Acceder

Declaración de la renta 2020, por aumento patrimonial de Juicio tarjeta abusiva

6 respuestas
Declaración de la renta 2020, por aumento patrimonial de Juicio tarjeta abusiva
Declaración de la renta 2020, por aumento patrimonial de Juicio tarjeta abusiva
#1

Declaración de la renta 2020, por aumento patrimonial de Juicio tarjeta abusiva

Buenos días, tengo una duda.

Yo tuve un juicio de una tarjeta abusiva el cual gane en 2020, con una cantidad X,
Pero esa cantidad no la recibí, ya que hice todo el juicio por un procurador y bufete de abogados, los cuales recibieron el dinero (X) y se quedaron con sus honorarios (20% de X)
Ingresaron en mi cuenta (Y), siendo Y=X-(20% de X).
Para mi declaración que tengo que hacerla con X, o con Y?

De lo poco que sé de todo esto, entiendo que de lo ganado X, el abogado tributará por su 20%, y yo por el resto, no?

Gracias de antemano.
#2

Re: Declaración de la renta 2020, por aumento patrimonial de Juicio tarjeta abusiva

Si "X" corresponde  solamente al dinero que te cobraron por intereses abusivos al usar la tarjeta, entiendo que no hay enriquecimiento y te están devolviendo lo que era tuyo.
Si hay algún exceso sobre esos intereses, pueden ser intereses indemnizatorios que hay que declarar como ganancia patrimonial en la base general.
De lo pagado al abogado, entiendo que seguramente recibieron las costas judiciales y luego tenías acordado adicionalmente un porcentaje de lo recuperado. Solo se permite restar las costas, que realmente te corresponden a ti aunque normalmente no pasen por tu mano. 
Así que tendrías que declarar esa parte de intereses indemnizatorios, si existe.
#3

Re: Declaración de la renta 2020, por aumento patrimonial de Juicio tarjeta abusiva

Muchas gracias por la respuesta. La sentencia dice exactamente esto. 

"debiendo la demandada abonar a la demandante la cantidad que exceda del total del capital que le haya prestado, tomando en cuenta el total de lo ya recibido por todos los conceptos cargados y percibidos al margen de dicho capital y que ya hayan sido abonados por la demandante, con ocasión del citado documento o contrato, según se determine en ejecución de sentencia, más los intereses legales desde la reclamación extrajudicial, así como expresa imposición de costas a dicha parte demandada"

Entonces si no te entendí mal, solo tendría que pagar por los intereses generados desde la reclamación hasta la sentencia firme?
#4

Re: Declaración de la renta 2020, por aumento patrimonial de Juicio tarjeta abusiva

así es, lo intereses legales es lo que tienes que declarar como ganancia patrimonial.  El resto es restitución de lo que habías pagado, por tanto no hay ganancia.
El abogado se ha llevado las costas y, por lo que comentas, además una parte de lo que recuperaste, pero esto no lo puedes restar por ningún lado (tampoco tienes que declarar las costas como una ganancia, a lo que obligaban hasta hace poco, aunque fueran a parar al bolsillo del abogado).
Si no conoces el desglose, consúltalo con el abogado, él debería proporcionártelo.

#5

Re: Declaración de la renta 2020, por aumento patrimonial de Juicio tarjeta abusiva

Muchísimas gracias, justamente pedí ese desglose.

Te mantendré informado.
#6

Re: Declaración de la renta 2020, por aumento patrimonial de Juicio tarjeta abusiva

Buenos días Bacalo

Acabo de hablar con el abogado, y resulta que la cantidad X es el dinero PRINCIPAL, osea lo que pagué de más con el % abusivo.

Más tarde que aún esta pendiente de tasación según me dijeron, sería los intereses desde que puse la denuncia hasta que pagaron, y las costas.

Así que entiendo según me planteas que X, no tendría que declarar, y si cuando paguen lo otro.

Gracias me estas ayudando muchisimo.
#7

Re: Declaración de la renta 2020, por aumento patrimonial de Juicio tarjeta abusiva

normalmente con la sentencia se abona el principal, como dices, pero también los intereses.....
 luego las costas se establecen a parte y puede tardar bastante tiempo en cerrarse el tema, como la parte perdedora se ponga a discutirlas. Yo tengo un caso familiar que tardaron más de 1 año.
Debe de ser que en tu caso es difícil establecer los intereses, ya que no es un pago único el que hiciste, y lo dejan pendiente de que lo calcule el secretario judicial.
Por tanto, como dices, de momento no tienes que declarar nada hasta que no se fijen la resolución definitiva con los intereses.