Buenos días. Al rellenar el borrador de la renta me aparece la información catastral, tengo dos viviendas(una Habitual y otra temporal) y da la opción de incorporar "SI" o "NO", cuál es la diferencia de incorporarla a no???, no me deduzco de ninguna, pongo una captura para aclarar. Si incorporo las dos, me sale a pagar, si solo incorporo la habitual y la otra no la incorporo, me devuelven.
es que por la 2ª vivienda a tu disposición te imputan una renta, que es lo que da lugar a la diferencia de devolver a pagar que observas. Sí que tienes que incorporarla y poner que está a tu disposición.
puede haber múltiples caso, se me ocurre que a lo mejor la información es incorrecta y habías vendido la vivienda en un año anterior y la información catastral -que es la que se usa para la declaración- no estaba actualizada, o lo más tipico: es un terreno rústico, que no genera imputación de rentas y no hay que incluirlo salvo que lo tengas alquilado, o eres nudo propietario, y es solo el usufructuario quien lo declara...