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Beneficiario Renta Vitalicia CaixaBank - fiscalidad

4 respuestas
Beneficiario Renta Vitalicia CaixaBank - fiscalidad
Beneficiario Renta Vitalicia CaixaBank - fiscalidad
#1

Beneficiario Renta Vitalicia CaixaBank - fiscalidad

Buenos tardes,
Soy beneficiario de una renta vitalicia de CaixaBank. Al fallecer su titular, tengo la obligación de rescatar este producto?? En caso de no existir obligación de rescate inmediato, en que momento en el tiempo debo rescatar??
Tengo que liquidar el impuesto de sucesiones antes de los seis meses del fallecimiento de su titular?
Resido en Cataluña.
Muchas gracias.
Saludos.
Xavier
#2

Re: Beneficiario Renta Vitalicia CaixaBank - fiscalidad

imagino que para los seguros de vida la norma en Cataluña en igual, lo que cambia es la normativa sobre cómo se puede repartir las herencias.
Una vez que fallece la persona que percibe la renta vitalicia, la aseguradora ya no tiene que pagar esta y lo que pasa a tener fuerza es el valor de rescate de la póliza para el beneficiario.
 Si siguieran abonando las cantidades, van a exigirte que las devuelvas cuando reclames el pago del seguro. Por tanto, no vas a ganar nada por aquí dejándolo correr.
Efectivamente hay que pagar el impuesto de Sucesiones. La aseguradora te entrega el justificante con el valor de rescate y con este se hace la liquidación. Luego tienen un par de meses para pagártelo desde que entregues toda la documentación, si no , teóricamente se suman intereses por demora. Y claro,  la aseguradora no suelta el dinero hasta que no le demuestras que has pagado el impuesto.
Si aparte eres heredero, puedes presentar primero la liquidación solo por el seguro y más adelante por la herencia.
Lo único que puedes ganar no pidiendo el rescate entonces es que prescribiera el impuesto de Sucesiones a los 4 años y 6 meses, si no te pillan por el camino.


#3

Re: Beneficiario Renta Vitalicia CaixaBank - fiscalidad

Muchas gracias por tu ayuda.
El hecho de no rescatar lo planteo, no por no pagar el impuesto de sucesiones, sino para no perder las cotizaciones a la seguridad social que me efectúa el SEPE ya que soy beneficiario del subsidio para mayores de 55 años, y en un plazo de tres años, sino cambia la normativa actual, puedo acceder a una jubilación anticipada por venir de un despido colectivo (ERE).
Por ello, me interesa saber si puedo demorar el rescate en el tiempo,sin tener posibles penalizaciones tributarias.
Un saludo.
Xavier
#4

Re: Beneficiario Renta Vitalicia CaixaBank - fiscalidad

Diría que en el momento que indiques a la aseguradora que eres el beneficiario del seguro, para que te proporcionen el valor de rescate y presentes el impuesto de Sucesiones, ya es tuyo el dinero y deberías comunicárselo al SEPE. Tendrías que hacer el "sueco" durante esos 3 años como si ignoraras que eres el beneficiario, y entonces estarías fuera del plazo de pago voluntario del impuesto de Sucesiones.
Vas a perder  máximo 1 mes de desempleo y de cotización; estos dineros recibidos de manera extraordinaria y puntual se considera que si el resultado de dividir entre 12 la cantidad supera la renta máxima mensual (el 75% del SMI), lo comunicas al SEPE y te suspenden el subsidio un mes, al siguiente vuelves a cobrar y cotizar,;no debería penalizarte mucho o incluso nada la futura pensión, ya que de hecho te rellenarían el hueco con la base mínima de cotización si te jubilas por el régimen general, salvo que no llegues con los 25 años cotizados y gastes los 4 años de huecos por otro lado.
#5

Re: Beneficiario Renta Vitalicia CaixaBank - fiscalidad

Muchas gracias por tu gran ayuda.
Saludos.
Xavier