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Pensión Seguridad Social

6 respuestas
Pensión Seguridad Social
Pensión Seguridad Social
#1

Pensión Seguridad Social

 
Contribuyente que se va a jubilar en Diciembre 2020 al cumplir los 65 años de edad 
Lleva cotizados a la Seguridad Social 37 años y 10 meses 
Según las condiciones estipuladas por la Seguridad Social para el año 2020 
-Para jubilarse a los 65 años hay que tener 37 o más años cotizados 
-Se tienen en consideración los últimos 276 meses de cotización 
-La suma de las bases de cotización de estos últimos 276 meses se divide por 322 y se obtiene la pensión que le corresponde 
 
Este contribuyente está percibiendo una Pensión por Incapacidad Permanente Total desde Octubre de 2011 
Evidentemente desde Octubre 2011 no ha cotizado a la Seguridad Social por lo que mi duda es: 
¿Qué meses de cotización cuentan para averiguar el importe de la pensión, 276 desde Octubre 2011 hacia atrás o, 
276 desde Noviembre 2020 considerando como cotizados a 0,00 Euros los meses que ha recibido la pensión de incapacidad? 
Espero vuestro interés. 
Un saludo 
#2

Re: Pensión Seguridad Social

te vale la respuesta que puse en el hilo que enlazo abajo recientemente: se transforma en pensión de jubilación automáticamente en las mismas condiciones que tenga la pensión de incapacidad, no hay recálculo, salvo en determinadas circunstancias (haber trabajado después de la incapacidad, cosa que comentas no ocurre en el caso que expones, o poder acceder a la jubilación por otro régimen distinto del de la pensión de incapacidad).
https://www.rankia.com/foros/empresas/temas/4438965-duda-cotizaciones-seguridad-social-sepe?page=1

Lo único, que si está cobrando complemento a mínimos, le correspondiera una cantidad ligeramente mayor, ya que las pensiones mínimas son mayores a partir de los 65 años
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Pensionistas/Revalorizacion/30434
#3

Re: Pensión Seguridad Social

Agradecido.
Una última cuestión
Tanto la pensión por Incapacidad Permanente como ahora la de Jubilación están sujetas a IRPF con su retención correspondiente ¿no?

Un saludo y Feliz año nuevo a todos
#5

Re: Pensión Seguridad Social

Buenas tardes
Tengo entendido que la pensión que no está sujetas al IRPF es la de:
Incapacidad Permanante Absoluta o Gran Invalidez

La de Incapacidad Permanente Total que es la que nos ocupa, está sujeta como Rendimientos del Trabajo y como tal, sujeta retención.



un saludo
#6

Re: Pensión Seguridad Social

Tienes razón, pensaba que era una permanente absoluta  no la total, no me percate en el mensaje inicial. 

Saludos
#7

Re: Pensión Seguridad Social

Si actualmente está percibiendo una incapacidad permanente total desde 2011 (entiendo que tiene cotizados 2 años en los últimos 15), no pierde nada en solicitar la pensión de jubilación, pues puede elegir la más beneficiosa. Por otro lado, si es mujer, se le daría el complemento por maternidad si ha tenido a partir de dos hijos, que actualmente no está percibiendo. Si es verdad que a la hora de calcularla como no ha habido cotizaciones nuevas se integraran lagunas (si viene del régimen general) y probablemente sea más baja, pero si su pensión es bajita podría ganar el complemento por maternidad. (y si es hombre quizás podría aplicarse la sentencia del tribunal europeo)