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Pensión de viudedad

7 respuestas
Pensión de viudedad
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Pensión de viudedad
#1

Pensión de viudedad

Cobro el máximo de la pensión de jubilación. Quiero conocer cómo se calcula el importe que le quedaría a mi mujer de pensión de viudedad. La ley establece un 52% de la base reguladora. Mi duda es la siguiente: Mi base reguladora superaba la pensión máxima de jubilación. El 52 % se aplica sobre la base reguladora o sobre el importe de mi pensión que es la máxima. Además tengo dudas sobre si existe un límite máximo de pensión de viudedad o si ese límite es el establecido como máximo para la pensión de jubilación. Gracias.

 

#2

Re: Pensión de viudedad

Tu mismo lo has dicho, el 52% de la base reguladora, no de la pensión, de la base reguladora.
Evidentemente la pensión de viudedad tiene un máximo y un mínimo también, el mínimo es semejante al de la pensión de jubilación, no encuentro el máximo, pero con el 52% de la base reguladora es imposible llegar al máximo que está puesto para una pensión de jubilación.
Hechale un vistazo a la página de Seguridad Social sobre el tema:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Muerteysupervivencia/RegimenGeneral/Viudedad/CuantiaAbono/index.htm

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: Pensión de viudedad

Gracias por la respuesta. En el enlace de la seguridad social figura que el límiete de ingresos anuales para una pensión de viudedad no pueden superar los 17.486,97 € anuales, pero en otras informaciones se explicita que el máximo de esta pensión es el mismo fijado para el resto de las pensiones, es decir, unos 2.500 euros al mes. No me queda claro este límite máximo. Además, el 52 % de una base reguladora superior a la pensión máxima es superior a esos 17.486 euros anuales. Esa es la duda que tengo. ¿Una pensión de viudedad entonces no puede superar los 1.250 euros brutos al mes, es decir, 17.486 euros dividido entre 14 pagas?. 

#4

Re: Pensión de viudedad

Te estás liando;

-la pensión de viudedad es el 52% de la base reguladora que se calculó cuando recibiste la pensión, con independencia de que dicha base fuera superior al tope de pensión que realmente se recibió.

-si quien la va a recibir es mujer que ha tenido 2 ó más hijos se añade 5% en el caso de dos hijos, del 10% con tres hijos y del 15% en el caso de cuatro o más hijos.

-Y la cantidad así calculada se actualiza:" El resultado se incrementa con el importe de las revalorizaciones que, para las pensiones de viudedad, hayan tenido lugar desde la fecha en que se causó la pensión originaria. "

El máximo con el que te estás  liando es uno de los requisitos para que en lugar del 52% se tome el 70%. Ese límite evidentemente se supera si tú actualmente cobras la pensión máxima; luego en tu caso, sería el 52% siempre.

 

Y el límite máximo que pagan para la pensión de viudedad es el mismo que para la de jubilación, los 2580 euros.

#5

Re: Pensión de viudedad

Gracias. Efectivamente me estaba liando con el límite máximo. Ahora está aclarado, el máximo de viudedad es el mismo que el de jubilación. De nuevo, muchas gracias.

#6

Re: Pensión de viudedad

Por lo visto lo quieren subir al 54%

#7

Pensión de viudedad antigua: reducción por suposición de separación

Hola, seguro que este no es el mejor sitio pero quisiera investigar sobre esto:

Mi madre cobra pensión de viudedad minima hace mas de 30 años. En el momento de gestionarla el organismo pertinente consideró que mis padres se habian separado (que no divorciados porque no lo estaban y en consecuencia no habia documentos sobre eso) porque él estaba desplazado por la empresa y mi madre se estableció en Salou por la escolarización de sus hijos y mi padre venia en vacaciones. De esta situación el organismo encargado de la tramitación de la pensión determinó que anteriormente al establecimiento de mi madre en Salou no podían asegurar que estuviesen separados pero desde su empadronamiento en Salou como mi padre no constaba empadronado allí ni el vecindario lo conocia (la policia preguntó al azar a vecinos de la misma calle, ni siquiera del mismo edificio, increible!) consideraban que estaban separados y por tanto su pensión se reduciría la parte proporcional a los años que llevabamos en Salou.

Siempre me ha parecido una forma muy subjetiva de proceder. Mi madre, en la ignorancia de hace 30 años, los pocos recursos para contratar un abogado y el agobio porque todas estas cuestiones le demoraron el cobro de la pension 1 año sin ingresos de ningun tipo aceptó y hasta hoy que todavía teme que se la quiten cuando le comentamos que lo deberiamos consultar (normal, con estos razonamientos tan subjetivos... se ha quedado con miedo).

Total, quisiera saber si está situación es demandable y si ha prescrito dado que fué hace tanto tiempo aunque aún sigue percibiendo esa pensión.

Muchas gracias y disculpen si aqui no responden estas cuestiones.

Julia

#8

Re: Pensión de viudedad

Hola buenas cobro el 50 porcien de la pension de viudedad hasta que llega a los 65 años que seria 1400 euros segun me dijeron porque mi base reguladora era alta cotizaba por dos sitios autonomo y trabajaba en una finca privada y cobro 700 ahora hasta que me jubile pero yo sigo cotizando como autonomo ¿cobrare mas de 1400 euros cuando deje de ser autonomo?

Guía Básica