Acceder

Compensacion perdidas bolsa

2 respuestas
Compensacion perdidas bolsa
Compensacion perdidas bolsa
#1

Compensacion perdidas bolsa

Hola, buenas. Por fvor aclarenme lo siguiente.... Si lo entiendo bien....Lo normal es que en caso de perdida en bolsa, si en el año de la perdida -A- no hay ganancias para compensar...se compensan con dividendos 25% o plusvalias los 4 años siguientes. En el supuesto de que en los siguientes 4 años a la perdida, no se haya compensado nada de la perdida -A-, habiendo habido dividendos y una pequeña plusvalia -B-...que significa...que la perdida esta cautiva, debido a la recompra de -A-antes de 2 meses y se compensara cuando se vendan las acciones -A-, por ejemplo a los 9 años ?...Lo he entendido bien? Gracias
#2

Re: Compensacion perdidas bolsa

según la AI chatgpt hacienda

Tu planteamiento mezcla dos reglas distintas del IRPF y eso es lo que genera la duda. Vamos a separarlas claramente para que lo entiendas sin confusión:



1. Regla general de compensación de pérdidas en bolsa


Las pérdidas patrimoniales (como la de tu valor A) siguen este orden:

  1. Se compensan primero con ganancias patrimoniales del mismo año.
  2. Si aún queda pérdida:

    • Se puede compensar hasta el 25% con rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses).
  3. Si sigue quedando saldo negativo:

    • Se puede arrastrar hasta 4 años siguientes.

👉 Esto es correcto y lo has entendido bien.



2. PERO: regla antiaplicación por recompra (muy importante)


Aquí está la clave de tu caso.

Si vendes con pérdidas un valor (A) y recompras ese mismo valor en los 2 meses anteriores o posteriores, ocurre esto:

➡️ La pérdida NO se puede computar en ese momento.

👉 Se dice que la pérdida queda “bloqueada” o “no imputable”.



3. ¿Qué pasa entonces con esa pérdida?

  • NO entra en el circuito de compensación ni en los 4 años.
  • NO puedes compensarla ni con dividendos ni con plusvalías.
  • NO empieza a contar el plazo de 4 años.

👉 Es como si fiscalmente no existiera todavía.



4. ¿Cuándo podrás usar esa pérdida?


Solo cuando vendas definitivamente esas acciones recompradas (las de A):

  • En ese momento:

    • Se desbloquea la pérdida original.
    • Se suma al resultado de esa nueva venta.

👉 Por tanto, sí:

✔️ Si vendes dentro de 9 años, ahí podrás aplicar la pérdida
✔️ Y no antes
✔️ Y no durante los 4 años intermedios



5. Sobre tu ejemplo concreto


Dices:

  • Año A → pérdida
  • Recompras antes de 2 meses → ✔️ pérdida bloqueada
  • En los siguientes 4 años hay:

    • dividendos
    • pequeña plusvalía B

👉 Resultado:

❌ No puedes compensar la pérdida A con nada
❌ No consumes el plazo de 4 años
✔️ La pérdida sigue “latente”



6. Conclusión clara


✔️ Sí, lo has entendido correctamente:

La pérdida queda “cautiva” (bloqueada) por la recompra
y solo se podrá compensar cuando vendas definitivamente esas acciones, aunque pasen muchos años.


7. Base legal (resumen AEAT)


Esto se regula en la normativa del IRPF sobre:

  • Compensación de pérdidas patrimoniales
  • Regla antiaplicación por recompra de valores homogéneos


#3

Re: Compensacion perdidas bolsa

No significa eso de forma automática. Podría ser que hacienda no conozca esas minusvalias pendientes porque no las declaraste y por eso no las aplica automáticamente. 

Si quieres saber si tienes pérdidas cautivas comprueba si compraste 2 meses antes o 2 meses después del mismo valor tras la venta que generó dicha minusvalia.