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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#3646

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

  • RTA0003: Ajuste principal por mutualidades, sería el ajuste que se aplica sobre su pensión 
  • RTA0004: Ajuste complementario, por otra parte de la misma pensión o por un cálculo adicional aplicado por Hacienda.

Para conocer el origen exacto de ambos ajustes en tu caso particular, te recomiendo acceder a tu expediente fiscal en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria o solicitar un certificado de retenciones/pensiones al INSS si la pensión procede de ahí.



#3647

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

¿Por qué hay dos ajustes (RTA0003 y RTA0004)?


Esto puede deberse a diferentes situaciones:

  1. Diferentes orígenes de la pensión: Una parte puede proceder de una mutualidad concreta, y otra de una distinta, ambas anteriores a 1999.
  2. Revisión o corrección: A veces el segundo ajuste (RTA0004) se aplica tras comprobar documentación adicional o revisar datos del INSS o de la entidad pagadora.
  3. Criterios técnicos de la AEAT: En algunas declaraciones, Hacienda separa el ajuste en dos partidas para reflejar correctamente los tramos afectados, por ejemplo, si hay diferencias en los años o porcentajes aplicables.


El código RTA0004 suele reflejar:

  • Una deducción adicional sobre la base imponible del trabajo, aplicada automáticamente.
  • Una continuidad o complemento al ajuste principal (RTA0003).

#3648

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Casos particulares de pensiones a aplicar ajuste dt2 :


Determinadas pensiones satisfechas por Clases Pasivas

Los funcionarios que sólo han estado incluidos durante toda su vida laboral en el régimen de Clases Pasivas no tendrán derecho a la aplicación de la DT 2ª sobre la pensión percibida de Clases Pasivas (pues Clases Pasivas no es una mutualidad).

No obstante, si realizaron aportaciones a una mutualidad podrán aplicar la DT 2ª a la parte de la pensión que corresponda a dichas aportaciones en los términos señalados en las preguntas anteriores.

Por ejemplo, podría aplicar la DT 2ª un jubilado que cobra la pensión de Clases Pasivas al haber trabajado como funcionario, pero que durante unos años cotizó a una mutualidad porque trabajó en una empresa privada.

Pensión de jubilación que se cobra de forma simultánea con la pensión de viudedad

Una persona viuda puede aplicar la DT 2ª por su propia pensión de jubilación o invalidez en los términos señalados en las preguntas anteriores. Solo queda excluida la pensión de viudedad.

Como peculiaridad para este caso, si en los datos fiscales se refleja el importe de la pensión de jubilación de forma separada al de la pensión por viudedad, el % del ajuste por DT2, calculado en función de la pensión de jubilación que da derecho, aparece reflejado en dos importes, siendo la suma de los dos ajustes por DT2 informados en datos fiscales el importe total del ajuste por DT2 a aplicar al contribuyente.




#3649

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Pues sí, así aparece en los datos fiscales de mi madre, pero entonces este ajuste es por el SOVI de mi madre y me falta cobrar por mi padre fallecido?
#3650

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

yo lo entiendo así
#3651

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Ojala!! he visto la solicitud TD2 del gestor de mi madre y lo solicita con el DNI de mi madre, para nada menciona a mi padre, por tanto, tengo esperanza que falte lo de mi padre y que además lo de mi madre sea para todos los años siguientes, no sé si esa cantidad o menor
#3652

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

el ajuste por aportaciones a mutualidades es vitalicio.


#3654

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

divides el total de ajustes de este ejercicio entre la pensión de tu madre y obtienes un %, que es el que siempre se aplicará sobre el importe de la pensión de tu madre 
#3655

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

a no ser que tu madre se haya jubilado en 2024, deberías decirle a tu gestor que envíe formulario de mutualidades a nombre de tu madre para reclamar la aplicación del ajuste dt2 en los ejercicios anteriores no prescritos, o hacérselo tú.
#3656

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

si, si gracias
#3657

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

el importe de la suma de las dos cantidades es idéntico al importe de su pensión de jubilación, le quitan el 100%
#3659

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

De la web del Congreso de los Diputados
#3660

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

creo que las pensiones (o la parte correspondiente) que provienen de cotizaciones anteriores a 1967 está exenta.
Dices que tu madre cobra el SOVI, esta pensión subsidiaria es típica de mujeres que trabajaron en los años 50-60 del siglo pasado cuando eran jovencitas y, cuando se casaban, les decían que mejor que se quedaran en casa cuidando del marido y a tener hijos. Y luego ya no volvían a trabajar nunca.
Si es así, probablemente todas las cotizaciones de tu madre provienen de antes de ese año y entonces le reducen el 100% de lo que cobra de SOVI. La pensión de viudedad no, porque no aplica la reducción de mutualidades, solo aplica al causante original.