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Compraventa y trabajo - Declaración de la Renta

10 respuestas
Compraventa y trabajo - Declaración de la Renta
Compraventa y trabajo - Declaración de la Renta
#1

Compraventa y trabajo - Declaración de la Renta

Hola buenas os comento, tengo 21 años tengo un contrato de trabajo de 6 meses a 1250 el mes, he vendido cosas por wallapop unos 5000 euros de los cuales 3500 o así los gasté para comprar los productos y arreglarlos. Todo esto durante todo el año ¿Tendría que declarar algo y cuanto sería?
En resumen tendré unos 3300 del trabajo este año (empezé en Septiembre) y otros 1500 de beneficios o algo más. Pero no tengo ni idea de cómo contarían los beneficios de la compraventa ya que compró y vendo por aplicaciones diferentes.
#2

Re: Compraventa y trabajo - Declaración de la Renta

Hola,

Si los productos de segunda mano que vendiste lo hiciste por un precio menor de lo que a ti te costaron cuando los adquiriste (posibilidad que seguro que cumples, pues no creo que se vendan productos usados a precio de nuevo) , esos ingresos no hay que incluirlos en la declaración del IRPF. No se debe tributar por ellos.

Un saludo,
#3

Re: Compraventa y trabajo - Declaración de la Renta

Los adquirí en Vinted y los vendí por wallapop. Nuevos cuestan más pero hay algunos productos que son antiguos y ya no se venden. Por decirlo así sería compraventa. Es decir le saqué un beneficio.
#4

Re: Compraventa y trabajo - Declaración de la Renta

Hola,

Entonces debes declarar como ganancia patrimonial derivada de la transmisión de elementos patrimoniales dicho beneficio (que será la diferencia entre valor de la venta y el valor de compra). Si la cuantía total por dichos ingresos, sin computar ningún otro, son inferiores a 6.000€, la cuantía a abonar es un 19% de la ganancia (no del importe total de las ventas).

Ten en cuenta que quizás el no declarar dichas operaciones sea difícil de detectar por parte de la Administración Tributaria. Pero si no lo haces y te finalmente se descubren, te enfrentas a intereses y sanciones.

Un saludo,
#5

Re: Compraventa y trabajo - Declaración de la Renta

Que recomendarías? Al ser una cantidad pequeña no creo que pase nada en total las ventas es mucho pero ganancias como tal serían 2000 euros como mucho. Y la sanción por lo que sé sería del 50% así que si es eso y la probabilidad es tan pequeña igual prefiero arriesgarme, a partir de la próxima renta ya no se dedicarían a investigar mi caso supongo
#6

Re: Compraventa y trabajo - Declaración de la Renta

No me atrevo a aconsejarte. Una vez expuesto el marco legal, las decisiones son solo tuyas, porque las consecuencias las tendrás que asumir tú en exclusiva. Lo contrario sería muy insensato y de muy mala educación por mi parte. Lo siento.
#7

Re: Compraventa y trabajo - Declaración de la Renta

Ok sin problema. Igualmente las consecuencias serían un 50% de la cantidad de ganancias no? Y ya está o sea si fueran 2000 euros las ganancias debería pagar 1000 de multa en vez de 390 si los declarara. 
Hacienda mira años posteriores? Me refiero a que igual dentro de 3 años me investigan por otra cosa y sale eso?

#8

Re: Compraventa y trabajo - Declaración de la Renta

Hola de nuevo,

Si la Administración Tributaria detecta y regulariza la situación, se debe abonar lo que se dejó de ingresar respecto a haber realizado la declaración de manera correcta, con los intereses correspondientes.

Además de lo anterior, una multa de entre el 50% y el 150% de la cuota defraudada, no de la cantidad no declarada.

La Administración Tributaria tiene 4 años para comprobar las declaraciones, a contar desde la fecha de finalización del plazo de declaración. Esto es, para ganancias del caso que planteas que se han obtenido en 2023, como la declaración se podrá presentar hasta el 30 de junio de 2024, referido ejercicio fiscal -2023- prescribirá entonces el 30 de junio de 2028.

Un saludo,
#9

Re: Compraventa y trabajo - Declaración de la Renta

creo que te afecta la entrada en vigor de la nueva directiva DAC7 que afecta a las personas que obtienen dinero en plataformas, ya sea de venta de objetos, alquiler turístico, conducir un Uber... dicha directiva fija la información que las plataformas tienen que enviar a la Hacienda de cada país, incluso tienen que informar hasta de las cuentas en las que abonan dinero, para que te las puedan revisar; 
no sé si tienen que reportar ya en enero los ingresos de 2023 o empiezan con los de 2024, pero hay gente, por ejemplo, como los que realizan revisiones de productos en Amazon que están muy alarmados porque Amazon va a reportar el valor de los bienes gratuitos que han recibido y les están pidiendo actualización de datos fiscales, hay un hilo en este foro...

Y en cualquier caso, hay que andarse con cuidado, porque en otras ocasiones -lo que ocurrió en 2012 con las entrada en vigor de la ley del juego y las casas de apuestas deportivas extranjeras que querían seguir operando en España- acaban dejando vendidos a los ciudadanos y pactan entregar a Hacienda información de años anteriores a la entrada en vigor de la nueva normativa para evitar sanciones y pagos de impuestos suyos...
https://wwwhatsnew.com/2023/12/12/hacienda-wallapop-vinted-y-la-nueva-directiva-dac7/
" En el caso de Wallapop, de eBay y en el de Vinted, afecta a vendedores que vendan más de 30 artículos o reciban más de 2.000 euros al año. Wallapop recopilará y verificará información personal y de ventas, comunicándola a las autoridades fiscales anualmente. Los usuarios deben proporcionar información detallada, incluyendo identificación fiscal y datos bancarios. "
#10

Re: Compraventa y trabajo - Declaración de la Renta

Hola buenas,

Pero podría vender mas de 30 artículos si son de segunda mano? Porque tengo muchísima ropa que ya no uso y la quiero vender para quitarmela de encima. Si por lo que sea llego a cobrar mas de 2000 euros, tendría que declarar algo? La verdad que nunca me aclaro con este tema voy muy perdido.
#11

Re: Compraventa y trabajo - Declaración de la Renta

lo único cierto parece que es que si bien vendes más de 30 artículos en una plataforma o facturas más de 2.000 euros, basta con que se cumpla solo uno de los requisitos, ésta va a informar a la Agencia Tributaria con pelos y señales (importe de lo vendido, cuenta en la que te lo ha abonado). Imagino que en un momento dado, la Agencia Tributaria comenzará a revisar a las personas que no declaren por estas ventas, comenzando por las de más volumen económico.

A partir de ahí, la casuística de cada vendedor es distinta, en función de a lo que se dedique:
-que te dedicas a vender artículos que has obtenido a un precio inferior,ya sean nuevos o de 2ª mano, pues tendrás una ganancia patrimonial, que podría ser considerada actividad empresarial si el volumen es muy elevado; además de tener efectos en el IVA si los artículos son nuevos o en Seguridad Social si es una actividad habitual.
-que vendes artículos a pérdidas, como comentas en tu caso, de ropa u otros objetos que tenías por casa; en principio, no tendrías que declarar nada, ya que las pérdidas en artículos de consumo no se admiten. Pero claro, esto tendrías que demostrarlo: que estén identificados esos artículos claramente, tickets/factura de compra para ver que costaron más... Teóricamente el comprador tendría que pagar el ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales) en artículos de 2ª mano, pero no creo que se metan a revisarlo ya que depende de las Haciendas autonómicas.
En definitiva, si vas a vender más de 30 objetos de 2ª mano en la misma plataforma, intenta tener esta información justificativa de que de verdad son viejos para evitar potenciales problemas fiscales.