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Ascendiente con discapacidad desgravación

9 respuestas
Ascendiente con discapacidad desgravación
Ascendiente con discapacidad desgravación
#1

Ascendiente con discapacidad desgravación

Aún sabiendo que en la declaración del 2022 vamos a ser muchos los que "suframos" el varapalo de la subida de las pensiones al no poder desgravarnos a los ascendientes a nuestro cargo por superar los 10.000€ anuales , abro hilo por si, casualmente, y de cara a las elecciones, hay alguna novedad de la que no me haya enterado y permita continuar con esta desgravación.

Muchas gracias de antemano 
#2

Re: Ascendiente con discapacidad desgravación

Buenos días

La verdad que con esa subida ya hay muchos pensionistas mayores de 65 años y discapacitados (rentas no exentas), que no lo vamos a poder meterlo y recuperar 1200 €...

Deberían subir el tope y ponerlo a 12.000 €, al igual que suben las pensiones, la alimentación y todo, eso deberían igualarlo.

Un saludo
#3

Re: Ascendiente con discapacidad desgravación

Pienso como tú pero claro... No les interesa. Ha quedado mucho mejor decir que que este año se han subido las pensiones más que ninguno 😒
#4

Re: Ascendiente con discapacidad desgravación

Un consulta por si pueden ayudarme, soy de Navarra. El año pasado pude desgravarme por ascendientes de mi padre y mi madre con discapacidades los dos de =>65% al convivir conmigo (en la declaración del 2021). En septiembre de 2022 mi padre falleció en una  residencia. La renta que obtuvo por su pensión no llegó a los 10.000 euros. Este año, en el borrador que te presenta hacienda no incluyen a mi padre. He vuelto a hacer la declaración por internet incluyendo a mi padre fallecido. En esta nueva declaración que he hecho se contemplan las dos desgravaciones. Compruebo que en la devolución de la declaración (me sale a devolver) no me incluyen la desgravación de mi padre fallecido. He llamado a hacienda y me dicen que tienen mi declaración en revisión y que hasta el final de la campaña no me dirán si me la admiten. Voy a volver a llamar, por insistir que no quede. Yo tenía claro que si un ascendiente discapacitado muere dentro del ejercicio fiscal se tiene derecho a  la desgravación. ¿Saben ustedes algo de este tema?
#5

Re: Ascendiente con discapacidad desgravación

El mínimo por ascendiente en el año del fallecimiento son 1.150 euros; esta es la cantidad que se resta de tus ingresos. Luego está la deducción de 100 euros/mes, que se cobraría hasta el mes anterior al fallecimiento.
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos-familias-personas-discapacidad/minimo-personal-familiar/cuantias-minimos.html
1.150 euros anuales por cada ascendiente de más de 65 años o con discapacidad.
+ 1.400 euros anuales, si tiene más de 75 años.
(*) En caso de fallecimiento del ascendiente 1.150 euros.



#6

Re: Ascendiente con discapacidad desgravación

Muchas gracias. Estaré atento. Les contaré como acaba este asunto por si le sirve a alguien.
#7

Re: Ascendiente con discapacidad desgravación

Hola, me has abierto una duda. El límite dices que son 10.000 anuales? Yo tenía entendido que eran 8.000. Quizás estás hablando tú de importe bruto y yo de neto? Gracias por clarificar. 
Por cierto, al usuario Bacalao un enorme saludo. 
#8

Re: Ascendiente con discapacidad desgravación

Al igual que tú hasta que me informaron en este foro creía que eran 8000€ pero no, son 10.000 porque les descuentan 2000€ ( no me preguntes por qué hacen ese descuento porque en su momento me lo explicaron pero ya no lo recuerdo a ver si algún forero puede aclararlo ☺️)
#9

Re: Ascendiente con discapacidad desgravación

Lo prometido es deuda. Aquí esta la respuesta literal que me ha enviado la Hacienda Foral de Navarra:

 Según arts. 62.9, 75. 4º TRIRPF
 
 
DEDUCCIÓN POR MÍNIMO FAMILIAR
 
 El mínimo familiar trata de recoger la merma de capacidad económica que suponen las cargas familiares. Los sujetos pasivos podrán deducir de la cuota íntegra las cantidades, con los requisitos que se detallarán a continuación, por los conceptos de convivencia, dependencia o cuidado de descendientes, ascendientes y personas con discapacidad. 
 

Las circunstancias familiares a tener en cuenta son aquellas existentes a la fecha de devengo del impuesto. 

 
Cuando el periodo impositivo sea inferior al año por haber fallecido el contribuyente, las deducciones que pudieran corresponderle por aplicación del mínimo familiar (el mínimo personal nunca se prorratea) se minorarán proporcionalmente al número de días del año natural que integran el periodo impositivo, salvo en el caso en que se opte por la tributación conjunta en cuyo caso se computarán por la totalidad. En la tributación individual el importe de las deducciones familiares del sujeto pasivo fallecido minorará en su caso la cuantía total de esas deducciones que, para los mismos conceptos tengan derecho a efectuar los otros miembros de la unidad familiar.
 
Este segundo párrafo se refiere al caso contrario en el que fallece la persona que tiene derecho a deducirse por familiares, que en este caso si que se prorratearía proporcionalmente .
 
Atentamente
 
Hacienda Foral De Navarra.

Por lo tanto,  Según entiendo, no importa la fecha de fallecimiento de mi padre a lo largo del año fiscal, en este caso del 2022, si no que lo que se tiene en cuenta son las circunstancias familiares a 31 de diciembre. Si en esta fecha mi padre ya había fallecido, aún en el caso que hubiera ocurrido el deceso el 30 de diciembre, ya no puedo aplicarme la deducción por ascendiente con incapacidad.

Y aquí se acaba la consulta. Al parecer hay normativas legales que es preciso conocer e interpretar en cada caso.
#10

Re: Ascendiente con discapacidad desgravación

perdona, no me había dado cuenta de que dijiste que resides en Navarra. Es que con su propia normativa foral, parece que este tema lo pueden estar tratando de manera distinta al criterio de la normativa estatal,  que es el que te comenté.