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Alquiler de local para oficinas - Retención 19%

5 respuestas
Alquiler de local para oficinas - Retención 19%
Alquiler de local para oficinas - Retención 19%
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#1

Alquiler de local para oficinas - Retención 19%

Según la consulta vincunlante a Hacienda referencia V0498-05 y la utilidad "informa" de preguntas frecuentes de Hacienda, yo entiendo que las cantidades que cobremos a la sociedad inquilina que nos ha arrendado el local, en concepto de electricidad (cuyo contrato está y seguirá estando a nombre de nosotros como sociedad propietaria) y de cuotas de comunidad, le tenemos que incrementar el 16% de IVA sobre dichas cuotas de comunidad y sobre la base de la factura de electricidad.

Mi duda es, ¿y qué ocurre con el 19% de RETENCIÓN? Iría calculada sólamente sobre el importe de la renta de alquiler, o también sobre el suministro de electricidad y las cuotas de comunidad?

¿Alguien que sepa la respuesta o que me pueda indicar alguna pronunciación de Hacienda al respecto?

Muchísimas gracias por cualquier aportación, y un saludo.

#2

Re: Alquiler de local para oficinas - Retención 19%

Esos gastos repercutidos se incluyen en la base imponible del IVA, y también en la base de retención.

Ejemplo: Renta mensual: 100 euros. Luz repercutida: 5 euros. Gas repercutido: 4 euros. Comunidad repercutida 1 euro.

La factura sería algo como:

Arrendamiento ... 100,00
Gastos .......... 10,00
IVA (16% 110) ... 17,60

TOTAL ........... 127,60
- IRPF (19% 110) -20,90

TOTAL A PERCIBIR 106,70

Existen consultas tributarias algo antiguas, modificando los porcentajes valen, por ejemplo:

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/consulta/texto.htm?NDoc=1893&Consulta=0%32%37%31%2D0%32&Pos=0&UD=1

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/consulta/texto.htm?NDoc=9990&Consulta=%31%34%32%38%2D0%32&Pos=0

Saludos.

#3

Re: Alquiler de local para oficinas - Retención 19%

Muchísimas gracias Rodrigo por tu rápida y certera respuesta, sin embargo no me sirve, ya que me hablas de lo que dispone el IRPF.

Pero como expliqué en mi consulta, tanto los propietarios arrendadores como los inquilinos arrendatarios, son SOCIEDADES LIMITADAS, y por lo tanto a ambos nos aplica el impuesto de sociedades y no el IRPF, y los inquilinos me dicen que por esta razón el asunto cambia, asi que no sé qué hacer.

¿Más opiniones?

#5

Re: Alquiler de local para oficinas - Retención 19%

Rodrigo, muchisimas gracias por la sabiduria y rapidez de tus respuestas. Eres una auténtica máquina.

Esa consulta que me mandas es justo la pregunta que yo hacia, pero me queda una pequeña duda, dicha consulta es para "sociedades patrimoniales". No se exactamente qué es una sociedad patrimonial, ni si la nuestra lo es. Se trata de una SL normal que debido a la crisis dejó de ejercer la actividad editorial que tenía, y ahora intenta sacar dinero para pagar la hipoteca de la oficina alquilándola a un inquilino. Meses atrás la dejamos en estado de "inactiva" o sin obligaciones fiscales (sólo I.S. y cuentas anuales, claro), y supongo que ahora tendremos que volver a darla de alta en obligaciones fiscales, pero ¿se la consideraría como "sociedad patrimonial"?

#6

Re: Alquiler de local para oficinas - Retención 19%

El régimen de sociedades patrimoniales era un régimen especial en el impuesto sobre sociedades, ya desaparecido, aunque todavía tiene flecos en forma de regímenes transitorios. Pero no tenía nada que ver con el tema de las retenciones, por tanto, para tu pregunta, es lo mismo.

Saludos.