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Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

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Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres
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Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres
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#1

Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

Hola a todos,

Estoy haciendo la primera declaración de la renta después de alquilar mi antigua vivienda habitual y tengo un poco de lío a la hora de clasificar los "Bienes de naturaleza mobiliaria cedidos conjuntamente con el inmueble"...

La cosa es que compré el piso en 2019, hice un reforma integral en 2020 y dejé el piso totalmente amueblado para alquilarlo en 2021. O sea que todos los muebles son "nuevos" (comprados entre 2019 y 2021). Pero mi duda está en que en las instrucciones de la renta especifican que se puede amortizar el 5% ó 10% de las "Instalaciones, mobiliario y enseres", y no sé bien qué bienes muebles entran en cada categoría de esas 3.

Dejo enlace y texto:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2020/capitulo-4-rendimientos-capital-inmobiliario/gastos-deducibles/cantidades-destinadas-amortizacion.html

Bienes de naturaleza mobiliaria cedidos conjuntamente con el inmueble

Serán amortizables siempre que sean susceptibles de utilización por un período de tiempo superior a un año.

Se entenderá que la amortización anual deducible por cada uno de los bienes cedidos cumple el requisito de efectividad, cuando su importe no exceda del resultado de aplicar a sus respectivos costes de adquisición satisfechos los coeficientes de amortización que le corresponda de acuerdo con la tabla de amortizaciones simplificada aprobada por Orden de 27 de marzo de 1998.

Dentro de esta tabla se recoge, entre otros, el siguiente coeficiente máximo de amortización: Instalaciones, mobiliario y enseres: 10 por 100.

Entiendo que lo básico (mesas, sillas, sofá, camas...) se considera mobiliario, pero las "instalaciones y enseres" me causan confusión. Así que me gustaría que me pudierais explicar con ejemplos concretos qué cosas de una casa entran esas categorías.

Por ejemplo:

¿Los aparatos de aire acondicionado son bienes muebles que pueden entrar en la categoría de "instalaciones", o por el contrario se consideras parte de las mejoras derivadas de la obra?

¿Y en el caso de las mamparas de ducha, los inodoros, la grifería, etc...?

Hasta aquí mi duda principal.

Y ahora unas dudas extra que me surgen a raíz de todo esto:

Si este año amortizo el 10% de ciertos bienes muebles, ¿el año que viene tengo que seguir amortizando esos mismos muebles o no es obligatorio?.
Además, ¿si quiero amortizar algún mueble nuevo que haya comprado recientemente para el piso alquilado, se puede añadir en los siguientes años o debo seguir con los mismos muebles que indique este año?
Por último. ¿Cómo sabe hacienda qué bienes muebles estoy amortizando si luego más adelante mezclo muebles más viejos con muebles más nuevos? ¿Tienen un registro de esos muebles?

Agradezco cualquier luz que podáis darme al respecto. Muchas gracias de antemano.
#2

Re: Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

Buenas,

he visto este hilo y tengo la misma duda. Llevo declarando varios años un piso que tengo en alquiler pero en ejercicios anteriores he entregado vacío el apartado "AMORTIZACIÓN DE LOS BIENES MUBLES CEDIDOS EN EL INMUEBLE". Yo alquilo el piso a estudiantes y el piso está completamente amueblado.

¿Alguien puede darnos algo de luz sobre cómo rellenar esa casilla?

Gracias.
#3

Re: Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

No eres el único que no tiene claro todo esto, en vez de contestarte punto por punto, te digo lo que yo pienso del tema según mi experiencia.

-Cualquier cosa fija, que no pueda trasladarse fácilmente y sin menoscabo de la misma a otra ubicación, no es mobiliario, o al menos, no está claro, por tanto, yo mejor no lo metería en este asunto.

Por tanto, considero que ni el AA ni la fontanería son amortizables en este apartado, la mampara de ducha nunca se me había planteado, pero entiendo que tampoco puesto que estará a medida y en principio no se puede poner en otro baño.

-El control de lo que amortizas o no, y durante cuanto tiempo, lo debes llevar tú, guardando los justificantes de compra, ellos no saben nada mas que el importe que tu pones, pero en cualquier revisión, te pueden pedire esos cálculos y los justificantes.
Si un año no quieres ponerla, nadie te obliga, pero, has gastado uno de los 10 años en los que lo puedes amortizar, no puedes luego extenderla un año mas. Bueno, esto es una interpretación razonable que hago yo y que supongo que será su criterio.
Por supuesto, puedes ir comprando nuevos muebles y añadiendolos a tu cálculo

Lo normal es acotar este apartado a los muebles mas grandes y típicos que se puedan justificar, sofás, camas, mesas y sillas de cierto nivel, TV, lavadora, frigorífico, etc.
Cualquier otra cosa es complicarse la vida.
Pero ojo, que esto no es la biblia ni lo que digo es palabra de Dios
 

Un saludo

#4

Re: Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

Hola @leopol72

Muchas gracias por responderme. Sí que voy a tener en cuenta tus apreciaciones, puesto que parecen bastante lógicas.

La verdad es que he seguido investigando por la red y hay webs que mencionan por ejemplo los "muebles de cocina", que en un principio están pensados para estar siempre anclados a un mismo lugar durante toda su vida útil, como bienes muebles cedidos. Así que mi duda es como cada vez más grande.

Me he generado una buena lista en una hoja de cálculo de muebles, enseres instalaciones que "podría" deducirme para preguntarlo directamente a hacienda punto por punto. 

Además de un documento con varias dudas sueltas como por ejemplo: si debo imputar los precios prorrateados al tiempo alquilado o eso lo calculan ellos con el número de días; si los precios se inscriben con o sin IVA; si los tickets/facturas de los muebles han de estar facturados a mi nombre (algunos los compró mi pareja con sus tarjetas de socio y sale su nombre...) ...

Esta semana tengo cita una tarde con hacienda para realizar mi declaración asesorado por ellos, pero la utilizaré principalmente para resolver todas las dudas que pueda con -por fin- una persona que se supone debe saberse el tema al dedillo. Si veo que aún así no saco nada en claro, pediré otra cita pero presencial (a partir de junio) para ir con todos mis papeles y ser su pesadilla hasta que me lo expliquen todo al dedillo.

Con lo que saque en claro escribiré en este tema para así poder ayudar a próximas víctimas del alquiler de viviendas.

Lo dicho, muchas gracias de nuevo y os iré informando.
#5

Re: Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

Vamos a ver, todo vale mientras no te digan lo contrario. Es cierto que algunos ponen los muebles de la cocina, y no cuadran con mi definición, y de momento cuelan, pero ya dije que no es exacto, solo una pequeña guia.
Ya te adelanto dos cosas, lo que te digan no va tampoco a misa, por desgracia, no significa que luego no te puedan decir lo contrario, y otra, que algunos de allí saben de esto menos que nosotros y a saber por donde tiran.
De las otras dudas, te digo:
Ellos no calculan nada (si no quieren), lo haces tu y se lo dices, y si, se deben prorratear según el tiempo alquilado.
Los precios con IVA, y las facturas a tu nombre, las que no lo estén pueden traer luego problemas.
El resumen de todo esto es que mientras no te revisen, todo vale, la mayoría de la gente pone una cantidad razonable y no pasa nada, ahora que si pones mas amortizaciones que rendimientos, es mas probable que te revisen y te busquen las cosquillas.

Un saludo

#6

Re: Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

Hola,

Estoy interesada en el tema, pudiste consultarlo con Hacienda?
Saludos,


#7

Re: Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

Vamos a imaginar que tengo facturas a mi nombre y en el domicilio del alquiler, son muebles por un valor de 10000 euros.
Amortizó el 10% durante 10 años. Es decir 1000 cada año.
Lo que ocurre es lo siguiente:
De la cantidad cobrada de alquiler supongamos 12000, resto 1000 y a lo que me queda Le Resto el 60% y declaró el 40%, solo declaró 400 euros más que si no hay muebles.
De esos 400 euros solo pago mi tipo marginal, en muchos casos el 10% o el 20%, lo que me da un ahorro de 40 u 80 euros.
¿Pensáis que hacienda se complica la vida por esta cifra ridicula?
#8

Re: Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

Hola Sidper. Pues te comento lo que saqué en claro, y con cualquier duda que te pueda surgir de mi respuesta, coméntamela y si la sé la vamos viendo. Y lo extiendo a cualquiera que llegue a este post.

La semana pasada tuve mi cita presencial y pude presentar mi declaración finalmente. Estuve una hora y pico allí presentando todos mi papeles. Lo llevaba todo ya calculado en un excel con varias versiones (una con ciertos muebles, otra sumando los de la cocina y los que me instalaron durante la obra...). Pero como decían por aquí arriba, ellos tienen más bien poca idea de lo que se puede considerar o no mueble cedido.

Pero como resumen breve: me dijeron que presentase todo lo que había en el piso como muebles cedidos (tanto mesas, sillas, sofás, como muebles de cocina, inodoros, armarios, espejos...). Según lo comentamos, todo lo que con un poco de maña el inquilino sea capaz de sacar del piso por sus propios medios.

Luego me dijeron, que si hacienda no lo ve claro, me llamarán a una revisión (que puede ser este o hasta dentro de 4 años) para corregir la declaración. Y que no solo eso, que si yo quisiera corregir esa declaración, también tengo 4 años (durante los 4 próximos ejercicios) para corregir cualquier cosa que crea que haya puesto mal, o también, para añadir algo que se me haya olvidado.

Sobre las instalaciones (aire acondicionado, calentador...) no supieron responderme, así que lo metimos también ahí, y quedo a la espera de no me pidan quitarlo algún día.

Y sobre el control de lo que has presentado o no. Lo tienes que llevar tu. Un excel anual con toda la info. Así que debes organizarlo todo bien antes de presentarlo.

EN RESUMEN:

  • Muebles cedidos. Puedes poner todo lo que se pueda mover, de manera más fácil o complicada, dentro un piso (casi todo a excepción de tabiquería, tuberías, ventanas y ventanales, puertas, marcos, etc.). Todo lo que puedas mientras el 10% del total no exceda de lo que has ganado durante el año.
  • Te pueden llamar a revisión/corrección en cualquier momento durante los próximos 4 ejercicios. Así que todo lo que vayas a poner debe estar acreditado con facturas, albaranes, tickets (escanéalos por que se suelen borrar con el tiempo...).
  • Todo a tu nombre. Parece obvio, pero yo tenía la duda de ciertos tickets donde no aparecía nombre de facturación, pero sí la tarjeta de socio de mi pareja. No sirven. Solo se ponen los muebles de los que estés 100% seguro que compraste a tu nombre (en mi caso un gran chasco, por que la mayoría de tarjetas de socio de tiendas están a nombre de mi pareja y me va a tocar abrirme las mías propias para comprar cosas para ese piso).
  • Consejo. Una carpeta de anillas anual con todo el papeleo que presentes, para que en caso de revisión, lo puedas presentar todo fácil. Añadiendo una hoja excel con los cálculos de todo (amortización, intereses, mobiliario, etc...) lo que hayas añadido, para encontrar rápido cada una de las cifras que ingreses. Y un escrito a modo de carta para ti mismo de lo que pensabas en ese momento sobre tu declaración, para que en el futuro te sirva de punto de partida a la hora de revisar esos papeles. Todo esto más que nada porque de aquí a unos años, será difícil acordarse exactamente de lo que presentaste o en qué situación estabas.

Otra cosa más. Aunque no lo había planteado en mis dudas de arriba, os comento. Sobre la reforma integral que hice en el piso (que no era directamente para realizar el alquiler y no se podía deducir por mejora del inmueble alquilado), pude deducirme un % por que se incrementa al valor del inmueble en la amortización de este.

Y eso es todo. Me resolvieron más dudas "tontas" que llevaba preparadas, si os surge algo más comentadlo y si coincide con mi información os lo intentaré resolver.
#9

Re: Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

Muchas gracias, has sido de gran ayuda
#10

Re: Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

Una duda mas

Pero si alquilas el piso y los muebles que dejas no son nuevos, si no que los compraste hace mas de 10 años y tienes las facturas

¿puedes tambien amortizarlos desde el dia que lo alquilas?
#11

Re: Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

Muy interesante. Gracias por el detalle.

Una pregunta, en el caso de un alquiler vacacional... ¿la amortización del mobiliario se tiene que hacer en función de los días de alquiler o al entender que sin ese mobiliario no lo puedes alquilar se puede hacer por la totalidad (10% del valor del mueble)?

Muchas gracias!
#12

Re: Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

Hola Davidcl1, siento no haber visto el mensaje antes. Diría que según la tabla de amortización tienes hasta 20 años para amortizar muebles. por lo que entiendo que son 20 años desde la fecha de factura.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2020/capitulo-7-rendimientos-actividades-economicas-directa/fase-1-determinacion-rendimiento-neto/amortizaciones-dotaciones-ejercicio-fiscalmente-deducibles/especialidades-fiscales-amortizaciones-modalidad-simplificada.html

Grupo 2
Instalaciones, mobiliario, enseres y resto del inmovilizado material
10 por 100 coeficiente máximo (5% si lo haces a 20 años)
20 años máximo de años

Espero que esto te pueda resolver alguna duda.
#13

Re: Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

Hola Ichure. Por lo que recuerdo de mi investigación sobre este tema y lo hablado con los de hacienda, lo que dices no cuenta. Solo el periodo alquilado es el que computa, por mucho que el inmueble se haya amueblado a propósito para el alquiler. Por lo tanto, si has alquilado un total de 60 días (por ejemplo) tienes que sacar el % respecto al año completo. 

En mi caso, el año pasado alquilé justo 61 días (noviembre y diciembre completos), y tuve que prorratear la amortización de los muebles que incluí en el alquiler para solo esos 61 días, que es lo que estuvo ocupado el inmueble por el inquilino. Este año que el inquilino ya ha estado todo el año ya podré incluir la amortización completa.

Un consejo: Todo lo que vayas a amortizar apúntalo en alguna tabla de excel puesto que tienes que hacerlo hasta su máximo y nunca más. O sea que no sea por no apuntarlo que lo amortices durante 11 años al 10%, por que hacienda te puede buscar las castañas... En este caso, si durante el año solo has amortizado, por ejemplo, la mitad del tiempo, puedes alagarlo más (teniendo en cuenta los porcentajes anuales), aunque solo hasta un máximo de 20 años.

Espero haber resuelto tu duda.
#14

Re: Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

Hola,

Podrías decirme qué % te pudiste deducir de la reforma? Cómo lo incluiste en la declaración? Lo sumaste al valor de compra? 
Este es mi primer año declarando el alquiler y hace 5 hicimos reforma de baño, cocina, puertas, armarios,… Y tengo duda si incluir las puertas y los armarios forrados como bienes muebles o no es posible. Y ver si la obra se puede incluir en algún apartado o es “a fondo perdido”. 
Muchas gracias de antemano. 
#15

Re: Duda amortización alquiler Renta 2022: Instalaciones, mobiliario y enseres

Hola. Mi marido tiene alquilado un piso desde 2017, del que es propietario al 50%. El piso constituye la vivienda habitual del arrendatario desde dicho año, pero éste va a ser el primer año que se desgrave por su amortización, aunque el 50% de los alquileres, como ingresos, los ha declarado desde el principio.
Realmente la declaración de la renta la hago yo desde siempre, y desconocía que se pudiera desgravar por amortización, por lo que me he limitado a incluir los ingresos y los gastos de IBI, comunidad y seguro de la vivienda.
Ahora me entero a través del propietario del otro 50% de la existencia de esta desgravación, pero a él se la hace una gestoría y yo quiero seguir haciéndola sin recurrir a ella.
He buscado e incluido los datos  sobre la amortización del inmueble, pero no acabo de entender la amortización de mobiliario.
Puedo incluir el mobiiario que compró para ponerlo en alquiler, aunque fue adquirido en 2015-2016 y no lo hemos hecho antes?. 
Dónde tengo que poner el importe de una lavadora que hemos comprado porque se "murió" la anterior?.
Espero me ayuden. Gracias.