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Heredera universal y heredera con cuota viudal

13 respuestas
Heredera universal y heredera con cuota viudal
Heredera universal y heredera con cuota viudal
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#1

Heredera universal y heredera con cuota viudal

Hola mi padre estaba casado en régimen de gananciales con mi madre y falleció sin testamento. Yo como única hija soy la heredera universal sin perjuicio de la cuota viudal que le corresponde a mi madre. La masa hereditaria consta de dos viviendas y un garage de las cuales eran propietarios mi padre y mi madre, y de una vivienda que solo era propietario mi padre porque la compró antes de casarse. Mi consulta viene porque ahora vamos a realizar la herencia y luego deseamos vender una de las viviendas de las cuales era propietario mi padre y mi madre, y desearía saber que fórmulas existen para poder heredar y vender la vivienda, ya que ahora que ha fallecido mi padre yo también sería heredera de esta vivienda. Deseamos vender la vivienda y nos es indiferente venderla de manera conjunta o que la venda solo mi madre o la venda solo yo. No se si una posibilidad sería que mi madre y yo heredáramos la vivienda en la cuota que nos corresponde y luego vendiéramos mi madre y yo la vivienda de manera conjunta recibiendo en la venta el porcentaje que nos correspondiera a cada una, o que por ejemplo heredáramos al 100% la vivienda solamente una de las dos y luego la que heredara la vivienda ya la vendería, pero claro lo que no sé es si optamos por esta última opción que cantidad de dinero le tendría que abonar la una a la otra por heredar al 100% la vivienda, o si por ejemplo la heredera mi madre al 100% imagino que me podría ceder parte de los otros bienes que le corresponden de la herencia para que así quede compesada la herencia, o si heredera yo el 100% de la vivienda imagino que le podría ceder parte de los otros bienes que me corresponden de la herencia y así le compensaría. El valor de los bienes es:

Vivienda 1 propiedad de mi padre y mi madre y que deseamos vender: 20000 euros

Vivienda 2 propiedad de mi padre y mi madre: 100000 euros

Garage propiedad de mi padre y mi madre: 15000 euros

Viviemda propiedad únicamente de mi padre porque la compró antes de estar casado:50000 euros

He de indicar que en la herencia no hay saldo bancario, en la masa hereditaria solamente hay estos bienes, no hay dinero en cuentas bancarias.

A ver si alguién me pudiera indicar que opciones se pueden barajar como puede ser herderar la vivienda las dos y venderla las dos, o en que cuantía o bienes nos tendríamos que compensar la una a la otra si deseáramos heredar la vivienda una de las dos al 100%, ya que creo que ahora al hederar interviene el usufructo y la nuda propiedad que no se como hay que hacer todos estos cálculos para cederlos la una a la otra.

Muchas gracias

#2

Re: Heredera universal y heredera con cuota viudal

Lo primero, calcular el porcentaje equivalente del usufructo según la fórmula 89-edad del usufructuario a fecha de fallecimiento.

Con ese porcentaje, teniendo en cuenta que en régimen civil común sin testamento le corresponde el usufructo de un tercio de la herencia y que ya le corresponden al viudo la mitad de los bienes gananciales, puedes calcular el valor de lo que debe adjudicarse tu madre y en función de eso, repartiros los bienes en pleno dominio.

También os podeis adjudicar tal cual, ella su mitad de gananciales y el usufructo de un tercio, y tu lo demás. De cualquier manera hay que hacer una adjudicación de herencia, aunque sea parcial, para poder vender ese inmueble.

En función de una u otra opción, la venta la hará una (si solo queda una dueña después de la adjudicación) o las dos, cada una vendindo su parte.

En el notario os pueden explicar todo esto.

#4

Re: Heredera universal y heredera con cuota viudal

Y por ejemplo si el piso que queremos vender tuviera un valor de 20000 euros y nos lo quisiéramos adjudicar únicamente una de las dos, teniendo en cuenta que había dos titulares en la vivienda que son mi padre y mi madre, si a fecha de fallecimiento de mi padre la edad son 70 años ¿el cálculo sería el siguiente?

89 – 70 años de edad = 19%

20000 euros x 19% = 3800 euros usufructo

Mi madre tendría 1/3 del usufructo de mi padre = 3800 x (1/3) = 1266,66 euros

Yo tendría 2/3 del usufructo de mi padre = 3800 x (2/3) = 2533,33 euros

Si yo me adjudicara el 100% de la vivienda yo le tendría que abonar a mi madre 1266,66 euros más la mitad del valor de la vivienda. 1266,66 + 10000 = 11266,66 euros

Si se adjudicara mi madre el 100% de la vivienda me tendría que abonar a mí 2533,33 euros más la mitad del valor de la vivienda. 2533,33 + 10000 = 12533,33 euros.

No estoy segura de si este sería el cálculo ya que he calculado el usufructo en función de la fecha de fallecimiento de mi padre, pero en este caso había dos titulares que eran mi padre y mi madre.

#5

Re: Heredera universal y heredera con cuota viudal

No es así.

20.000/2=10.000, esa es la parte de la herencia

10.000/3=3.333, de ahí se calcula el usufructo. 3.333x0,19=633,33. Ese es el valor

A tu madre le corresponden pues 10.000 (mitad de gananciales)+633,33 (usufructo de un tercio)=10.666,33

El resto es tuyo, 20.000-10.666,33=9.333,67

Si te adjudicas tu el 100%, le debes compensar por esa cantidad, 10.666,33, y al revés si se lo adjudica ella (9.333,67).

 

No obstante, habiendo mas bienes en la herencia, hay que jugar con todos ellos y hacer adjudicaciones proporcionadas a las cuotas teóricas o pagareis impuestos de mas por excesos de adjudicación evitables.

#6

Re: Heredera universal y heredera con cuota viudal

Gracias, dos cuestiones
¿si dejáramos el resto de la herencia tal como está, es decir, cada una se adjudica lo que le toca como heredera legal en la cuota que le corresponda y solo para este bien lo que hacemos es que mi madre me abone 9333,67 euros y se adjudique ella el 100% de la vivienda, se podría decir que la adjudicación de la herencia es proporcionada y no hay exceso de adjudicación con lo cual estaríamos exentas de pago de impuestos de más?
Y por otro lado si esto no lo hiciéramos así, y por ejemplo mi madre me cediera el usufructo o por ejemplo la nuda propiedad de la parte que ya es propietaria de la otra vivienda o del garaje, o incluso que me cediera el usufructo del tercio de la otra vivienda o garaje que le corresponde por herencia también podría quedar compensada la adjudicación y de esta manera no me tendría que compensar económicamente mi madre y podría adjudicarse ella el 100% de la vivienda? Aunque si me cediera el usufructo o la nuda propiedad de la vivienda o garaje de la que ella ya es propietario, es decir de su 50%, imagino que tendríamos que pagar impuesto sobre donaciones y no convendría, imagino que habría que jugar con que me cediera el tercio del usufructo de la vivienda y del garaje que le corresponde por herencia, aunque no se si esto podría llegar a compensar los 9333,67 euros del valor del piso que se adjudicaría.

#7

Re: Heredera universal y heredera con cuota viudal

¿si dejáramos el resto de la herencia tal como está, es decir, cada una se adjudica lo que le toca como heredera legal en la cuota que le corresponda y solo para este bien lo que hacemos es que mi madre me abone 9333,67 euros y se adjudique ella el 100% de la vivienda, se podría decir que la adjudicación de la herencia es proporcionada y no hay exceso de adjudicación con lo cual estaríamos exentas de pago de impuestos de más?

No, ese exceso de adjudicación habría sido claramente evitable con otra adjudicación y tributaría como transmisión patrimonial.

Respecto a lo otro, se puede jugar con los bienes de manera que cada una se adjudique su parte con bienes en pleno dominio y se compensen los excesos que llevas en ellos con los defectos en los otros, pero hay que hacerlo bien de manera que o quede todo ajustado al euro, o si hay exceso en alguna de las dos, este sea inevitable.

Ejemplo:

bienes (todos gananciales):

piso 100, apartamento 30, cuentas 20, total 150

imaginemos el usufructo del 10% (de un tercio) para el conyuge viudo, y un único heredero universal.

1) Parte viudo:

- 50% ganancial= 50+10+15=75

-herencia=75/3=25x0,10=2,5

total 77,5 debe recibir, y en función de esa cantidad tributa en sucesiones

2) parte heredero

-total herencia menos usufructo=75-2,5=72,5, que debe recibir, y en función de esa cantidad tributa en sucesiones

Adjudicaciones:

viudo: si recibe el piso, como vale 100, ya recibe de mas 22,5; pero al ser un bien indivisible, si ese exceso se lo compensa al otro en metálico, no tributa adicionalmente.

heredero: apartamento + cuentas= 50, lleva de defecto 22,5 que debe recibir del otro.

Se podría hacer perfectamente al revés, el piso al heredero y al viudo todo lo demás.

 

Lo que no se puede es por ejemplo que uno se adjudique el piso y además el apartamento, ese exceso provocado por el apartamento es perfectamente evitable adjudicandoselo al otro, por lo que si tributaría por TPO.

 

Hay que aplicar esos razonamientos a los datos reales y adjudicar en consecuencia.

#8

Re: Heredera universal y heredera con cuota viudal

Perdona cuando indics “Respecto a lo otro, se puede jugar con los bienes de manera que cada una se adjudique su parte con bienes en pleno dominio ”, ¿te refieres a que no puedes ir jugando con la parte de usufructo o la de nuda propiedad, es decir solo se puede jugar cediendo el pleno dominio?
Y por otro lado he de decir que en la herencia hay también una vivienda que es privativa de mi padre porque la heredó en su día de mis abuelos, y ahora los herederos de esta vivienda seremos mi tío y yo, ¿como yo heredaré el 50% de esta vivienda, con este 50% de esta vivienda también podría jugar para cedérsela a mi madre e ir compensando la herencia, ya que el 50% de esta vivienda no me importaría cederlo, o al ser una vivienda que heredaremos mi tío y yo y aqui no interviene mi madre no podría cederle el 50% a mi madre para ir compensando la herencia?

#9

Re: Heredera universal y heredera con cuota viudal

Se trata de adjudicarse bienes o partes de bienes en pleno dominio por el importe que te corresponde, o al menos intentarlo. Aunque también puedes mantener lo de la nuda y usufructo en algunos bienes si interesa o es mejor para cuadrar, lo importante repito es que se la adjudicación resultante se haga en la proporción adecuada.

En la vivienda privativa, también está tu madre, recibe el usufructo de un tercio de la misma, lo que no recibe es parte alguna en pleno dominio al no ser ganancial, así que también entra en juego.

#10

Re: Heredera universal y heredera con cuota viudal

Perdón voy a explicarlo bien. Esta última vivienda era donde residían mis abuelos y antes de fallecer ya cedieron la nuda propiedad a sus hijos, es decir a mi padre y mi tío al 50% cada uno, todo esto antes de estar casado en gananciales mi padre con mi madre. A posteriori fallecieron mis abuelos cuando ya estaban casados en gananciales mis padres. ¿Entonces del 50% que le correspondía a mi padre de esta casa, al fallecer mi padre mi madre adquiere 1/3 del usufructo de este 50%? Yo pensaba que aquí yo heredaba el pleno dominio de ese 50% y no intervenía para nada mi padre.

#11

Re: Heredera universal y heredera con cuota viudal

Tu madre hereda el usufructo (en su caso de un tercio) de TODOS los bienes de tu marido, privativos y gananciales

#12

Re: Heredera universal y heredera con cuota viudal

Pues visto lo que me comentas casi que prefiero que se nos adjudiquen los bienes de la herencia en la cuota que nos corresponda como herederas legales sin intentar realizar compensaciones para quedarnos en pleno dominio ninguna de las dos ningún bien al 100%. Lo que pasa es que entonces las dos seríamos propietarias de todos los bienes de la herencia, por ejemplo de la vivienda que deseamos vender en el futuro mi madre tendría del 50% el pleno dominio y 1/3 del usufructo de mi 50%, y de mi 50% yo tendría la nuda propiedad y 2/3 del usufructo si no me equivoco. ¿Entonces si en un futuro vendiéramos la vivienda como se gestionaría la venta, porque somos dos propietarios de la vivienda con el usufructo repartido?

#13

Re: Heredera universal y heredera con cuota viudal

Buenas noches;

Yo no soy experto en esto. Por lo que lo que te diga puedes ponerlos en cuarentena.

Si al final  vas a ser heredera universal, lo óptimo parece que sea tu madre la que herede cuanto más de la vivienda que tenéis pensado vender. Ya que así, no tendrías que volver a heredar parte de lo que hereda tu madre. 

No se si le es posible que le cambies parte o todo del usufructo, por parte de la herencia. para que herede más de esa vivivienda que pensáis vender.

Por otra parte, si las viviendas que heredáis tienen más de 20 años en propiedad, no tenéis plusvalía municipal

Saludos.

 

#15

Re: Heredera universal y heredera con cuota viudal

Y Leopol72 en cuanto a la opción de que se nos adjudiquen los bienes de la herencia en la cuota que nos corresponda como herederas legales sin intentar realizar compensaciones para quedarnos en pleno dominio ninguna de las dos ningún bien al 100%. Lo que pasa es que entonces las dos seríamos propietarias de todos los bienes de la herencia, por ejemplo de la vivienda que deseamos vender en el futuro mi madre tendría del 50% el pleno dominio y 1/3 del usufructo de mi 50%, y de mi 50% yo tendría la nuda propiedad y 2/3 del usufructo si no me equivoco. ¿Entonces si en un futuro vendiéramos la vivienda como se gestionaría la venta, porque somos dos propietarios de la vivienda con el usufructo repartido?