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IRPF derechos de autor

2 respuestas
IRPF derechos de autor
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#1

IRPF derechos de autor

buenas tardes, se me plantea un problema y necesito ayuda, acabamos de empezar una acitividad editorial y hemos creado un sl. Estamos comprando material fotografico y textos tanto a los propios autores como a profesionales del medio. En principio creiamos que todo esto estaba sujeto a retención suscrito en los diferentes convenios (cuando no se trata de españoles) pero a medida que contactamos con empresas y profesionales extranjeros nos dicen que nunca nadie les ha practicado ninguna retención, (ya sea por los textos o por las fotografias adquiridas) empezamos a tener serias dudas al respecto. Puede alguien orientarnos en cuanto a como debemos proceder fiscalmente?
Muchas gracias de antemano.

#2

Re: IRPF derechos de autor

Mi fuerte no es la tributación de no residentes pero después de leer un poco entiendo que salvo lo que puedan establecer los convenios de doble imposición con los distintos países, hay que practicar retención.
Los artículos 12 y 13 del Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, son rentas sujetas a este impuesto:
"Los cánones o regalías satisfechos por personas o entidades residentes en territorio español o por establecimientos permanentes situados en éste, o que se utilicen en territorio español.
Tienen la consideración de cánones o regalías las cantidades de cualquier clase pagadas por el uso, o la concesión de uso de:
Derechos sobre obras literarias, artísticas o científicas, incluidas las películas cinematográficas.
Patentes, marcas de fábrica o de comercio, dibujos o modelos, planos, fórmulas o procedimientos secretos.
Derechos sobre programas informáticos.
Informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas.
Derechos personales susceptibles de cesión, tales como los derechos de imagen.
Equipos industriales, comerciales o científicos.
Cualquier derecho similar a los anteriores.
En particular, tienen esa consideración las cantidades pagadas por el uso o la concesión de uso de los derechos amparados por el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, y la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas."

El tipo de gravamen general es el 25% (artículo 25 Ley) y existe obligación de retener de acuerdo con el artículo 9 del Reglamento (Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.)

Saludos.

#3

Re: IRPF derechos de autor

Gracias por tu respuesta, en principio yo tambien creia que era así, pero esta mañana he consultado directamente con hacienda y allí me dicen de las fotografias, concretamente, que siempre que no sean derechos , y tratandose de una editorial se tratan directamente como si fuese un bien adquirido y no como cánon o regalía que es como en principio nosotros pensabamos que debia tratarse. En fin a todos los que traten con no residentes ya lo saben.
gracias de nuevo y saludos.