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Vender un inmueble por menos de su valor

3 respuestas
Vender un inmueble por menos de su valor
Vender un inmueble por menos de su valor
#1

Vender un inmueble por menos de su valor

Quiero vender una parte de un piso de una herencia. Tasado e 2017 en 170.000€, quiero venderlo por un precio inferior al de mercado, 90.000. Que problemas con hacienda me podría acarrear? Me arr iesgo a una multa? Como saberlo A cuànto podría ascender? Y por último, como saber la tasaciòn de hacienda? Que desesperaciòn!. Gracias
#2

Re: Vender un inmueble por menos de su valor

¿Puedes vender un inmueble por debajo de su precio objetivo?
SI

¿Puedes tener problemas tributarios por eso?
DEPENDE

Debes poder responder a dos preguntas: ¿A quien? y ¿Porqué?

Según esas respuestas, se derivan toda una serie de consideraciones tributarias.
Multas y sanciones solo corresponden cuando se incumple una obligación tributaria. Una cosa es lo que hagas, otra cosa es como cumplas las obligaciones derivadas de lo que has hecho.
Por lo primero, por meramente "hacer" (salvo que sea delito) nunca hay multa ni sanción.
Por lo segundo, por "cumplir o inclumplir", pueden haber multas y sanciones.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Vender un inmueble por menos de su valor

Muchas gracias por responder tan rápido. 
Se trata de la herencia de mi madre en Galicia. Somos tres hermanos. Su testamento decía que dejaba a sus hijos la herencia a partes iguales. pero es imposible hacer así el reparto.Uno de los herederos se quedará con un exceso en relación a los otros dos, de 126.000€. Puede compensar con 40.000€ a los otros,,pero no con 126.000, por lo que  quedará con  86.000 euros  de más.
-¿Se considera donación? Si es así , ¿cuánto habría que tributar?
-Si no se considera donación , ¿cuánto se tributa por ese exceso de adjudicación?
-¿O hay que tributar por ambas ?
Expresé mal la pregunta de vender por un valor inferior , falta la segunda parte, inferior al que hacienda considera y que yo no sé cual es.
 
#4

Re: Vender un inmueble por menos de su valor

Vale, eso es totalmente diferente.

Es un acto de partición de herencia, donde cada lote puede ser del valor que las partes libremente acordeis.
Lo único que si por la causa que sea, no se compensan esas diferencias, entonces en el momento de la partición hay dos hechos tributarios: la sucesión en sí, por el porcentaje de cuota que te corresponde, y TPO por el exceso recibido.

En vuestro caso, al ser herencia entre 3, por el 33 % del valor de caudal relicto, liquidas y pagas ISD. Si recibes algo que vale más que ese 33 %, por el exceso del 33 % liquidas y pagas TPO.

Cuando lo que hay es una partición en que existe una disolución del condominio, Y SE COMPENSA, entonces se entiende que no existe "transmisión patrimonial", sino mera disolución. En este caso, la operación está sujeta, pero exenta de AJD. La exención es  por la incompatibilidad de gravar dos veces una única y misma escritura, la de adjudicación de herencia (que ya va gravada con su propio ISD).

Y claro, si haceis algo intermedio, en parte disolución con compensación, en parte exceso de adjudicación, la tributación se complica.
Por el exceso no compensado cabria estudiar si sale más a cuenta ir directos por lo del exceso de adjudicación, o hacer dos escrituras y una donación.
En el primer caso, es solo una escritura, y se pagaría TPO por el exceso no compensado.
En el segundo caso, son dos escrituras (más coste), y se pagaría ISD por el valor de lo donado (=exceso).

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