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Desgravar cobertura tipo interes Renta 2009

3 respuestas
Desgravar cobertura tipo interes Renta 2009
Desgravar cobertura tipo interes Renta 2009
#1

Desgravar cobertura tipo interes Renta 2009

HOLA, les comento mi caso. En Noviembre de 2007 adquiri mi vivienda habitual, en la declaracion de la renta de ese año llegue con creces al tope de los 9015 euros. Con la hipoteca contraté un producto de cobertura de interés, seguro de vida y seguro del hogar. En la renta del 2008 no llegué a los 9015 por poco por el cap. Mi pregunta es la siguiente, en las rentas no he estado incluyendo el seguro de vida, ni el de hogar (creo que incluye incendio), además en ninguna declaracion he incluido el coste inicial al contratar el CAP. Se pueden incluir estos aspectos en la declaracion del 2009? El cap lo contrate por 3 años, desde junio del 2008 a Junio de 2011.muchas gracias de antemano.
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#2

Re: Desgravar cobertura tipo interes Renta 2009

Copio dos referencias del Informa de la AEAT en relación a los seguros de cobertura del tipo de interés y a los seguros en general.

TITULO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, LEY 35/2006
CAPITULO: DEDUCCIÓN INVERSIÓN VIVIENDA HABITUAL

SUBCAPITULO: BASE DEDUCCIÓN

REFERENCIA: 127611-SEGURO COBERTURA RIESGO INCREMENTO TIPO INTERÉS:PRESTAMO HIPOTECA

PREGUNTA: Entidad de crédito que ofrece a los clientes que solicitan préstamos hipotecarios, la posibilidad de contratar un instrumento de cobertura del riesgo de incremento de tipo de interés. Dicho instrumento consiste en un contrato de cobertura de tipo de interés máximo concertado entre la entidad concedente del préstamo y el deudor hipotecario. A cambio del pago de una prima a la entidad, ésta se obliga si el tipo de interés de referencia del préstamo supera al tipo de interés máximo pactado, a abonar al deudor la cuantía que resulte de apliar la diferencia entre ambos tipos de interés. Tratamiento en el IRPF cuando cubra exclusivamente el riesgo de tipo de inte

RESPUESTA: Siempre que el contrato de cobertura de tipo de interés máximo se contrate por una entidad con su deudor hipotecario, y además tenga por finalidad exclusiva la cobertura del riesgo de incremento del tipo de interés de un préstamo hipotecario a interés variable destinado a la adquisición de la vivienda habitual de aquél, resultará de aplicación el siguiente tratamiento:

1º. El importe satisfecho por el contribuyente por la contratación del instrumento de cobertura formará parte de la base máxima anual de deducción por inversión en vivienda habitual.

2º. En el supuesto de aplicación de la cobertura, la renta generada estará exenta en el IRPF y a efectos de la determinación de la base anual de deducción por inversión en vivienda habitual, los intereses satisfechos por el contribuyente se minorarán en las cantidades obtenidas en el mismo periodo impositivo por la aplicación del instrumento de cobertura.

NORMATIVA: Artículo 68 .1.1º Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
Artículo 7 .t) Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
Consulta de la D.G.T. 1924 - 2004 , de 21 de octubre de 2004
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1011 - 2007 , de 23 de mayo de 2007

TITULO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, LEY 35/2006
CAPITULO: DEDUCCIÓN INVERSIÓN VIVIENDA HABITUAL

SUBCAPITULO: BASE DEDUCCIÓN

REFERENCIA: 126890-PRIMAS DE SEGUROS

PREGUNTA:
¿Son deducibles como adquisición de vivienda las cantidades abonadas anualmente como primas de seguros que habitualmente exigen los bancos cuando conceden hipotecas?

RESPUESTA:
Sí. Cuando exista derecho a aplicar la deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, esta se practicará sobre las cantidades satisfechas en el año para la adquisición o rehabilitación, incluídos los gastos originados que hayan corrido a cargo del adquirente y, en caso de financiación ajena, la amortización, los intereses y demás gastos derivados de dicha financiación, entre los cuales se encuentran las primas de los contratos de seguro de vida y de incendios que se acostumbra a incluir en las condiciones de los préstamos hipotecarios.

NORMATIVA: Artículo 68 .1.1º. A Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
INFORME de la D.G.T., de 17 de Marzo de 2000

Saludos.

#3

Re: Desgravar cobertura tipo interes Renta 2009

Muchas gracias al.Rodrigo, el problema que comentaba es que
no se si al no habermelo desgravado ya en el ejercicio del
2007(pague el producto en Noviembre de este año al constituir
la hipoteca) me lo puedo desgravar en el del 2009 al estar el
contrato del CAP aún en vigor...

#4

Re: Desgravar cobertura tipo interes Renta 2009

Sólo puedes deducir los pagos del año. Si ese seguro lo pagaste en 2007 es ese año cuando lo pudiste deducir, y lo no deducido no es trasladable a ejercicios futuros, aunque el seguro siga en vigor.

Saludos.