonces me callo.
Pero mira, esta es la declaración que presentó mi esposa cuando hizo el rescate.

No tenía más rentas del trabajo que el rescate del plan (30.000). Como puedes ver, la reducción (12.000) figura restando en el propio apartado de rendimientos del trabajo (no en irregulares), dando un rendimiento neto de 18.000 €.  Y ya venía así puesto por el programa de la AEAT.
Será que han cambiado de criterio para el año 2020, porque la imagen que te puse en el mensaje anterior es del manual para la declaración de 2019.
En fin, lamento haberte calentado la cabeza.


#24

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

Al contrario, agradezco enormemente tu ayuda y estoy casi seguro que tienes razón, pero eso es lo q me han dicho. Al final me va a tocar ir a un asesor para que se cuatro duros me quiten tres.
Muchísimas gracias a ti y al resto de los que me han ayudado.

#25

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

Creo que tanto docetrece como el operador de la AEAT te están diciendo lo mismo, el valor del rescate hay que ponerlo integro y la deducción se realiza en el apartado que te indica docetrece que se corresponde con la reducción por rendimientos irregulares, en el caso de los planes de pensiones conforme a  la disposición transitoria duodécima de la Ley  del IRPF  como te indica el formulario de docetrece.
#26

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

Cuando se dice que a lo aportado antes del 2006 (¿incluido?) se le puede aplicar el 40% de reducción me queda la siguiente duda.
Supongamos que he aportado lo siguiente:
2003  aporte 1.000 euros
2004 aporte 2.000 euros
2005 aporte 1.000 euros
En total he aportado 4.000 euros pero el plan de pensiones tiene un valor a  día de hoy de 5.000 euros.
¿Mi duda es si el 40% de reducción se debe aplicar solo sobre lo aportado 4.000 euros?
gracias y saludos
#27

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

La deducción es sobre el valor actual de las participaciones compradas antes de 31 de diciembre de 2006. En tu ejemplo, si los 5000 euros corresponden a las participaciones compradas con los 4000 euros antes de 2007, la deducción sería sobre la base de los 5000 euros.
#28

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

Entonces como todas las aportaciones son anteriores a 2006, que cantidad puedo sacar el primer año: 2500 con una reducción de 1000 que resulta ser 1500 o directamente 1500 € como máximo, todo ello con la intención de no presentar el borrador pq siempre le sale a pagar.
Muchas gracias y un saludo.
#29

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

 En el 2025 se podrá rescatar aquellos planes con mas de 10 años de antigüedad. 
Mi duda es si en este momento se podrá aplicar la reducción del 40% a las participaciones
compradas antes del 2007. En alguno foro he entendido que.
Alguien me podría ayudar .
Gracias

#30

Re: ¿Recuperar plan de pensiones o no?

No se puede.
Puedes rescatar los PP con derecho a reducción (participaciones anteriores a 1.1.2007) durante el primer año y los dos siguientes a la jubilación. Pero la reducción del 40% únicamente la puedes aplicar en uno de los años. Por tanto tienes que rescatar el plan de pensiones de una sola vez y en el año que elijas de los 3. Si haces una parte este año, otra el siguiente y otra el siguiente del siguiente, solo puedes desgravar el 40% en el primer rescate. Mismo caso si tienes dos o más PP: o todos rescatados el mismo año o para los siguientes no hay posibilidad de aplicar el 40%