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Inquilinos menores de 35 años

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Inquilinos menores de 35 años
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Inquilinos menores de 35 años
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#1

Inquilinos menores de 35 años

Tengo alquilado un piso a unas chicas americanas menores de 35 años que trabajan para la comunidad de madrid como auxiliares de ingles y que cobran mas de 500€ cada una. Entiendo que cumplen los requisitos para poder deducirme el 100% del alquiler en la renta y por tanto tengo que pedirles una carta justificando eso pero no se como redactarla ni que datos debe incluir por si hacienda le da por una inspección.
Alguien me puede facilitar algún modelo o indicarme los datos que deben aparecer le estaría sumamente agradecido.
Yn saludo,

#2

Re: Inquilinos menores de 35 años

Los datos que debes solicitar son los del Artículo 16.1 RIRPF:

1.Nombre, apellidos, domicilio fiscal y número de identificación fiscal del arrendatario.
2.Referencia catastral, o en defecto de la misma, dirección completa, del inmueble arrendado.
3.Manifestación de tener una edad comprendida entre los 18 y 35 años durante todo el período impositivo anterior o durante parte del mismo, indicando en este último caso el número de días en que cumplió tal requisito.
4.Manifestación de haber obtenido durante el período impositivo anterior unos rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas superiores al indicador público de renta de efectos múltiples.
5.Fecha y firma.
6.Identificación de la persona destinataria de dicha comunicación.

El arrendador sólo tiene la obligación de conservar la comunicación debidamente firmada, así que no te compliques por como redactar la petición de los datos. En cuanto a la declaración que tienen que hacer las inquilinas, no se si Hacienda dispondrá de algún modelo de declaración.

#3

Re: Inquilinos menores de 35 años

Lo que no entiendo bien es el punto 4. Estas chicas llegaron de usa con un contrato con la comunidad de madrid para actuar de auxiliares de ingles en escuelas. Comenzaron en Octubre que es cuando me arrendaron el piso. Sus ingresos mensuales a partir de ese momento superan los 600€ (el iprem esta como en 500) pero solo a partir de ese momento que supongo que es cuando interesa. Lo del nº de identificación fiscal supongo que coincidira con la carta de residencia ¿no?.
Lo de la carta es pq pretendo darselo todo hecho y que solo tengan que firmar.
Otra duda q tengo es en relacion a la fianza aunque ese piso vengo declarandolo como en alquiler desde hace años y tengo un contrato firmado con las chicas la fianza la tengo yo, no la deposito en ningun sitio y la devuelvo si todo esta bien cuando mis inquilinos se van. ¿Eso supondría un problema en caso que me dedujera el 100% y hacienda me solicitara los documentos?

#4

Re: Inquilinos menores de 35 años

Ahí me pillas. Supongo que con tal de que superasen el IPREM cuando entraron en el piso basta, y que si lo superaron posteriormente podrías deducirte la parte proporcional, pero no se decirte exactamente.
En cuanto al NIF, efectivamente coincide con el permiso de residencia.
Respecto al modelo de carta, te dejo uno que he encontrado:

A D/D.ª..................... ARRENDADOR DE LA VIVIENDA SITA EN ................................................

Estimado D/D.ª............:

A efectos de la aplicación, por su parte, de la reducción prevista en el n.º 2.º del artículo 23.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de No Residentes y sobre el Patrimonio, le presento comunicación con el siguiente contenido:

a) D/D.ª .............................., con domicilio fiscal en ........ y con N.I.F. n.º ............................, persona abajo firmante, es arrendatario de su vivienda.

b) El inmueble arrendado, objeto de la presente comunicación, tiene como referencia catastral ................., se encuentra situado en .............., y ha constituido mi vivienda en el período impositivo anterior.

c) Manifiesto que mi edad es .... (comprendida entre 18 y 35 años) durante todo el período impositivo anterior (o durante parte del mismo, en cuyo caso habría que indicar el número de días en que cumplió tal requisito).

d) Manifestación de haber obtenido durante el período impositivo anterior unos rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas superiores al indicador público de renta de efectos múltiples.

e) Que como arrendatario de su vivienda, comunica que a este arrendador todos los requisitos necesarios, para que los tenga a disposición de la Administración en caso de que le sean requeridos por la misma, para la justificación de la reducción prevista en el n.º 2.º del artículo 23.2 de la Ley del Impuesto y que le es de aplicación.

Teniendo en cuenta lo expuesto en esta comunicación, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento del Impuesto sobre las Personas Físicas, de 30 de marzo de 2007, el arrendatario firma esta comunicación:

En ................................., a .......................... de ........................ de ...............

Fdo.: ..................................
(Arrendatario)

A D/D.ª..................... ARRENDADOR DE LA VIVIENDA SITA EN ................................................

Fuente: http://www.abantos.es/docs/05_Monos/INCENTIVOS%20FISCALES%20DEL%20ARRENDAMIENTO%20DE%20VIVIENDA%20EN%20EL%20IRPF.pdf

#5

Re: Inquilinos menores de 35 años

Muchas Gracias, era lo que necesitaba.

#7

Re: Inquilinos menores de 35 años

Entonces, el hecho de estar conmigo desde octubre no tiene relevancia y si el hecho de que empezaran a trabajar en ese mes. Conclusión: como no habían trabajado antes ajo y agua.
Os planteo otro supuesto: durante el año 2011 estas chicas van a estar conmigo hasta julio luego vuelven a su pais con lo que se acaba el contrato de alquiler y el laboral. ¿Para el año 2011 tampoco podría deducirme el 100% del alquiler? En este caso, yo recibiría una carta al irse del piso diciendome que hasta esa fecha cumplen todos los requisitos. Opiniones.
Gracias

#8

Re: Inquilinos menores de 35 años

De los días que estén esas chicas (X días), tendrás la reducción del 100%. Y, para el resto de días del 2011 (365-X):
1) la renta imputada por (365-X) días, si no lo alquilas en todo el año, (o por los días que tardes en volver a alquilarlo).
2) la reducción del 100%, si lo alquilas a otra persona que cumple los requisitos.
3) la reducción del 50%, si lo alquilas a una persona que no los cumple.

En el caso primero, supongo que el programa PADRE te permitirá, como ahora, marcar como uso o destino "a disposición de sus titulares y arrendado".
Y en los casos 2º y 3º, podrás dar de alta en el PADRE otro "arrendamiento" (dentro del mismo inmueble) para incluir los ingresos y los gastos correspondientes a ese segundo arrendamiento, indicando si a este segundo arrendamiento le corresponde el 50% o el 100% de reducción.