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Cuota Convenio Especial reembolsado por empresa - Declaración de la Renta
A ver si me podéis dar alguna indicación de mi caso particular. Estoy prejubilado por ERE motivos económicos, por mejora en el acuerdo pactado la empresa se comprometió a ampliar el pago del convenio de la seguridad social hasta los 63 años (por ley es hasta los 61) A tales efectos desde los 61 la Seguridad Social todos los finales de mes pasa el recibo correspondientes al mes anterior y en el mismo instante la empresa me ingresa dicho importe (ejemplo el recibo de Diciembre de 2022 lo page el 31 de Enero 2023 y dicho importe lo percibí el mismo día.
Pero desde el punto de vista de la A.T. se produce una paradoja. Esa cuota de diciembre de 2022 que hice efectiva a la tesorería con fecha 31/1/2023 me la imputan como gasto del ejercicio 2022, pero por contra no me computan cara al ejercicio fiscal 2022 el ingreso percibido, que por consiguiente me lo computaran como recibido en 2023.
Para este año, en la declaración de renta del 2022 no me afecta, pero si que me va a afectar, al menos en así lo creo, en el próximo año ya que tendré un ingreso que no podre casar con un gasto por contra, este año al declarar ese gasto pero no casarlo con el ingreso, como no tengo ningún otro ingreso declarable ¿es una deducción que pierdo o hay alguna forma de traspasar esa "deducción" a la declaración del ejercicio 2023. Gracias de antemano por vuestra opinion.
Pero desde el punto de vista de la A.T. se produce una paradoja. Esa cuota de diciembre de 2022 que hice efectiva a la tesorería con fecha 31/1/2023 me la imputan como gasto del ejercicio 2022, pero por contra no me computan cara al ejercicio fiscal 2022 el ingreso percibido, que por consiguiente me lo computaran como recibido en 2023.
Para este año, en la declaración de renta del 2022 no me afecta, pero si que me va a afectar, al menos en así lo creo, en el próximo año ya que tendré un ingreso que no podre casar con un gasto por contra, este año al declarar ese gasto pero no casarlo con el ingreso, como no tengo ningún otro ingreso declarable ¿es una deducción que pierdo o hay alguna forma de traspasar esa "deducción" a la declaración del ejercicio 2023. Gracias de antemano por vuestra opinion.