Acceder

Donacion o prestamo

35 respuestas
Donacion o prestamo
Donacion o prestamo
Página
2 / 3
#16

Re: Donacion o prestamo

Gracias por tu explicacion y claridad Rucko

Saludos
#18

Re: Donacion o prestamo

Gracias
#19

Re: Donacion o prestamo

Un ultimo tema Rucko, dices :

Lo de los 10000 euros no existe. Son bulos de la prensa. Le haces la donación en escritura, podéis hacerlo en una única escritura los dos. Incluye en la escritura que es para el pago del anticipo de la compra de la vivienda. Plazo para construir tres años, plazo para mudarse un año más. Si no te gusta, haces un préstamo, liquidas el modelo 600 y cuando compre lo cancelas contra una donación por compra de vivienda. 

Dices " si no te gusta" pero no es que me guste o no, es que lo que me interesa es no tener porblemas con hacienda, y lo que mas me interesa saber es que si hacemos la donacion en escritura y indicamos que tal dinero es para hacer el primer pago (que se hara el mes que viene) de la futura compra de la vivienda habitual, que se terminara en 2027, y es entonces que se escriturara la compra, pero el primer pago de la vivienda en construccion se hara el proximo mes.

Espero tu ayuda

Gracias
#23

Re: Donacion o prestamo

Cuando digo no te gusta, me refiero a si tienes dudas de que quedara construida antes de 3 años y habitada Engel siguiente año. Los dos caminos son perfectamente legales. Si haces la donación te olvidas si haces el préstamo, después tendrás que hacer la donación. 
#24

Re: Donacion o prestamo

Entiendo, entonces si queda escriturada antes de 3 años, el pago de la futura vivienda ( se esta construyendo ) ya es una parte del total con lo cual ya se hace dentro del periodo de los 3 meses que menciona la ley no ?

Porque la pagina de impuestos de Gencat dice : 
  • Que el dinero recibido se destinará a la adquisición del terreno o de la primera vivienda habitual de la persona donataria. En el caso de donación dineraria, la escritura pública debe otorgarse en el plazo de un mes a contar desde la entrega del dinero.

Pero si la casa se esta construyendo 🤔🤔🤔


Saludos
#25

Re: Donacion o prestamo

La escritura de donación. Habla con tu notario. 
#26

Re: Donacion o prestamo

MUchas gracias👏👏👏
#27

Re: Donacion o prestamo

El problema Rucko es que si hago la donacion como no se escritura la adquisición en los 3 meses siguientes, no tendra exencion y si hacemos préstamo a los 3 años a mi hija, no podre despues hacer la donacion porque ella no tendra dinero para devolver el prestamo y depués donarselo No se si me explico?😌😌😌
#28

Re: Donacion o prestamo

  1. Lo de los 3 meses no lo entiendo, son 3 años para entregar la vivienda, plazo más que suficiente.
  2. La cancelación del préstamo puede realizarse contra una donacion por cancelación de deuda. 
#29

Re: Donacion o prestamo

Rucko te explico:

En notaria me dicen que :

Respecto al primer punto que despues de la escritura de donacion se tienen 3 meses para la adquisicion de la vivienda, y que Hacienda considera adquisicion unicamente con la escritura de compra; que con los pagos que se van dando a medida que se construye no sirve.

Respecto del segundo punto que si hago prestamo y a los 3 años donacion , la donacion solo se justifica con una transferencia y mi hija no tendra el dinero para hacer la transferencia porque el dinero del prestamo se lo habra gastado para los pagos iniciales de la construccion de la vivienda.

No se si me explico ?

Saludos

#30

Re: Donacion o prestamo

Respecto al primer punto que despues de la escritura de donacion se tienen 3 meses para la adquisicion de la vivienda, y que Hacienda considera adquisicion unicamente con la escritura de compra; que con los pagos que se van dando a medida que se construye no sirve.

Art 632.21 Código Tributario de Cataluña

2. A efectos de la aplicación de la reducción establecida en esta subsección:

a) Se considera vivienda habitual tanto la vivienda como un trastero y hasta dos plazas de aparcamiento ….

b) Para considerar que la vivienda constituye la vivienda habitual del contribuyente debe haber sido habitada de forma efectiva y permanente por el contribuyente en el plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición de la vivienda o de finalización de las obras de construcción. En este último caso, las obras deben finalizar dentro de un plazo de tres años, a contar desde la donación.

Solo te puedo recomendar cambiar de notario.