Alquiler de local para oficinas - Retención 19%
Según la consulta vincunlante a Hacienda referencia V0498-05 y la utilidad "informa" de preguntas frecuentes de Hacienda, yo entiendo que las cantidades que cobremos a la sociedad inquilina que nos ha arrendado el local, en concepto de electricidad (cuyo contrato está y seguirá estando a nombre de nosotros como sociedad propietaria) y de cuotas de comunidad, le tenemos que incrementar el 16% de IVA sobre dichas cuotas de comunidad y sobre la base de la factura de electricidad.
Mi duda es, ¿y qué ocurre con el 19% de RETENCIÓN? Iría calculada sólamente sobre el importe de la renta de alquiler, o también sobre el suministro de electricidad y las cuotas de comunidad?
¿Alguien que sepa la respuesta o que me pueda indicar alguna pronunciación de Hacienda al respecto?
Muchísimas gracias por cualquier aportación, y un saludo.