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Fiscalidad anticipo nómina

2 respuestas
Fiscalidad anticipo nómina
Fiscalidad anticipo nómina
#1

Fiscalidad anticipo nómina

Hola les escribo para solicitar información sobre la fiscalidad sobre el anticipo extraordinario de salario. El servicio de salud de Baleares tiene dos modalidades de anticipo , extraordinario con la justificación de acciones sociales (en mi caso la compra de vehículo para desplazarme la lugar de trabajo) y ordinario sin justificación. 

Qué fiscalidad sería aplicable a estos casos? Es decir, si con mi salario me encuentro en el tramo de IRPF del 37%, y solicito 10.000 euros sin intereses a devolver en 24 meses (plazo máximo para el anticipo extraordinario), debo de pagar a Hacienda 3.700 euros? 
Es decir, si solicito el préstamo tendría una perdida patrimonial de 3700 euros a pesar de ser sin intereses? 

Muchas gracias de antemano y un saludo.
#2

Re: Fiscalidad anticipo nómina

Un préstamo no constituye renta por lo que nada tributarás.
Solamente podrían (quizás) hacerte tributar por el diferencial de intereses, pero tal y como están hoy en día no creo que se metan en eso.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Fiscalidad anticipo nómina

da igual el tipo de préstamo, si la empresa te presta un dinero por debajo del tipo de mercado, que se considera el tipo legal del dinero (actualmente 3% anual), la diferencia en los intereses ahorrados es un pago en especie sobre la que tendrá que practicar ingreso a cuenta según tu tipo de retención, e incluir la información en tu nómina y en el certificado para la declaración de la renta.

Luego si pides 10.000 euros a tipo 0, deberían ir mes a mes calculando esos intereses -por ejemplo, el primer mes 3% *10.000/12 = 25 euros sería el pago en especie sobre el que ingresarían el 37% a cuenta , y así en sucesivos meses restando lo que vayas amortizando-  En ningún caso son esos 3.700 euros de los que hablas.