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Deducciones para impuesto de sucesiones caso hermana de fallecido con discapacidad reconocida
Buenas tardes:
Mi madre ha fallecido recientemente. Era copropietaria con mi tía de la vivienda en la que reside esta última (al 50%). En su testamento mi madre deja, con cargo al tercio de libre disposición, el usufructo vitalicio de su 50% a mi tía. Además, mi tía tiene reconocida una incapacidad del 42%. Y como heredera, a mí.
A su vez, era propietaria junto a mi padre de la vivienda familiar (al 50%). Al morir mi padre (2020) dejó como usufructaria vitalicia de su parte a mi madre y a mi como heredera.
Como voy a encargarme de todos los trámites relacionados con la herencia y leyendo por internet no me ha quedado claro cómo sería la parte del impuesto de sucesiones que correspondería a mi tía, les agradecería me orientasen al respecto (residimos en Asturias):
- En mi caso y refiriéndome solo a los bienes inmuebles, ¿entiendo que he de incluir el 50% materno de la vivienda familiar (en 2020 ya tributé por el 50% correspondiente a mi padre) y el 50% de la vivienda de mi tía? Sé que Asturias tiene un límite exento de 300.000 euros por heredero directo.
- En el caso de mi tía, respecto a su vivienda, al tributarle el 50% del usufructo y por ser hermana de la fallecida (categoría III) y contar con discapacidad del 42% , ¿cómo sería el cálculo de sucesiones? He leído algo de una deducción de 125000 euros, pero no me queda claro si es un límite exento directamente o se deduce a posteriori de calcular el impuesto según le corresponde a ella.
Gracias anticipadas por vuestra ayuda.
Ana
Mi madre ha fallecido recientemente. Era copropietaria con mi tía de la vivienda en la que reside esta última (al 50%). En su testamento mi madre deja, con cargo al tercio de libre disposición, el usufructo vitalicio de su 50% a mi tía. Además, mi tía tiene reconocida una incapacidad del 42%. Y como heredera, a mí.
A su vez, era propietaria junto a mi padre de la vivienda familiar (al 50%). Al morir mi padre (2020) dejó como usufructaria vitalicia de su parte a mi madre y a mi como heredera.
Como voy a encargarme de todos los trámites relacionados con la herencia y leyendo por internet no me ha quedado claro cómo sería la parte del impuesto de sucesiones que correspondería a mi tía, les agradecería me orientasen al respecto (residimos en Asturias):
- En mi caso y refiriéndome solo a los bienes inmuebles, ¿entiendo que he de incluir el 50% materno de la vivienda familiar (en 2020 ya tributé por el 50% correspondiente a mi padre) y el 50% de la vivienda de mi tía? Sé que Asturias tiene un límite exento de 300.000 euros por heredero directo.
- En el caso de mi tía, respecto a su vivienda, al tributarle el 50% del usufructo y por ser hermana de la fallecida (categoría III) y contar con discapacidad del 42% , ¿cómo sería el cálculo de sucesiones? He leído algo de una deducción de 125000 euros, pero no me queda claro si es un límite exento directamente o se deduce a posteriori de calcular el impuesto según le corresponde a ella.
Gracias anticipadas por vuestra ayuda.
Ana