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Jubilacion a los 61 en 2019

8 respuestas
Jubilacion a los 61 en 2019
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Jubilacion a los 61 en 2019
#1

Jubilacion a los 61 en 2019

Hola y gracias de por el foro.                                   Mi caso es que fui despedido en noviembre de 2010. Por un ERE y posterior cierre de la empresa. Pase a cobrar el paro y después el subsidio para mayores de 55 años. Cumplo los 61 años en marzo de 2019, y tendré cotizados 42 años. Me puedo jubilar con 61 años con la antigua ley o con la nueva ley.                                 Gracias por todo. Y un saludo.

#2

Re: Jubilacion a los 61 en 2019

Hola Vifega, 

En primer lugar, no he encontrado información sobre si la ley que se aplicará en el momento de su jubilación será la antigua o la nueva. Y por lo tanto entiendo que la nueva. La información que he encontrado al respecto de la jubilación anticipada es la siguiente. Según la  Ley General de la Seguridad Social. Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre el artículo 208 trata sobre el acceso a la jubilación anticipada por voluntad del interesado y expone los siguientes requisitos:

  • Tener cumplida una edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad que en cada caso resulte de aplicación según lo establecido en el artículo 205.1.a)
  • Acreditar un período mínimo de cotización efectiva de treinta y cinco años, sin que, a tales efectos, se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias. 
  • Una vez acreditados los requisitos generales y específicos de dicha modalidad de jubilación, el importe de la pensión a percibir ha de resultar superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplimiento de los sesenta y cinco años de edad. En caso contrario, no se podrá acceder a esta fórmula de jubilación anticipada.

Espero que le sirva de algo esta información y si en algo estoy equibocado, no dudeis en corregirme.

Un saludo.

#3

Re: Jubilacion a los 61 en 2019

Gracias por la respuesta.Pero tengo dudas al cobrar el subsidio puede ser una jubilación forzosa. Y el despido al ser en 2010, antes de la nueva ley.Ser parado de larga duracion sin trabajo desde 2010 y 42 años cotizados. Gracias por todo y un saludo.

#4

Re: Jubilacion a los 61 en 2019

La ley que se aplica es la del momento de acceder a la jubilación, es irrelevante cuando fuese el despido. Con 61 años tengo serias dudas de que puedas acceder a la jubilación, ni siquiera con la legislación actual, ya que la jubilación por causas ajenas al trabajador (o forzada como dices), es que resten menos de 4 años para la jubilación. Pero para la de 2019 que no es a los 65 años, de hecho ahora tampoco es a los 65.

#5

Re: Jubilacion a los 61 en 2019

Gracias por tu respuesta. Esperare que me dicen del SEPE o la Seguridad Social. Un saludo.

#6

Re: Jubilacion a los 61 en 2019

A las personas cuya relación laboral se haya extinguido antes de la entrada en vigor de la reforma de las pensiones (01/01/2013) se les aplica la antigua Ley y por lo tanto podrías jubilarte anticipadamente a los 61
Esto con las reservas correspondientes porque no es un tema que controle del todo.
Lo que tenga que ver con jubilación preguntalo en Seguridad Social, si preguntas en el SEPE te van a decir que ellos no saben nada de jubilación y que están a lo que diga Seguridad Social.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#7

Re: Jubilacion a los 61 en 2019

Gracias por la respuesta. Lo tendré que preguntar en la Seguridad Social. Un saludo.

#8

Re: Jubilacion a los 61 en 2019

como te indican, consúltalo en Seguridad Social, pero es cierto que al promulgar la nueva ley dejaron una serie de casos en los que se aplicaría la antigua, pero para los despidos parece que aplica un periodo transitorio solo a las jubilaciones antes del 1 de enero de 2019:

 

Disposición transitoria cuarta.- Aplicación de legislaciones anteriores para causar derecho a pensión de jubilación.

5. Se seguirá aplicando la regulación de la pensión de jubilación, en sus diferentes modalidades, requisitos de acceso, condiciones y reglas de determinación de prestaciones, vigentes antes de la entrada en vigor de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, a las pensiones de jubilación que se causen antes de 1 de enero de 2019, en los siguientes supuestos:

a) Las personas cuya relación laboral se haya extinguido antes de 1 de abril de 2013, siempre que con posterioridad a tal fecha no vuelvan a quedar incluidas en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social.

b) Las personas con relación laboral suspendida o extinguida como consecuencia de decisiones adoptadas en expedientes de regulación de empleo, o por medio de convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa así como por decisiones adoptadas en procedimientos concursales, aprobados, suscritos o declarados con anterioridad a 1 de abril de 2013, siempre que la extinción o suspensión de la relación laboral se produzca con anterioridad a 1 de enero de 2019.

 

Guía Básica