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IRPF - Alquiler de piso

3 respuestas
IRPF - Alquiler de piso
IRPF - Alquiler de piso
#1

IRPF - Alquiler de piso

Hola

Tengo algunas dudas, a ver si  alguien me podría por favor ayudar.

1. El piso no estuvo ocupado todo el año por lo que hay que hacer la prorrata según los días de ocupación y además según la superficie alquilada. Al alquilarse el piso por habitaciones, la habitación que no se alquiló tiene imputación de renta. Para el cálculo, he de dividir los metros cuadrados de la habitación -según el informe de habitabilidad del arquitecto- ¿entre la superficie útil total o entre la superficie construida total? Según se use una u otra el resultado varía.

2. El mobiliario se amortiza al 10% anual. Si está ocupada medio año, el 5%: ¿Y el año que viene amortizaría el 10% sobre el 90% restante o sobre el 95% restante?

3. Un piso turistico no puede deducirse la derrama por obras de mejora de la eficiencia energética. Pero ¿y si se alquila a estudiantes durante 9 meses al año, siendo su "residencia habitual" durante el curso académico?

4. Renta inmobiliaria imputada. ¿Cómo se interpreta esta ventana del programa Renta web? El piso estuvo vacío total durante 198 días por obras y/o falta de inquilinos y, además, de los otros 168 días restantes en 2024, 46 de ellos estuvo alquilado al +-89% (este porcentaje depende de la respuesta a la primera pregunta). ¿Cómo debería reflejar esta información en el programa?

IRPF
Renta Imputada.

Saludos

#2

Re: IRPF - Alquiler de piso

1) haz la división más sencilla: si son 4 habitaciones y has alquilado 3, pues imputación del 25%.
2) el 10% del total cada año, pero teniendo en cuenta lo ya amortizado. Hazte un Excel.
3) en principio, un alquiler por curso académico es alquiler por temporada y, en consecuencia, no se puede aplicar la deducción por ese inmueble, pero, si puedes justificar que fue residencia habitual de los inquilinos, adelante (habrá que comprobar, por ejemplo, quien paga, si los padres se aplican mínimo por descendientes por ellos, si están empadronados en ese inmueble...).
4) Justo así.
#3

Re: IRPF - Alquiler de piso

Gracias por las respuestas.

Sin embargo en relación al punto 4 algo no me cuadra.

Renta imputada por 198 días = 551,11 euros

Si tickeo casilla e incluyo un % durante 46 días, la renta imputada baja a 439,27€. Al haber estado estos 46 días adicionales a disposición la renta imputada deberia haber incrementado, ¿no? 
Creo que el sistema está interpretando que DE LOS (no "además de") 198 días, 46 estuvo al x% y el resto el 100% a mi disposición.

¿No habrá que poner Días a disposición = 198+46 = 244 días y abajo tickear la casilla que se leería como "244 días  a mi disposición de los cuales  46 días estuvo a mi disposición a un x% y el resto al 100%? De esta manera, 244 días tienen una renta imputada de 679,15€, de los que 46 estuvieron a mi disposición al x% baja la renta imputada a 567,31€


#4

Re: IRPF - Alquiler de piso

debes justificar que el piso era inhabitable durante las obras para que no compute en el cálculo de la imputación de rentas inmobiliarias