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Requerimiento de hacienda por error de individual a conjunta

8 respuestas
Requerimiento de hacienda por error de individual a conjunta
Requerimiento de hacienda por error de individual a conjunta
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#1

Requerimiento de hacienda por error de individual a conjunta

Hola amigos.
Presenté mi declaración de la renta como si fuera individual y me equivoque y puse la X en la casilla de conjunta.
Hacienda me ha hecho un requerimiento al que he reclamado diciendo que no había mala intención pero no me ha hecho caso y me ha vuelto a enviar otro requerimeinto ya con intereses de demora porque dicen que por este motivo no puedo realizar ninguna reclamación. Por favor si sabe alguien lo que puedo hacer porque me piden 437€ y en individul me devolvían 170€. Soy un trabajador con dos hijos y me cuesta llegar a final de mes. Os estaré muy agradecido.
Un saludo y gracias de antemano.

#2

Re: Requerimiento de hacienda por error de individual a conjunta

Buenas;

La verdad es que lo tienes bien jodido;

Me explico;

La normativa de renta establece que durante el periodo voluntario de presentacion del impuesto el contribuyente puede cambiar la forma de tributacion las veces que lo desee.
No obstante,finalizado el periodo voluntario,dicho tipo de tributacion no podra ser modificado.

Si por error marcarse declaracion conjunta,es ese tipo de declaracion la que tendras que entregar y en la cual tendreis que tributar todos los miembros que formen parte de tu unidad familiar.

Si alguno de esos miembros hubiera optado por la tributacion individual,posiblemente tambien recibira un requerimiento de la administracion haciendole saber que no es posible la tributacion individual.

Ya se que es una autentica putada,especialmente si tu y tu mujer trabajais,ya que en el 99% de los casos,las dos individuales son mejores que la conjunta; pero lamentablemente no tendras escapatoria y con las ganas que tienen de pillar a cualquiera para pillar pasta,mas todavia.

Siento ser tan claro.

Un saludo.

#3

Re: Requerimiento de hacienda por error de individual a conjunta

Muchas gracias de todas formas.

#4

Re: Requerimiento de hacienda por error de individual a conjunta

Pueda que exista una forma de que Hacienda reconsidere la declaración como individual.
¿La declaración está firmada por ambos cónyuges?
Si se ha marcado como conjunta pero únicamente se han incluido ingresos de un titular y sólo se ha firmado por ese titular, se puede defender que la declaración es individual.
El artículo 83 de la Ley del IRPF dice:

"Artículo 83. Opción por la tributación conjunta.
1. Las personas físicas integradas en una unidad fami­liar PODRÁN OPTAR en cualquier período impositivo, por
tributar conjuntamente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con arreglo a las normas generales
del impuesto y las disposiciones de este título, siempre que TODOS sus miembros sean contribuyentes por este
impuesto."

Si la declaración no se ha firmado dificilmente se puede asegurar que han ejercido la opción.

Si este es el caso se podría plantear un recurso planteado con este presupuesto.

Saludos.

#5

Re: Requerimiento de hacienda por error de individual a conjunta

¿Se puede pleitear contra Hacienda en los Juzgados?

Saludos

#6

Re: Requerimiento de hacienda por error de individual a conjunta

Por supuesto que sí.
Lo único que ocurre es que previamente hay que agotar la vía administrativa (reposición y/o Tribunales Económicos Administrativos). Pero una vez agotada se pueden plantear recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa correspondiente.

Saludos.

#7

Re: Requerimiento de hacienda por error de individual a conjunta

Ten en cuenta que hasta el TEAS es gratis, pero el contencoso-administrativo creo que es obligatorio abogado y procurador, con lo que suele ser mas caro el collar que el perro.

#8

Re: Requerimiento de hacienda por error de individual a conjunta

El problema es que el TEAS es un organismo dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, por lo que es juez y parte. Un Juzgado depende sin embargo de la Administración de Justicia. Aunque al final sigue siendo la Administración.

Como última baza un recurso de casación ante el Tribunal de La Haya, que quizás sea más imparcial.