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Real decreto 16/2025 desempleados irpf
Buenas tardes,
Según el RD 16/2025 del 23 diciembre los desempleados que cobren el paro no tendrán la obligación de realizar el IRPF.
Si un desempleado cobra tres meses de paro cobrando a razón del máximo 1225 brutos y al cuarto mes se jubila. Los importes de los tres meses están exentos de declararlos en el IRPF? O son considerados como segundo pagador?
Gracias
Saludos
Según el RD 16/2025 del 23 diciembre los desempleados que cobren el paro no tendrán la obligación de realizar el IRPF.
Si un desempleado cobra tres meses de paro cobrando a razón del máximo 1225 brutos y al cuarto mes se jubila. Los importes de los tres meses están exentos de declararlos en el IRPF? O son considerados como segundo pagador?
Gracias
Saludos