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Fecha de jubilación

31 respuestas
Fecha de jubilación
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Fecha de jubilación
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#1

Fecha de jubilación

Buenos días a todos:

Una duda boba, pero duda al fin y al cabo ;) Mi fecha ordinaria de jubilación es el 5 de julio próximo, ese día, ¿es mi primer día como jubilado o mi último día como trabajador? Gracias a todos.

Saludos,

Alberto.
#2

Re: Fecha de jubilación

 Si ese día ya tienes la edad legal requerida según la legislación vigente, y acorde con tus circunstancias concretas referentes a años cotizados, creo que desde ese mismo día ya puedes ser considerado como pensionista.
 No obstante como la pension ordinaria de jubilación puede ser solicitada con 3 meses de antelación a la fecha de la jubilación en si, cuando la solicites y te respondan con la aprobación, ya te confirmarán y concretarán el día exacto del próximo mes de julio a partir del cual ya comenzarías a cobrarla. Diferente sería si no se pudiese solicitar hasta justamente el día previo a la fecha válida para poder acceder. En tal caso si sería más significativo saber si te correspondería desde el 05 o 06/07.
 Estoy en una situación ligeramente parecida, y sin aún tener 100% de seguridad de que será como comento creo que si es así.
S2.

#3

Re: Fecha de jubilación

¡Gracias!
#4

Re: Fecha de jubilación

Como precisión, no hay una “fecha ordinaria de jubilación”, lo que existe es  una “edad ordinaria de jubilación” (o “edad legal de jubilación ordinaria”), que en 2023 es de 65 años si tienes cotizados 37 años y 9 meses o más, o 66 años y 4 meses si tienes cotizados menos de 37 años y 9 meses.

Los efectos económicos del reconocimiento del derecho a la pensión se producen a partir del día siguiente a la fecha en que se produzca el hecho causante. Como te han indicado anteriormente, la fecha del hecho causante la indicas tú, pero debes tener en cuenta algunos extremos.

Tienes que señalar como fecha del hecho causante la de 5 de julio, en que cumples la edad ordinaria de jubilación. Si no quieres ver reducida tu pensión por causa de jubilación anticipada voluntaria, el día 5 de julio tienes que trabajar, pues a ese día –hecho causante- se refieren las circunstancias que se tendrán en cuenta para el cálculo de tu pensión. Ese día cumplirás el requisito de la edad ordinaria de jubilación –ya no tendrás reducción por jubilación anticipada voluntaria- y estarás de alta en algún Régimen de la Seguridad Social, además del periodo cotizado que tengas acreditado. Los efectos económicos de la pensión serán de 6 de julio y desde esta fecha serás un jubilado, pero hasta el 5 de julio incluido tienes que ser un trabajador. 

Por tanto, el 5 de julio debe ser tu último día de trabajo (salvo que por la fecha haga muchísimo calor, en tu puesto de trabajo tengas buen aire acondicionado, el trabajo no sea muy pesado y decidas prolongar tu servicio activo hasta que refresque).
#5

Re: Fecha de jubilación


Hola @marianin07  :

Permíteme hacerte una pregunta al respecto :

Mi caso concreto>>>
1) Perceptor subsidio >52-55años hasta 30/07/24
2) Fecha legal de jubilación 31/07/24

En base al factor l25 (del que he conocido recientemente) me interesaría no pedir mi pensión ese mismo 31/07/24 sino el día siguiente 01/08/24. La diferencia son casi 27€/mes a mi favor.Verificado incluso en el area personal de la web TU SS.

Lo he consultado hace unos días con la SS, en una ocasión me han dicho que si espero al día 01/08/24 a las 00:01 Hrs lo puedo hacer incluso online y beneficiarme de esos 27€ de más.Pero según les he entendido no podría hacerlo hasta entrado el día 1.No podría hacerlo (pedirlo) con los 3 meses de antelación que normalmente se puede.
En otra llamada me han dicho que no puedo sino percibir según únicamente los cálculos que se harían el mismo día 31/07/24. Ósea sin beneficiarme del l25.

Sabrías darme consejo en esta materia?

Un Saludo


#6

Re: Fecha de jubilación

 "Como precisión, no hay una “fecha ordinaria de jubilación”, lo que existe es  una “edad ordinaria de jubilación” (o “edad legal de jubilación ordinaria”), que en 2023 es de 65 años si tienes cotizados 37 años y 9 meses o más, o 66 años y 4 meses si tienes cotizados menos de 37 años y 9 meses". 

Eso en algunos casos no se cumple. Por ejemplo, acabo de cumplir 65 años, tengo cotizados 36 años y la Seguridad Social me informa de que mi fecha ordinaria de jubilación es a los 65 años, 7 meses y 17 días. No consigo averiguar en qué se basan para hacer ese cálculo, pero tampoco voy a protestar.
#7

Re: Fecha de jubilación


¿Se te informa de ello por medio del área personal de la web de TU Seguridad Social, o en caso negativo coincide al menos una y otra información recibida y al respecto?.

S2

#8

Re: Fecha de jubilación

¡Gracias!
#9

Re: Fecha de jubilación

 He puesto los datos de “periodo cotizado” y “edad exigida” que constan para 2023 en la página web de la Seguridad que abajo enlazo, apartado Edad. 
Seguridad Social: Prestaciones / Pensiones de Trabajadores (seg-social.es) 

Por lo que dices, deben ser edades de carácter general y la edad concreta de cada trabajador será la que comunique fehacientemente la Seguridad Social. Supongo que el simulador de Jubilación de la Seguridad Social, que nunca he usado, puede facilitar la edad concreta de cada interesado, con aplicación de todas las disposiciones y precisiones habidas y por haber. Como bien dices, si la edad que te han comunicado es favorable ¿para qué vas a quejarte? 
#10

Re: Fecha de jubilación

 Entiendo que cumples la edad ordinaria de jubilación el 30-07-2024 y que en esa fecha se extinguirá el subsidio de desempleo que percibes, será el último día que te abonan y que te mantendrán en alta. Pero esa fecha no tiene por qué ser la fecha del hecho causante de la jubilación, efectos económicos 31-07-2024. El 31-07-2024 puedes iniciar un convenio especial con la Seguridad Social, o un contrato de trabajo de sustitución por vacaciones de una semana en el bar donde tomas las cervezas, o simplemente mantenerte en situación de “no alta”. No soy un experto en esta materia tan compleja de las jubilaciones y te remito a consultar siempre con la Seguridad Social y usar su simulador de Jubilación, que yo no he utilizado nunca. 

No obstante, dadas las fechas en que te centras, creo que podrías estudiar la posibilidad de solicitar la jubilación el 01-08-2024 desde la situación de “no alta”. En este supuesto, el hecho causante lo constituye la solicitud de la prestación de jubilación, por lo que será esa la fecha de efectos económicos.   Te quedarías sin retribución un día, el 31-07, pero puede que te asegures, según has calculado, la operatividad del índice I25, que yo no conocía y que desde luego es muy de tener en cuenta. Ya nos dirás lo que vayas averiguando 

Suerte 
#11

Re: Fecha de jubilación

No, el subsidio >52 años lo tengo concedido hasta el 30/07/24, pero creo que eso es porque por defecto ellos consideran cualquiera de los 12-meses como de 30 días.
 Mi fecha causante del hecho (fecha de jubilación) es justo ese último día, esactamente el 31/07/24.Por eso tengo aprobado el subsidio hasta ese mismo día.Ósea julio 24 lo cobro íntegro (el mes) por parte del SEPE por el subsidio. Y ya el día último del subsidio es mi fecha de jubilación el 31/07/24.
 He hecho las simulaciones pertinentes en TU SS y entre hacer la simulación el día 31/07 (mi fecha de hecho causante”) y hacerla el 01/08 hay una diferencia de 27€/mes a favor mío.
 De cualquier forma aún terminando el subsidio permanecería en situación “asimilable al alta” al igual que ahora. Ahora por estar sellando el para y percibiendo el subsidio, y una vez terminado el subsidio, por estar sellando el paro.

Mi gran duda es si a pesar de tener como fecha causante el día 31/07/2024 puedo retrasar la solicitud de la pensión de jubilación 1 sólo día, y hacerla el 01/08/2024.

Cualquier orientación al respecto será apreciada ampliamente.

S2
#12

Re: Fecha de jubilación

 Se me informa a través de la web de TU Seguridad Social.
 Cuando solicito que me lo aseguren, puesto que la empresa para la que trabajo me solicitaba la simulación de mi fecha de jubilación, en un principio no lo tenían claro y, tras estudiar el caso, cuatro horas después me informaron de que mi jubilación ordinaria era la de los 65 años, 7 meses y 17 días.
saludos
#13

Re: Fecha de jubilación


 Pero tal dato ya previamente era de tu conocimiento al estar a la vista en tu área personal de TU SS.  o es que no te informaba previamente de tu fecha de jubilación (web TU SS), o te daba otra fecha distinta?.
 Lo digo porque normalmente en un supuesto ordinario (comun) ya de forma automática, y más cuando queda poco tiempo para ello, la web te dice con exactitud la fecha exacta del hecho causante (fecha de jubilación) e incluso el importe exacto que se cobrará.
 Me resulta algo anormal que te lo avisen así de buenas a primeras (de un día para otro) y más aún sin argumentartelo o al menos con una comunicación por escrito oficial o similar.

 S2
#14

Re: Fecha de jubilación

" Mi gran duda es si a pesar de tener como fecha causante el día 31/07/2024 puedo retrasar la solicitud de la pensión de jubilación 1 sólo día, y hacerla el 01/08/2024".

Esa misma duda también la tengo yo. Hace dos semanas envié un correo electrónico a la Seguridad Social preguntando si podía atrasar un mes la fecha de mi jubilación. Aún estoy esperando una respuesta. Aunque es posible que al estar en activo, la respuesta sea diferente a si estas cobrando el subsidio para mayores de 52 años.
Saludos. 
#15

Re: Fecha de jubilación


Yo en tu caso, y más aún si estás de acuerdo con estas condiciones que de forma imprevista te han ofrecido y como dices no te hace falta protestar, dentro de poco más o menos 2 meses, y 3 meses antes de la edad que te han dicho de 65 +5+17 la pedía ya por la web TU SS. Lo puedes hacer con tres meses de antelación. Mejor es presencialmente pero si no se puede por la web también vale.

 Con respecto a tu caso y retrasarla lo que he leído recientemente es que si estás dado de alta en la SS ( por ej.trabajando) la puedes pedir 3 meses antes de la fecha causante o 3 meses después. En el segundo caso, independientemente de que ya no sigas en tu trabajo y por tanto ya no figures de alta en la SS. 
 En cualquiera de los 2 casos que te comento en el párrafo anterior (3meses antes o después) te respetan y tienen en cuenta para la aprobación y fecha de inicio de la jubilación la fecha del hecho causante.
En otras palabras, si te han dicho que tú edad legal de jubilación son los 65 años + 5 meses +17 días, tienes de margen para solicitarla (y que comiencen a pagártela desde esa misma fecha y edad) 6 meses.Tres previos a esa edad exacta y los 3 justo posteriores.
 Si la pides más allá de los 3 meses inmediatos a esos 65 años + 5 meses + 17 días te la aprobarán desde ese día que la pidas y perderás los 3 meses previos.