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Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta

13 respuestas
Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta
Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta
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#1

Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta

Buenas tardes.
Cuando llega el momento de hacer la declaración de la renta y tenemos hijos menores de 25 años que han obtenido ingresos a lo largo del año es fácil que surjan dudas en cuanto a si debemos incluir estos ingresos en nuestra declaración, o tiene que hacer la declaración de la renta nuestro hijo. En este último caso, si nuestro hijo hace una declaración de la renta independiente, hemos de tener presente que ya no podremos deducirnos el mínimo por descendiente. Si te encuentras en esta situación, no te preocupes, sigue leyendo y resuelve tus dudas.
En primer lugar, al tener hijos, nuestro mínimo personal y familiar -es decir la parte de nuestros ingresos que se destinan a satisfacer nuestras necesidades básicas personales y familiares y que, por tanto, no se puede someter a tributación- que con carácter general es de 5.550 euros se incrementa en las siguientes cantidades: 2.400 euros por el primer hijo, 2.700 euros por el segundo, 4.000 euros por el tercero y 4.500 euros por el cuarto y siguientes. En este enlace de la AEAT podrás consultar todas las cuantías aplicables por el mínimo por descendientes.
Ahora bien, solo podrá aplicarse el mínimo si lo hijos cumplen todos y cada uno de los siguientes requisitos:
    Hijos menores de 25 años a la fecha de devengo del impuesto (edad al 31 de diciembre).
    Debe estar conviviendo con sus padres.
    No haya obtenido en el ejercicio rentas superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las rentas exentas del impuesto.
    No haya presentado la declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
Respecto al concepto de renta anteriormente mencionado, la Dirección General de Tributos en su consulta V3250-13 indica que está constituido: "Por la suma algebraica de los rendimientos netos (del trabajo, capital mobiliario e inmobiliario, y de actividades económicas), de imputaciones de rentas y de las ganancias y pérdidas patrimoniales computadas en el año, sin aplicar las reglas de integración y compensación. Ahora bien, los rendimientos deben computarse por su importe neto, esto es, una vez deducidos los gastos, pero sin aplicación de las reducciones correspondientes, salvo en el caso de rendimientos del trabajo, en los que se podrán tener en cuenta la reducción prevista en el artículo 18 de la LIRPF al aplicarse con carácter previo a la deducción de gastos."
Es decir que la renta a la que hace referencia los requisitos son los "rendimientos netos" y en caso de que el hijo hubiera trabajado la parte se le restará al importe íntegro percibido los gastos a la seguridad social y los 2.000 euros de "otros gastos" que se aplican con carácter general a las rentas del trabajo para determinar el rendimiento neto.
Por tanto, para saber si puedo o no aplicar el mínimo por descendientes, debemos determinar si nuestro hijo está o no obligado a presentar la declaración de la renta .
Una vez hemos valorado la no obligación de presentar la declaración de la renta por parte de nuestro hijo, y si este cumple todos y cada uno de los siguientes requisitos anteriormente indicados para que los padres puedan aplicarse el mínimo por descendientes, deberemos de decidir si lo ingresos del hijo tributaran de forma conjunta con el resto de unidad familiar o de forma individual.
¿Tributación individual o conjunta?
Si nuestro hijo tributa individualmente, tenemos dos escenarios en función de los ingresos declarados
    El descendiente presenta declaración individual del IRPF con rentas iguales o inferiores a 1.800 euros: en ese caso, los padres pueden aplicar el mínimo por descendiente en sus correspondientes declaraciones, siempre que se cumplan los restantes requisitos exigidos. Además, en la declaración de los padres no se suman las rentas del hijo ya que éste ha presentado la suya.
    El descendiente presenta declaración individual del IRPF, con rentas superiores a 1.800 euros: en ese caso, ninguno de los padres podrá aplicarse el mínimo por descendiente.
    En casos de ingresos superiores a 1.800 euros e inferiores a 8.000 euros, lo más recomendable es hacer números, porque en muchos casos si el hijo no está obligado a presentar declaración por el tipo de renta, será mejor no presentarla ya que su devolución será menor que el beneficio que pudiesen obtener los padres gracias a la aplicación de la deducción del mínimo por descendiente. Pero, si vuestro hijo ya la ha presentado no os preocupéis, estamos a tiempo de solucionarlo, al final de este post te explicamos cómo.
Si nuestro hijo tributa junto con los padres
    Si el descendiente tiene rentas iguales o inferiores a 1.800 euros, y los padres optan por la tributación conjunta, estos pueden aplicar el mínimo en dicha declaración, siempre que se cumplan los restantes requisitos exigidos de los que hablamos al comienzo del post. Y en este caso deben de incluir en su declaración de la renta las rentas del hijo.
    Recordad que, para poder optar por esta opción, vuestro hijo debe ser menor de 18 años. Si su edad está comprendida entre los 18 y los 25 años, ya no forma parte de la unidad familiar y no se puede optar por la tributación conjunta.
Y si mi hijo no estaba obligado a declarar, pero ha presentado la declaración con resultado a devolver ¿puede anularla para que los padres podamos aplicar el mínimo por descendientes en nuestra declaración?
La respuesta es Sí. En este caso, la AEAT permite anular una declaración presentada sin estar obligado, ya que puede estar perjudicando los intereses de los progenitores (mínimo por descendientes).
¿Cómo lo hago?
Para anular la declaración presentada, deberás descargar y rellenar el formulario de comunicación que la AEAT tiene disponible en su web. Posteriormente acudir en persona a vuestra delegación de la Agencia Tributaria para terminar de realizar la gestión. En este caso no es necesario pedir cita, ya que solo es presentar en el registro el escrito y la documentación adjunta que quiera presentar al respecto, salvo que estéis en posesión de Certificado, DNI electrónico o Cl@vePIN, lo que le permitirá la presentación de los documentos a través de sede electrónica.
Y recuerda que la declaración de la renta solo se puede anular hasta el 30 de Junio.
https://www.blogbankia.es/es/blog/hijos-declaracion-renta.html
Salud!

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#2

Re: Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta

¡Gracias!
#3

Re: Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta

 
Buenos días, 
Nuestro matrimonio tributa de forma conjunta y tenemos un hijo de 20 años que vive en nuestro domicilio habitual y ha obtenido unos ingresos por un arrendamiento de un inmueble de su propiedad de 10.000 € integros y 5.000 € netos 
Para poder deducirnos el mínimo por hijo (2.400 €) seria necesario que mi hijo: 
.- No hubiera obtenido rentas neta superiores a 8.000 €. Si lo cumple holgadamente. 
.- No presentar declaración IRPF. En este caso los ingresos netos (5.000 €) están comprendidos entre los 1.800 € y los 8.000 € que pudieran dar lugar a no realizar la declaración pero dado que dichos ingresos provienen del arrendamiento de un inmueble entiendo que siempre se tienen que declarar con independencia de importe o de si son íntegros o netos. 
En definitiva: 
.- ¿Mi hijo está obligado a presentar una declaración de la renta por rendimientos íntegros de 10.000 € o netos de 5.000 € por arrendamiento de inmueble? 
.- ¿Mi matrimonio tendría derecho a la deducción por hijo de 2.400 €? 

Gracias de antemano y saludos 

#4

Re: Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta

Tu hijo está obligado a presentar declaración por el alquiler, y al superar sus rentas los 1.800, ya no os lo podéis deducir

Un saludo

#5

Re: Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta

muchas gracias
#6

Re: Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta

Buenas tardes. Le comento a continuación mi caso y si es tan amable, le agradecería contestara a mi duda. Gracias por adelantado.

Hija 21 años en Agosto de 2023. Trabajó en verano 2022 y la suma de sus nóminas en bruto dan un total de 2810 Euros. Ha presentado la declaración individual y le devuelven unos 60 Euros. ¿Puedo incluirla yo y mi esposa " hacemos declaración individual ", en nuestras declaraciones?. Si es así, ¿ Qué cantidad debemos incluir en nuestra declaración?. 

Añado que he entrado en mi borrador particular y hacienda incluye a " mi hija ", con la cantidad de " 715,54 " Euros y en el de mi esposa exactamente igual.

Gracias de nuevo.
#7

Re: Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta

Buenas tardes.

Si ya la ha presentado y no se anula no podréis aplicar el mínimo por descendiente.

    Hijo mayor de 18 años pero menor de 25 con ingresos mayores de 1.800 euros pero menores de 8.000 anuales. Si no presenta renta individual, da derecho a deducción. Si la presenta, los padres pierden su derecho a incluirlo.

Tendría que anular esa declaración ya presentada para dar derecho a deducción.

En el artículo de inicio de los comentarios se detalla cómo realizar la anulación, también te aconsejaría dirigirte al teléfono de contacto de la Agencia Tributaria de tu región ya que seguramente te pueden resolver cualquier duda que te surja en el proceso.

Un saludo!

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#8

Re: Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta

Entonces a esos 2810 Euros, ¿ no se le aplica " Es decir que la renta a la que hace referencia los requisitos son los "rendimientos netos" y en caso de que el hijo hubiera trabajado la parte se le restará al importe íntegro percibido los gastos a la seguridad social y los 2.000 euros de "otros gastos" que se aplican con carácter general a las rentas del trabajo para determinar el rendimiento neto." , y quedarían por debajo de los 1800 Euros?. Gracias.
#11

Re: Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta

Buenas tardes.

Si parece que se puede aplicar en el cálculo esos 2.000€ que tiene derecho el trabajador para reducir su rendimiento y entonces la cuantía sería inferior a 1.800 €

Por tanto deberías poder aplicarte la desgravación sin problemas.

En fin, lo mejor es consultar con el teléfono de Hacienda y sales de dudas totalmente.

Siento las dudas de mis mensajes.

Un saludo!

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#12

Re: Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta

 
Buenas tardes. 

Entiendo que ese importe de 715.4€ no debería ser aplicable ya que es mayor de 18 años y ha hecho su propia declaración, así que yo la pondría en 0 la casilla. 

Un saludo! 

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy

#13

Re: Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta

Muchas gracias por todas sus respuestas. Le agradezco el empeño mostrado. Ha sido muy amable.
#14

Re: Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta

Hola, he entrado en la declaración presentada por mi hija y he averiguado lo siguiente. Aparecen los siguientes datos 

Retribuciones dinerarias : 2895,32
Retenciones: 57,90
Gastos deducibles: 179,78

De estos datos saco la siguiente conclusión.

                 (  2895,32 - " 2000 de otros gastos "- 179,78= 715,54 )

- 715,54 que es la cifra que aparece, tanto en mi borrador como en el de mi esposa, supongo que esa cifra inicialmente aparece completa por si se realiza la declaración conjunta y en el caso de hacerla individual " obligatorio por haberla hecho mi hija - creo ahora mismo - " se debe dividir entre dos o creo que incluso debería poner " Cero ".


#15

Re: Así tributan los ingresos de los hijos en la declaración de la renta

Buenas noches.
entiendo que debería ponerse 0€ ya que no tienes que imputarte ningún ingreso de tu hija ya que al haber hecho su propia declaración ella ya ha declarado por ellos.
Según lo comentado la desgravación por hijo en este caso si se debe dividir por la mitad en declaraciones individuales.
De todas formas te animo a realizar una consulta telefónica a la agencia tributaria y a leer sus manuales por si pudiesen surgir dudas en el futuro, suelen ser amables y consultas anónimas.
Un saludo!

Mañana sabré explicar lo que ocurrió hoy