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IRPF. Deducción en alquiler de vivienda como propietarios - Brokers

7 respuestas
IRPF. Deducción en alquiler de vivienda como propietarios - Brokers
IRPF. Deducción en alquiler de vivienda como propietarios - Brokers
#1

IRPF. Deducción en alquiler de vivienda como propietarios - Brokers

Buenos días
He alquilado mi piso y he visto que a la hora de hacer el irpf se puede deducir un 3% cada año del valor del piso.
A la hora de poner los datos hay una casilla que pone gastos y tributos inherentes a la adquisición (imaginemos que tuve unos gastos de 2000 euros de notario), mi pregunta es si estos gastos hay que ponerlos cada vez que hacer un irpf. Es decir en el año 2021 tuve un inquilino y al hacer el Irpf puse esta cantidad pero en el año 2022 que he tenido otro inquilino tb tengo que poner esos 2000 euros? 
Gracias
#3

Re: IRPF. Deducción en alquiler de vivienda como propietarios - Brokers

Hola,

Sí, hay que volverlo a poner. Ese dato se utiliza, junto con el valor de adquisición y los valores catastrales (totales y de la construcción) para calcular la base sobre la que aplicar el 3% y que se pueda calcular así el gasto que supone “la amortización”.

Es decir, suponiendo un valor de la vivienda de 122.000€, unos gastos de la adquisición (notario, registro, gestoría, entre otros) de 3.000€ y que el valor catastral de la construcción supone un 45% frente al valor catastral total, la base es igual a 0,45*(122.000€ + 2.000€) = 56.250€ y sobre dicha cuantía se aplica el 3% (automáticamente por el programa) y te calculará un gasto deducible por amortización del inmueble de 1.687,50€.

Todos esos datos deben introducirse cada año, sin variar su cuantía, puesto que todos los años que se encuentre el piso alquilado te podrás deducir 1.687,50€ (excepto que la suma de esa amortización sea superior al valor de adquisición + gastos, es decir, 125.000€ según el ejemplo, lo cual solo alcanzarías si el inmueble estuviera alquilado durante 75 años, para el caso con los números anteriores, lo cual es bastante improbable).

Espero haberte aclarado la duda,
Un saludo,
#4

Re: IRPF. Deducción en alquiler de vivienda como propietarios - Brokers

Muchas gracias
Pero volverlo a poner no es deducirlo de nuevo? pq he comprobado que si lo pongo la cuota resultante del irpf cambia, me daba la sensación que ponerlo es hacer trampa.
#5

Re: IRPF. Deducción en alquiler de vivienda como propietarios - Brokers

Hola,

A ver, en efecto, cambia y debe cambiar. Lo que tienes derecho a deducirte por amortización del inmueble es 1.687,50€ (en el ejemplo anterior, en tu caso será diferente). Esa cuantía sale de aplicar un 3% ANUAL (no una única vez) al porcentaje catastral de la construcción sobre el valor de adquisición original (gastos + vivienda). Esta así previsto en la normativa, no están para nada “haciendo trampa”.

Efectivamente no puedes deducirte un gasto dos veces. Pero es que de esos 1.687,50€, solo 75€ al año corresponden a los amortización de los gastos (regla de tres), por tanto, puedes seguir deduciéndola hasta que esa cifra alcance la cifra total de gastos (2.000€ en el ejemplo anterior), es decir, hasta que el alquiler dure 75 años, que es cuando se habrá consumido todo lo amortizable, tal y como te he dicho antes. Espero que así te hagas a la idea de porque está correcto la manera de indicarlo.

Un saludo,
#6

Re: IRPF. Deducción en alquiler de vivienda como propietarios - Brokers

Muchas gracias, muy amable
#7

Re: IRPF. Deducción en alquiler de vivienda como propietarios - Brokers

buenos días de nuevo
perdona otra pregunta sobre el alquiler del piso en irpf, al igual que tengo que volver a poner los gastos y tributos inherentes a la adquisición...tengo que volver a poner los gastos de formalización del contrato de arrendamiento (estos ya los puse en su momento cuando lo alquilé, inmobiliaria etc...)??
Y otra cosa, en un apartado hay que indicar los Gastos de reparación y conservación e intereses y otros gastos de financiación de 2018 a 2021...si en este periodo no lo tenía alquilado no tengo que ponerlo verdad?
Gracias
#8

Re: IRPF. Deducción en alquiler de vivienda como propietarios - Brokers

Hola,

No, esos gastos de formalización no se deben volver a indicar porque disminuyeron al 100% (aquí la clave: ya están deducidos en su totalidad, frente a los gastos de amortización que se deducen un 3% anual) los rendimientos generados por el alquiler en el año en el que se firmó el contrato.

Todos los conceptos (gastos e ingresos) hacen referencia al año en curso, excepto amortizaciones.

Un saludo,
#9

Re: IRPF. Deducción en alquiler de vivienda como propietarios - Brokers

Muy amable