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Renta 2017: Cobro de atrasos y convenio colectivo

4 respuestas
Renta 2017: Cobro de atrasos y convenio colectivo
Renta 2017: Cobro de atrasos y convenio colectivo
#1

Renta 2017: Cobro de atrasos y convenio colectivo

Buenas noches,

Durante este año 2018 he cobrado de mi empresa unos atrasos pertenecientes a los años 2014, 2015, 2016 y 2017 debido a que se aprobó el convenio colectivo y en él se contemplaron unas subidas de los sueldos en virtud del IPC en vigor.

- En enero de este 2018 cobré los atrasos del 2014. No estaba obligado a presentar la declaración por mis rendimientos brutos de trabajo procedentes de mi único pagador, pero sí la presenté por una transmisión patrimonial recibida por un asunto de una herencia familiar, con lo que voy a presentar una complementaria a ese ejercicio de 2014 que me lo hará un gestor mediante el programa PADRE que era el que estaba en vigor en ese 2014.

- En febrero de este 2018 cobré los atrasos de 2015 y 2016, pero como no presenté la declaración ninguno de esos 2 años al no estar obligado, no tengo que presentar complementaria alguna según me dijeron hace un par de semanas en una oficina de la AEAT.

- Y en marzo de este 2018 cobré los atrasos de 2017:

El asunto es que, según normativa que leo en la página de la AEAT -> http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/_comp_Renta/_INFORMACION/Ayuda/_Preguntas_frecuentes_generales_sobre_el_IRPF_/_Como_y_cuando_se_presenta_una_declaracion_complementaria_.shtml

debo incoporar - en las correspondientes autoliquidaciones complementarias - los atrasos percibidos en las declaraciones de los años 2014, 2015, 2016 y la del 2017, es decir, en los años en que fueron exigibles.

La del 2014, debo realizar complementaria porque, aunque por tener retribuciones económicas de un mismo pagador inferior a 22.000 euros (17.900 euros), hubo una transmisión patrimonial familiar en forma de herencia que motivó el hecho de presentar la declaración.

Las del 2015 y 2016 no las presenté por el mismo tema: No estaba obligado a presentarla, al igual que me sucede en la del año pasado, 2017, donde mis ingresos brutos del mismo pagador han sido de 17.900 euros y los atrasos cobrados de ese 2017 son de 972 euros, y no estoy obligado a presentarla. Al no haber declaraciones presentadas en el 2015 ni 2016, no tengo que incoporar complementaria alguna segun me indicaron en la AEAT (y aún sumando los atrasos cobrados, no me darían el mínimo de 22.000).

Lo que sucede es que el el primer punto del Convenio Colectivo firmado a finales del 2017 donde recogen los atrasos a cobrar durante este 2018, señala que los efectos jurídicos y económicos del convenio tendrán vigencia desde el 01 de enero del actual año 2018.

¿Cómo actúo por aquí?. ¿Tengo que presentar igualmente la autoliquidación complementaria de ese 2014, o bien tengo que esperar al año 2019 para incorporar todos los atrasos cobrados en enero, febrero y marzo de este año 2018, tal y como señala la vigencia del convenio aprobado?.

 

#2

Re: Renta 2017: Cobro de atrasos y convenio colectivo

Lo que quiere decir esa cláusula es que, a efectos de IRPF, esos atrasos son ingresos de 2018 que se tendrán que incluir en la declaración que presentarás en 2019.

https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/IFXJ-IFWW/IAFRIAFRC12F?TIPO=R&CODIGO=0135369

Por tratarse de ingresos generados en más de dos años, tendrán una reducción del 30%:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/IFXJ-IFWW/IAFRIAFRC12F?TIPO=R&CODIGO=0136369

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Renta 2017: Cobro de atrasos y convenio colectivo

Buenos días Juan.

¿Es una información actualizada de la AEAT los enlaces que facilitas?

Como leo fechas de 2014 y 2015 por un lado, y 2007 en el otro enlace ... quisiera preguntarte.

Gracias.

#4

Re: Renta 2017: Cobro de atrasos y convenio colectivo

Sí, aunque se refiera a esas fechas, al seguir "colgadas" del Informa son información válida actualmente.

También lo es mi opinión ... jajaja aunque importe menos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Renta 2017: Cobro de atrasos y convenio colectivo

Muchas gracias! Qué va! Su opinión es muy buena, me ha facilitado una información muy valiosa que desconocía su ubicación en la página de la AEAT.