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Modelo 210 IRNR - Deducción Gastos tras sentencia Audiencia Nacional
Hola a todos,
Abro este hilo para compartir experiencias sobre el Modelo 210 de alquileres para no residentes extracomunitarios, a raíz de la reciente sentencia de la Audiencia Nacional que reconoce el derecho a deducir gastos necesarios (IBI, comunidad, amortización, etc.), equiparando el tratamiento al de residentes UE/EEE.
El problema práctico es que, a día de hoy, el formulario online de la AEAT no permite introducir gastos para no residentes fuera de la UE, lo que deja dos opciones:
- Presentar el 210 “oficial” sobre ingresos brutos y luego solicitar rectificación/devolución.
- Forzar el formulario declarando el ingreso neto (tras deducir gastos) en la casilla del ingreso bruto.
Me interesa especialmente saber:
- Si alguien ya ha presentado el 210 aplicando gastos tras la sentencia.
- Si hay resoluciones, devoluciones o rectificaciones aceptadas por la AEAT.
- Qué están recomendando asesores fiscales en la práctica.
- Si alguien ha tenido requerimientos o regularizaciones por este tema.
Gracias de antemano a quien quiera compartir su experiencia o criterio.