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Modelo 210 IRNR - Deducción Gastos tras sentencia Audiencia Nacional

8 respuestas
Modelo 210 IRNR - Deducción Gastos tras sentencia Audiencia Nacional
Modelo 210 IRNR - Deducción Gastos tras sentencia Audiencia Nacional
#1

Modelo 210 IRNR - Deducción Gastos tras sentencia Audiencia Nacional

 
Hola a todos, 
 
Abro este hilo para compartir experiencias sobre el Modelo 210 de alquileres para no residentes extracomunitarios, a raíz de la reciente sentencia de la Audiencia Nacional que reconoce el derecho a deducir gastos necesarios (IBI, comunidad, amortización, etc.), equiparando el tratamiento al de residentes UE/EEE. 
 
El problema práctico es que, a día de hoy, el formulario online de la AEAT no permite introducir gastos para no residentes fuera de la UE, lo que deja dos opciones: 
 
- Presentar el 210 “oficial” sobre ingresos brutos y luego solicitar rectificación/devolución.
- Forzar el formulario declarando el ingreso neto (tras deducir gastos) en la casilla del ingreso bruto. 
 
Me interesa especialmente saber: 
 
- Si alguien ya ha presentado el 210 aplicando gastos tras la sentencia.
- Si hay resoluciones, devoluciones o rectificaciones aceptadas por la AEAT. 
- Qué están recomendando asesores fiscales en la práctica.
- Si alguien ha tenido requerimientos o regularizaciones por este tema. 
 
Gracias de antemano a quien quiera compartir su experiencia o criterio. 

#2

Re: Modelo 210 IRNR - Deducción Gastos tras sentencia Audiencia Nacional

hola, 

yo he declarado el impuesto 210 por alquileres en espana hace unos dias, pero lo he hecho como en anios anteriores. en teoria la sentencia no es confirmada y puede llevar un anio o mas y a partir de entonces se cambia la ley y se actualiza el formulario, es lo que yo entiendo. tambien entiendo que se puede reclamar hasta 4 anios anteriores. o al menos es lo que me dice gpt :)

 en mi caso empece a declarar alquileres en espania viviendo en el extranjero por rentas en el anio 2023, entonces creo que podria reclamar si cambian la ley este 2026/2027.

al presentarlo este anio me estuve planteando enviar un pequenio escrito para que quedara constancia de que me reservaba el derecho a reclamar en el futuro, cuando cambie la ley y pueda deducir gastos, pero no lo hice. tampoco creo que tenga mucha importancia. tambien
estuve preguntando a algunos gestores sobre este tema, pero no obtuve respuesta. basicamente cuando descubri la sentencia me emocione y envie emails a gestores e investigue, pero cuando no vi respuesta clara y gpt me dijo que podria reclamar hasta 4 anios anteriores, me relaje.

pero es algo por lo que estoy por supuesto muy interesado. con la actual tributacion si descuento ibi, comunidad, seguros, etc. me llevo un neto solo del 62% del bruto. con este cambio aplicando desgravaciones podria llevarme aprox. un 72%. sobre todo por el tema de la amortizacion. 

que hiciste al final? lo presentaste como otros anios?

un saludo




#3

Re: Modelo 210 IRNR - Deducción Gastos tras sentencia Audiencia Nacional

Hola @alvaro555

Perdona la tardanza en contestarte y gracias por tu respuesta.

Finalmente me lancé a presentar el ingreso neto de los gastos deducibles aunque aun no haya sentencia firme.

He pensado que en caso de recibir cualquier notificación podré ampararme a la sentencia de la Audiencia Nacional para no tener que pagar ninguna penalidad. Soy consciente de que corro algún riesgo. 

Yo también llevo presentando el modelo 210 por arrendamiento desde 2023. Para pedir la rectificación de 2023 y 2024 sí que esperaré a que salga sentencia firme con el cuidado de que si aun no ha salido en 2027 pediré igualmente la de 2023 para que no prescriba el derecho a recibir la rectificación por el paso de los cuatro años.

Un saludo,


#4

Re: Modelo 210 IRNR - Deducción Gastos tras sentencia Audiencia Nacional

gracias por contestar

no creo que sea un riesgo algo, en el peor caso te pedirian quizas intereses por la diferencia de lo que tendrias que haber pagado y lo que pagaste, entiendo.

supongo que vives en EEUU, entonces la sentencia es completamente tu caso. yo no vivo en EEUU pero fuera de la UE, pero no deberia suponer diferencia.

la cuestion es si la chica que gano el caso ya esta pagando como dicta la sentencia o no. no se como funcionan las apelaciones. diria que hasta que no se pierda la apelacion deberia pagar como antes de la sentencia pero no lo se. si esta chica este anio ya ha pagado como dicta la sentencia no deberia haber problema en que hagas tu lo mismo.

en las desgravacion usaste:
- amortizacion
- seguro del hogar
- IBI
- pagos comunidad
?






#5

Re: Modelo 210 IRNR - Deducción Gastos tras sentencia Audiencia Nacional

Yo en enero presenté una solicitud para rectificar la autoliquidación del 4T de 2021 aplicando la deducción de gastos, antes de que venciera el plazo de los cuatro años, y ayer recibí la propuesta de resolución de la AEAT en la que desestiman la solicitud, alegando que según la ley solo se pueden aplicar dicha deducción los residentes en países de la UE o del EEE, que no es mi caso. Y en cuanto a la sentencia de la AN, dicen lo siguiente:

"En cuanto a la sentencia de la Audiencia Nacional que se menciona cabe indicar lo siguiente:
1. De lo establecido en los artículos 8 y 12 de la Ley General Tributaria, anteriormente transcritos, no constituye fuente del derecho en materia tributaria las sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas ni de la Audiencia Nacional. Aspecto distinto sería jurisprudencia que hubiera establecido el Tribunal Supremo sobre el aspecto concreto, pero no consta que dicho Tribunal se haya pronunciado sobre lo alegado por el solicitante. 
2. Además, debe tenerse en cuenta que, en relación con la sentencia mencionada, cabe la posibilidad de interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo de modo que sea dicho Tribunal Supremo quien establezca un criterio firme en relación con este aspecto y tributo concreto (Impuesto sobre la Renta de No Residentes). 
Por tanto, en opinión de esta oficina no procede la aplicación de gastos deducibles que pretende el solicitante."

Saludos,
#6

Re: Modelo 210 IRNR - Deducción Gastos tras sentencia Audiencia Nacional

Gracias por compartir, @ame76. Sabes si haber hecho la solicitud de rectificación dentro del plazo de los 4 años (aunque haya sido desestimada) puede ayudarte a recibir la rectificación de 2021 en un futuro si el Supremo ratifica la opinión de la Audiencia Nacional?

@alvaro555, deducí intereses de la hipoteca, amortización, gastos comunidad, IBI, tasa gestión residuos (no se la he repercutido al inquilino) y derramas.


#7

Re: Modelo 210 IRNR - Deducción Gastos tras sentencia Audiencia Nacional

hola quisiera comparir lo que pienso de este tema despues de investigarlo (pero no soy abogado):

  •  Hacienda recurrió la sentencia de la Audiencia Nacional al Tribunal Supremo. La sentencia de la Audiencia Nacional no obliga a Hacienda a cambiar su criterio mientras el Tribunal Supremo no se pronuncie.

  • Es normal que Hacienda recurra, porque hay potencialmente un impacto económico grande con esa sentencia (muchas deducciones posibles para no residentes, IRNR). 

  •  La sentencia Audiencia Nacional fue en julio de 2025 y Hacienda presentó recurso dentro del plazo. Resolver el recurso en el Tribunal Supremo puede tardar 1–2 años o más. Entonces podriamos tener el resultado entre mediados de este anio y mediados del que viene (pero no veo que haya un plazo maximo)

  • Si preguntas a una oficina de Hacienda te dirán que no aplican la deducción, como te ha pasado a ti @Ame76. Porque: 1) La Audiencia Nacional no les “manda”. 2) La sentencia no es firme y no crea doctrina obligatoria aún.

  • ·Conviene reclamar: aunque Hacienda niegue la rectificación, presentar la reclamación interrumpe el plazo de prescripción de 4 años. Como habéis hecho los dos @Ame76 @Texxas. En principio ahora bastaría con esperar lo que dice el Tribunal Supremo.
 
  • Es posible reclamar al Tribunal Economico-Administrativo Regional (de la comunidad autonoma donde tengas mas vinculo). No se necesita abogado y si dice que tienes razón, hacienda puede aceptarlo y devolverte el dinero antes. Puede ser 6 o 12 meses. Si hacienda no lo acepta no se pierde nada, y refuerza el caso si al final hay que meterlo en contencioso administrativo o hay alguna dificultad de algún tipo con Hacienda.

Por mi parte creo me espero hasta mediados de anio para poner la reclamacion, a la espera de si sale la sentencia del tribunal supremo. por otra parte estoy interesado en reclamar al tribunal economico-administrativo. cuanto mas papeles con fecha tenga que digan "eh hacienda, no me olvides, me debes dinero!", mejor. si alguno de vosotros tiene interes podria cooperar en investigar como funciona. opcionalmente si alguno quiere hablar con un abogado y dividimos el coste, estoy tambien interesado.


@Texxas. si, los mismos gastos que yo tambien estoy pensando en desgravar. la unica diferencia que yo voy a incluir tambien la compra de una nevera.



#8

Re: Modelo 210 IRNR - Deducción Gastos tras sentencia Audiencia Nacional

@texxas, tal y como comenta @alvaro555, entiendo que el haber reclamado dentro de los 4 años antes de la finalización del periodo de presentación de la autoliquidación correspondiente abre la puerta a seguir reclamando esos ejercicios, aunque no tengo muy claro el procedimiento exacto. Todos los blogs de asesorías y similares insistían en ello, en reclamar antes de que se cumplieran los 4 años para evitar que prescriba, a sabiendas de que la sentencia está recurrida y que en primera instancia Hacienda va a rechazar la reclamación.

Por otra parte, yo ya tengo cierta experiencia con algo similar. Hace unos años presenté una liquidación del impuesto de sucesiones y donaciones según la normativa estatal, que entendí que era la aplicable para no residentes. Años más tarde, en una charla organizada por el Consulado me enteré de que se había producido un cambio de normativa a raíz de una sentencia del Supremo (242/2018), a partir de la cual los no residentes podemos aplicarnos la normativa autonómica, que suele ser más favorable, y que se podía reclamar por las liquidaciones de los últimos 4 años. Lo hice, y en unos 3 meses Hacienda me devolvió lo que había pagado, más intereses. Como decía, no es la misma situación, pero ahí el Supremo ya determinó que se estaba discriminando a los no residentes extracomunitarios y por eso soy optimista con que ahora el Supremo vuelva a seguir la misma línea.

#9

Re: Modelo 210 IRNR - Deducción Gastos tras sentencia Audiencia Nacional

@Ame76, como referencia, he leido que en esa sentencia de las sucesiones que mencionas, desde la demanda hasta la sentencia por el tribunal supremo pasaron 10 meses (de 11/4/2017 a 19/2/2018). no se si es buena referencia para nuestro caso. pero quizas tengamos suerte y durante este anio tengamos la sentencia favorable del tribunal supremo.