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Autónomo Profesional
AUTONOMO “Profesional”
- Arrienda un inmueble de 80 m2 para destinarlo a vivienda habitual
Arrendamiento. Importe renta mensual 480 Euros (exenta de Iva por destinarse a vivienda habitual)
IBI 186,70 Euros anuales por cuenta del autónomo arrendatario
- Con posterioridad, al iniciar el teletrabajo, una de las habitaciones del inmueble (8 m2) la quiere afectar a la actividad.
Procede a modificar el correspondiente modelo censal el 036 para incluir la parte afecta.
- Se pone en contacto con el arrendador para modificar/anular el contrato inicial de arrendamiento, estableciendo dos contratos
diferentes.
* Uno por 72m2 como vivienda habitual por 432 Euros (Exento de Iva)
* Otro por 8 m2 por la habitación afecta a la actividad por 48 Euros + Iva 10,08 – Retención 9,12 = 48,96 Euros mensuales
Estos 48 x12 = 576 Euros más la parte proporcional del IBI 18,67 Euros (parte correspondiente a los 8m2) incrementarán
los gastos deducibles de su negocio.
- El arrendador se niega aduciendo que al no destinarse todo el inmueble a vivienda habitual ya no puede “reducirse” el 50%
del total de las rentas percibidas anualmente (480 x 12) x 50% = 2.880 Euros por lo su IRPF se incrementa notablemente
¿Cómo veis el planteamiento del autónomo?
¿Es comprensible la actitud del arrendador?