Las ayudas directas a la adquisicion de la vivienda habitual , se deben declarar como rentas del ejercicio en que se cobran en la Casilla 310 .
Tienes la opcion de dividir esta ayuda en CUATRO partes iguales y declarar 1/4 en el ejercicio en que recibe y en los TRES siguientes la misma cantidad . Esto te es favorable ya que al ser un impuesto progresivo , laminas la tributacion dividiendo el ingreso.
Los Borradores son solo lo que su nombre indica "Borradores" , la AEAT no tiene toda la informacion del contribuyente , porque es la que le proporciona terceros y en este caso parece que el organismo pagador de esta ayuda no le ha informado.
Los borradores han de ser revisados por el contribuyente que con su conformidad de fe, de que estos datos son reales y los unicos necesarios para su declaracion, es responsabilidad del contribuyente y no de la AEAT.
La inversion en la vivienda habitual debes comprobarla , ya que esta ayuda supongo que ha sido destinada a dicho fin y por tanto debes considerarla,en su totalidad, con idependencia de que la repartas en CUATRO ejercicios al declararla como renta.
Si tambien tienes bonificacion en la hipoteca por el mismo concepto de ayuda , lo debes declarar tambien en la casilla 310 durante el tiempo que recibas esa bonificacion que asi mismo se incluye como inversion en vivienda a deducir.
Saludos