Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Pensión anticipada por subsidio rechazada..ayuda!

3 respuestas
Pensión anticipada por subsidio rechazada..ayuda!
1 suscriptores
Pensión anticipada por subsidio rechazada..ayuda!
#1

Pensión anticipada por subsidio rechazada..ayuda!

Hola, voy por parte. En 2015 ya cobrando el subsidio de mas de 55 me envian una carta en la que me certifican que la ayuda extingue en el momento llegue a la edad de jubilacion anticipada o en cualquiera de los modelos este mes cumplo los 65 he ido al INEM y me informan que me han renovado la ayuda 2 años hasta los 63 les digo que porque no me lo han cancelado y me dicen que si no arreglo los pales en el ins que ellos no me lo cancelan por lo que no puedo jubilarme forzosamente . Bien voy al ins y me dice que no puedo prejubilarme al no haber tenido un despido por ere o similar después que tengo 45 años de cotización. Mi pregunta es si me certifican del INEM en 2015 que me cancelarían dicho subsidio de 400 euros a la edad de prejubilarme , no puedo reclamar que me la cancelen según se me informo?

#2

Re: Pensión anticipada por subsidio rechazada..ayuda!

No estoy segura de poder ayudarte.  Por lo que cuentas, parece que la carta que te enviaron del INEM en 2015, era tan solo un aviso de que el subsidio se cancelaría en cuanto cumplieras las condiciones para la jubilación.

#3

Re: Pensión anticipada por subsidio rechazada..ayuda!

¿Para que quieres que te quiten el subsidio? ¿para quedarte sin ingresos? Es fácil, vete a la oficina del SEPE (que no INEM) y dí que quieres renunciar a él, cobrar ayudas es siempre voluntario.
El SEPE reconoce el subsido para mayores de 55 años hasta los 61 años en primera instancia. Cuando se está cerca de esa edad se pide al INSS que certifique a qué edad se puede jubilar la persona realmente y se amplia el subsidio hasta la fecha en la que el INSS diga que se puede jubilar como primera edad, o no se amplia en el caso de que el INSS diga que se puede jubilar a los 61.
El SEPE no manda nada en cuanto a jubilaciones sólo pregunta a quien es competente para saberlo.
Por lo que yo sé, y puedo equivocarme, a los 61 años sólo pueden jubilarse los que dejaron de trabajar antes de 2013 que se les aplica la ley antigua (con un determinado tiempo de cotización) y los que perdieron su empleo por una situación de ERE o crisis (también teniendo un determinado tiempo de cotización). Si no te ajustas a estos casos no puedes jubilarte por muchos años que tengas cotizados.
Pregunta en el INSS cual es la primera edad en la que podrías jubilarte, ya verás como coincide con la fecha hasta la que te han ampliado el Subsidio.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#4

Re: Pensión anticipada por subsidio rechazada..ayuda!

faltan datos para poder determinar a qué edad puedes jubilarte, como ya te ha dicho el comentario anterior:

-¿en qué fecha dejaste de trabajar?

-¿cuál fue la causa: ERE (dices que no), despido objetivo, despido improcendente, fin de contrato temporal o por obra y servicio?

-¿cuál es tu edad? por un lado dices que este mes cumples los 65 pero por otro que te han renovado el subsidio hasta los 63, no parece que cuadre...

El subsidio para mayores de 55 años dura hasta que alcances una edad a la que puedas jubilarte, según las condiciones que marque la ley en cada momento. En ese momento te lo retiran, y si quieres solicitas la pensión de jubilación, eso ya depende de ti:

*Jubilación a los 61 años: solo para personas que perdieran involuntariamente su empleo antes del 1 de abril de 2013.

*4 años antes de la edad ordinaria de jubilación (en 2018 esa edad ordinaria son 65 años y 8 meses y se va incrementando año a año hasta que quede en 67): quienes hayan sido despedidos «por causas objetivas, es decir, técnicas, organizativas, de producción o económicas, o a través de un ERE a partir de 1 de abril de 2013 . Así, un despido improcedente no vale o tampoco  finalizar un contrato temporal.

*65 años: jubilación voluntaria, si se cumple en 2018, haber cotizado mínimo 36 años y 6 meses (también se va incrementando este mínimo de años cotizados año a año).

*Por último, edad ordinaria de jubilación.

 

Guía Básica